El dilema del calzado y la OMC

Por Julie Mendoza y Donald B. Cameron
Para La Nación ( Argentina)

El 7 de marzo último, el suplemento Comercio Exterior y Transporte de La Nación publicó un artículo del presidente de la Cámara de Producción y Comercio Internacional de Calzado y Afines (Capcica) en el que se criticaba la decisión del gobierno argentino de prorrogar las medidas de salvaguardia para el calzado. Dos asesores de la industria nacional del sector expresan en este artículo sus opiniones sobre el tema.

El titular de la asociación de los importadores de calzado en la Argentina, Juan Dumas, simula una inocencia respecto de las reglas y los procedimientos de la Organización Mundial de Comercio (OMC)y los derechos de la Argentina dentro de esa entidad.

Dentro del mecanismo de solución de diferencias de la OMC, los países socios están obligados a implementar los fallos adversos de los paneles y el Cuerpo de Apelación de ese organismo. Esto significa, por lo general, la necesidad de adecuar sus regímenes de comercio internacional a esas decisiones. Los matices y la complejidad, tanto de las decisiones como de los regímenes, permiten tal adecuación porque el mundo no es blanco y negro. Entérese, señor Dumas.

La realidad del caso del calzado es ésta: en forma responsable y meditada, el gobierno argentino instruyó a la Comisión Nacional de Comercio Exterior a determinar si se podía, y de qué manera, implementar las decisiones de la OMC.

Las conclusiones del organismo, que detalló Dumas, son exactamente las que la Comisión evaluó según el acta 587 del 9 de febrero último, en la que consideró los requerimientos de esa entidad y concluyó que se justificaba claramente la medida de salvaguardia impuesta para calzado deportivo y no tenía fundamento para los demás calzados.

La Comisión siguió la metodología instruida por la OMC y basó su decisión en un análisis de las importaciones de calzado deportivo provenientes exclusivamente de extrazona, que habían aumentado de manera extraordinaria y abrupta entre 1996 y 1997 (un 43 por ciento).

No estamos solos

Obviamente, la Argentina no es el único país que ha aplicado o va a aplicar medidas de salvaguardia, ni es el único que ha sido cuestionado por eso.

Hasta la fecha, Estados Unidos ha aplicado salvaguardias a cinco productos y enfrenta por eso un panel solicitado por la Comunidad Europea, Australia y Nueva Zelanda; además, sus nuevas decisiones de aplicación de salvaguardia han generado pedidos de consultas por parte de Japón, Brasil y la Comunidad Europea.

Es una realidad comercial de la globalización que un país que toma medidas para asegurar la sobrevivencia de una industria sea cuestionado por los países afectados.

Ser socio responsable de la OMC significa cumplir con los requisitos legales del organismo. Esto es exactamente lo que ha hecho la Argentina.

Los autores son asesores legales en materia de comercio internacional de la Cámara de la Industria del Calzado, que representa a los productores nacionales del calzado en la Argentina.

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