Sección
XII - CALZADO, SOMBREROS Y DEMÁS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES,
BASTONES, LÁTIGOS, FUSTAS, Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS
DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLO
Capítulo:
64 - CALZADO,
POLAINAS Y ARTÍCULOS ANÁLOGOS; PARTES DE ESTOS ARTÍCULOS
Notas.
-
Este Capítulo
no comprende:
-
los artículos
desechables para cubrir los pies o el calzado, de materiales livianos o poco
resistentes (por ejemplo: papel, hojas de plástico) y sin suela aplicada (régimen
de la
materia constitutiva);
-
el
calzado de materia textil, sin suela exterior encolada, cosida o fijada o
aplicada de otro
modo a la parte superior (Sección XI);
-
el
calzado usado de la partida 63.09;
-
los artículos
de amianto (asbesto) (partida 68.12);
-
el
calzado y aparatos de ortopedia, y sus partes (partida 90.21);
-
el
calzado que tenga el carácter de juguete y el calzado con patines fijos (para hielo o de
ruedas); espinilleras (canilleras) y demás artículos para protección
utilizados en la práctica
del deporte (Capítulo 95).
-
En la
partida 64.06, no se consideran partes las clavijas (estaquillas),
protectores, anillos para
ojetes, ganchos, hebillas, galones, borlas, cordones y demás artículos de
ornamentación o
pasamanería, que siguen su propio régimen, ni los botones para el calzado (partida
96.06).
-
En este
Capítulo:
-
los términos
caucho y plástico comprenden los tejidos y demás soportes textiles con
una capa
exterior de caucho o plástico perceptible a simple vista; a los efectos de esta
disposición, se hará abstracción de los cambios de color producidos por estas
operaciones;
-
la
expresión cuero natural se refiere a los productos de las partidas 41.07
y 41.12 a 41.14.
-
Sin
perjuicio de lo dispuesto en la Nota 3 de este Capítulo:
-
la
materia de la parte superior será la que constituya la superficie mayor de
recubrimiento
exterior, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como ribetes, protectores de
tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos;
-
la
materia constitutiva de la suela será aquella cuya superficie en contacto con
el suelo sea
la mayor, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como puntas, tiras,
clavos, protectores o dispositivos análogos.
Nota de
subpartida.
-
En las
subpartidas 6402.12, 6402.19, 6403.12, 6403.19 y 6404.11, se entiende por calzado
de deporte exclusivamente:
-
el
calzado concebido para la práctica de una actividad deportiva y que esté o pueda estar
provisto de clavos, tapones (tacos), sujetadores, tiras o dispositivos similares;
-
el
calzado de patinar, esquiar, para la práctica de "snowboard" (tabla para
nieve), lucha,
boxeo o ciclismo.
64.01 |
CALZADO IMPERMEABLE CON SUELA Y PARTE SUPERIOR DE CAUCHO O PLÁSTICO, CUYA PARTE
SUPERIOR NO SE HAYA UNIDO A LA SUELA POR COSTURA O POR MEDIO DE REMACHES,
CLAVOS, TORNILLOS, ESPIGAS O DISPOSITIVOS SIMILARES, NI SE HAYA FORMADO CON
DIFERENTES PARTES UNIDAS DE LA MISMA MANERA. |
6401.10.00 |
- Calzado con puntera metálica para protección |
|
- Los demás
calzados: |
6401.91.00 |
- - Que cubran la rodilla |
6401.92.00 |
- - Que cubran el tobillo sin cubrir la rodilla |
6401.99.00 |
- - Los demás |
64.02 |
LOS
DEMÁS CALZADOS CON SUELA Y PARTE SUPERIOR DE CAUCHO O PLÁSTICO. |
|
- Calzado
de deporte: |
6402.12.00 |
- - Calzado de esquí y calzado para la práctica de «snowboard» (tabla para
nieve) |
6402.19.00 |
- - Los demás |
6402.20.00 |
- Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones
(espigas) |
6402.30.00 |
- Los demás calzados, con puntera metálica para protección |
|
- Los demás
calzados: |
6402.91.00 |
- - Que cubran el tobillo |
6402.99.00 |
- - Los demás |
64.03 |
CALZADO CON SUELA DE CAUCHO, PLÁSTICO, CUERO NATURAL O REGENERADO Y PARTE SUPERIOR DE
CUERO NATURAL |
|
- Calzado
de deporte: |
6403.12.00 |
- - Calzado de esquí y calzado para la práctica de «snowboard» (tabla para
nieve) |
6403.19.00 |
- - Los demás |
6403.20.00 |
- Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural
que pasan por el empeine y
rodean el dedo gordo |
6403.30.00 |
- Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica
para protección |
6403.40.00 |
- Los demás calzados, con puntera metálica para protección |
|
- Los demás
calzados, con suela de cuero natural: |
6403.51.00 |
- - Que cubran el tobillo |
6403.59.00 |
- - Los demás |
|
- Los demás
calzados: |
6403.91.00 |
- - Que cubran el tobillo |
6403.99.00 |
- - Los demás |
64.04 |
CALZADO CON SUELA DE CAUCHO, PLÁSTICO, CUERO NATURAL O REGENERADO Y PARTE SUPERIOR DE
MATERIA TEXTIL |
|
- Calzado
con suela de caucho o plástico: |
6404.11.00 |
- - Calzado de deporte; calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y
calzados similares |
6404.19.00 |
- - Los demás |
6404.20.00 |
- Calzado con suela de cuero natural o regenerado |
64.05 |
LOS
DEMÁS CALZADOS. |
6405.10 |
-
Con la parte superior de cuero natural o regenerado |
6405.10.10 |
Con suela de caucho o plástico y parte superior de cuero regenerado |
6405.10.20 |
Con suela de cuero natural o regenerado y parte superior de cuero regenerado |
6405.10.90 |
Los demás |
6405.20.00 |
- Con la parte superior de materia textil |
6405.90.00 |
- Los demás |
64.06 |
PARTES DE CALZADO (INCLUIDAS LAS PARTES SUPERIORES FIJADAS A LAS PALMILLAS DISTINTAS
DE LA SUELA); PLANTILLAS, TALONERAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, AMOVIBLES; POLAINAS Y
ARTÍCULOS SIMILARES, Y SUS PARTES. |
6406.10.00 |
- Partes superiores de calzado y sus partes, excepto los contrafuertes y
punteras duras |
6406.20.00 |
- Suelas y tacos (tacones), de caucho o plástico |
|
- Los demás: |
6406.91.00 |
- - De madera |
6406.99 |
- -
De las demás materias |
6406.99.10 |
Suelas y tacos (tacones)*, de cuero natural o regenerado |
6406.99.20 |
Plantillas |
6406.99.90 |
Los demás |
|