Don Juan Manuel

 

Libro del cauallero et del escudero
(1326)

Miguel Vicente Pedraz
Universidad de León

CAPITULO XXXIIº
Commo el cauallero ançiano responde al cauallero nouel que cosa son los angeles.

A lo que me preguntastes que cosa son los angeles et para que fueron fechos et criados, fijo, esta non es vna pregunta, ante son dos. Et vna pregunta es que cosa son los angeles, et otra, para que fueron criados. Et a lo que cosa son los angeles, fijo, ya vos dixe que las preguntas que me fazedes son de muchas sçiençias, et que omne muy letrado abria a fazer que cuydar para dar vos respuesta dellas. Et a esta pregunta que me agora fazedes que cosa son los angeles, omne que non sea muy letrado non puede responder a ello conplida mente, ca las cosas que son spirituales et que non caben en todos los sesos corporales [...] tan conplida mente commo auia mester. Et todo lo que se puede saber de las cosas spirituales non alcança[n] a ello todos los sesos corporales, ca la cosa spiritual non se puede veer con los corporales, nin se puede palpar nin se puede oler; mas puedese ende oyr, et de lo [que] omne ende oye puede depues fablar en ello. Et asy de los çinco sesos corporales, los que son oyr et fablar alcançan algo de las cosas spirituales, et lo que estos dos sesos alcançan, judga et entiende depues la razon natural [et] el entendimiento; et por el entendimiento, el omne que non es letrado non puede judgar tan conplida mente commo era mester en las cosas spirituales, por que non le oyo nin fablo en ello tantas vegadas por que conplida mente lo pudi[e]sse entender. Et asy yo, que non so letrado nin pertenesce al mi estado, nin oy nin fable tanto en las [cosas] spirituales por que me pudiesse caer conplida mente en el entendimiento, non uos deuedes marabillar si uos non respondiere a esta pregunta tan conplida mente commo avia mester. Pero lo que mi entendimiento alcança en esta razon es por las obras que oy dezir que fazen los angeles; et por ende uos digo que lo que yo entiendo es esto: los angeles son cosa[s] spirituales [...] et que non pueden auer cosa por que cayan en pena nin en culpa et que son puestos en ordenes, segund nuestro sennor Dios touo por bien et entendio que se podria mas seruir dellos. Et la razon para que los crio tengo que [es para que] sea loado por ellos et se sirua dellos segund pertenesçe [a] aquellas ordenes en que los puso.

 

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© José Luis Gómez-Martínez
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