Sección
VIII - PIELES, CUEROS, PELETERÍA Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS;
ARTÍCULOS DE TALABARTERÍA O GUARNICIONERÍA; ARTÍCULOS DE VIAJE,
BOLSOS DE MANO (CARTERAS) Y CONTINENTES SIMILARES; MANUFACTURAS DE TRIPA
Capítulo:
43 - PELETERÍA Y CONFECCIONES DE PELETERÍA; PELETERÍA FACTICIA O
ARTIFICIAL
Notas.
-
Independientemente de la peletería en bruto de la partida 43.01, en la
Nomenclatura, el término peletería
abarca las pieles de todos los animales curtidas o adobadas, sin depilar.
-
Este Capítulo
no comprende:
-
las pieles
y partes de pieles de ave, con sus plumas o plumón (partidas 05.05 ó 67.01, según
los casos);
-
los cueros
y pieles en bruto sin depilar, de la naturaleza de los clasificados en el Capítulo 41
en virtud de la Nota 1 c) de dicho Capítulo;
-
los
guantes, mitones y manoplas, confeccionados a la vez con peletería natural o peletería
facticia o artificial y con cuero (partida 42.03);
-
los artículos
del Capítulo 64;
-
los
sombreros, demás tocados, y sus partes, del Capítulo 65;
-
los artículos
del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos).
-
Se
clasifican en la partida 43.03, la peletería y partes de peletería,
ensambladas con otras
materias, y la peletería y partes de peletería, cosidas formando prendas, partes de
prendas, complementos (accesorios), de vestir u otros artículos.
-
Se
clasifican en las partidas 43.03 ó 43.04, según los casos, las prendas y complementos
(accesorios), de vestir, de cualquier clase (excepto los excluidos de este Capítulo por
la Nota 2), forrados interiormente con peletería natural o con peletería facticia o
artificial, así como las prendas y complementos (accesorios), de vestir, con partes
exteriores de peletería natural o peletería facticia o artificial, cuando
dichas partes no
sean simples guarniciones.
-
En la
Nomenclatura, se consideran peletería facticia o artificial las
imitaciones de peletería
obtenidas con lana, pelo u otras fibras, aplicados por pegado o cosido, sobre cuero,
tejido u otras materias, excepto las imitaciones obtenidas por tejido o por punto
(partidas 58.01 ó 60.01, generalmente).
43.01
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PELETERÍA
EN BRUTO (INCLUIDAS LAS CABEZAS, COLAS, PATAS Y DEMÁS TROZOS UTILIZABLES
EN PELETERÍA), EXCEPTO LAS PIELES EN BRUTO DE LAS PARTIDAS 41.01, 41.02 ó 41.03.
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4301.10.00
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-
De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas |
4301.30.00
|
- De cordero
llamadas «astracán», «Breitschwanz», «caracul», «persa» o similares, de
cordero de Indias, de China, de
Mongolia o del Tibet, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas
|
4301.60.00 |
-
De zorro, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas |
4301.70.00 |
-
De foca u otaria, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas |
4301.80.00 |
-
Las demás pieles, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas |
4301.90.00 |
-
Cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería |
43.02 |
PELETERÍA
CURTIDA O ADOBADA (INCLUIDAS LAS CABEZAS, COLAS, PATAS Y DEMÁS TROZOS,
DESECHOS Y RECORTES), INCLUSO ENSAMBLADA (SIN OTRAS MATERIAS), EXCEPTO LA DE LA
PARTIDA 43.03. |
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- Pieles
enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas, sin ensamblar:
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4302.11.00 |
-
- De visón |
4302.13.00
|
-
- De cordero llamadas «astracán», «Breitschwanz», «caracul», «persa» o
similares, de cordero de Indias, de
China, de Mongolia o del Tibet
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4302.19
|
- -
Las demás
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4302.19.10
|
De
ovinos
|
4302.19.90 |
Las demás |
4302.20.00 |
-
Cabezas, colas, patas y demás trozos, desechos y recortes, sin ensamblar |
4302.30.00 |
-
Pieles enteras y trozos y recortes de pieles, ensamblados |
43.03
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PRENDAS Y
COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, Y DEMÁS ARTÍCULOS DE PELETERÍA.
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4303.10.00 |
-
Prendas y complementos (accesorios), de vestir |
4303.90.00 |
-
Los demás |
4304.00.00 |
PELETERÍA FACTICIA O ARTIFICIAL Y ARTÍCULOS DE PELETERÍA FACTICIA O
ARTIFICIAL. |
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