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Teatro = Avenida Av. de Mayo 1222 / Tel: 4381-0662

 

Entrada = Plus 4000-1010

 

Localidades = desde $5

 

Conferencia did=E1ctica gratuita:

 

=A0=A0=A0=A0=A0=A0=A0=A0=A0=A0 Como parte del ciclo de conferencias did=E1cticas previas y con entrada = libre, la doctora Pola Su=E1rez Urtubey brindar=E1 en di=E1logo con Luis = Gregorich, Secretario de la Comisi=F3n Directiva de Juventus Lyrica, una charla = sobre la obra ilustrada con ejemplos musicales. El encuentro se realizar=E1 = el martes 27 de abril a las 18:45 en la Biblioteca Nacional, Ag=FCero 2502 = Cap. Fed.

 

Infor= maci=F3n adicional y detallada para periodistas, clic = aqu=ED

 

 

Juventus Lyrica: = C=F3rdoba 836 10=BA of. 1005 (C1054AAU), Buenos Aires, Argentina Tel/Fax: = 4394-2002

Correo electr=F3nico: = prensa@juventuslyrica.org.ar =96 Sitio web: www.j= uventuslyrica.org.ar

 

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intelligere, tres cosas hay que decir. La primera, que no se debe reputar por inteligencia de la lengua Latina aquella, que tienen los Exorcizados de algunas palabras comunes en el ejercicio de exorcizar; v.gr. quomodo vocaris, quodnam est nomen tuum, descende, ascende, &c. La [100] significación de estas voces es ya notoria a cuantos han visto exorcizar una, u otra vez. La mujer, de que he hablado, respondía prontamente a la pregunta quomodo vocaris; pero preguntada quo nomine dignosceris inter sodales tuos, enmudecía. La segunda, que tampoco debe entrar en cuenta la inteligencia de aquellas voces Latinas, que están levemente variadas en el Dialecto Español, como maledicte Diabole, &c. Hay no sólo voces separadas, más aún muchísimas cláusulas enteras en el idioma Latino, que entenderá todo Romancista. Si a uno, a quien exorcizan, le dicen: Adora Jesum Christum, ya se ve que lo entenderá. Y es cosa graciosa, que si a esta propuesta responde nolo, (que es muy ordinario) no han menester más el Exorcista, y los circunstantes para publicar que entiende, y habla Latín; siendo así, que este nolo anda tan vulgarmente entre los que se exorcizan, que aun los niños, que se lo oyen, saben que quiere decir no quiero. La tercera, que el examen de si el Energúmeno entiende la lengua Latina, se haga por personas, de quienes no pueda haber recelo de que para este efecto han confabulado con él; en cuya precaución debe ser comprehendido el Exorcista ordinario, y con él todos los que se advirtieron empeñados en persuadir, que hay verdadera posesión. Pudiera añadir cuarta advertencia, de que no sea Latinista chabacano el que hace el examen; porque éstos se dan a entender bastantemente a los que no saben Latín. Pero esta advertencia ya se deja percibir incluida la segunda.


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§. VIII

33. La segunda seña de verdadera posesión propuesta en el Ritual Romano, que es descubrir cosas ocultas, y distantes, pide observarse con cuatro precauciones. La primera es, que la revelación de las cosas ocultas no sea hecha por inspiración de alguno interesado en el engaño, que haya manifestado al Energúmeno el secreto. También puede suceder, que hablando [101] el Energúmeno a bulto, con que revela cosa oculta de alguno de los interesados en la maraña, aunque sea falsa, éste, por fomentar el engaño, diga que ha acertado con la verdad. Hay mil experiencias de uno, y otro.

34. La segunda precaución consiste en advertir, que por mera casualidad, y sin conocimiento alguno, se acierta una, u otra vez con cosas ocultas, distantes, o futuras. Sería maravilla, que quien está mucho tiempo desbarrando sobre estas cosas, no acierte con una, u otra. Estaba en este Convento de Monjas Benedictinas de Santa María de la Vega una Religiosa loca, la misma de quien hablamos en el Tomo VI, Disc. XI. num. 23. Uno de sus más ordinarios desvaríos era decir, que en sitios distantes sucedía esto, aquello, y lo otro, porque Dios se lo manifestaba, y hacía presente. Sucedió, que una vez dijo, que un Monje, que había sido Vicario de este Convento, y a la sazón lo era de uno de Castilla, se había muerto, y que ella había visto enterrarle aquel mismo día, en que lo dijo, expresando varias circunstancias del entierro. Pues ve aquí, que dentro de cuatro días vino la noticia de la muerte de este Monje. Qué más habían menester las demás Monjas para consentir en que aquélla tenía Diablo. Ya antes, sin fundamento alguno, se inclinaban bastantemente a ello. ¿Qué harían teniendo éste, tal cual él era? De hecho asintieron firmemente a la diablura de su hermana. A algunas, que manifestaron estar en esta persuasión, quise desengañar, representándoles, que pues mil veces habían oído a aquella Religiosa varios despropósitos, que no tenía correspondencia alguna con la realidad de las cosas, debían persuadirse a que el acertar entonces, había sido pura casualidad. No bastando esto, les pregunté, ¿qué día era el que decía le había visto enterrar? Señaláronle, y hallé muy errada la cronología. Cuatro días antes que llegase la noticia de la muerte por el correo, había sido el entierro soñado por la loca, y la noticia del correo de la parte [102] de donde viene, no podía haber tardado menos de diez, o doce. Exponiéndoles este cómputo, del cual resultaba evidentemente, que el Religioso estaba aún vivo el día en que la loca decía haber sido sepultado, me parece las dejé algo desengañadas. El haber señalado la loca la circunstancia del día, me valió. Si hubiera dicho simplemente: Fulano murió, todo el poder del mundo sería poco para quitar a las Monjas de la cabeza, que su hermana estaba Endemoniada. Sin embargo, sería una pura casualidad el acierto. De este modo en varios casos encuentra el desvarío con la verdad.

{(a) Hubo una notable equivocación en la cláusula, que empieza: Exponiéndoles este cómputo, la cual se debe enmendar prosiguiendo de este modo: Del cual resultaba evidentemente, que el Religioso estaba enterrado algunos días antes de aquel en que la loca decía que había muerto, &c.}.

35. La tercera precaución se reduce a observar, que muchas veces por lo verisímil se atina con lo verdadero, y pasada plaza de evidencia la conjetura. Explicaráme un ejemplo. Sabe una Energúmena fingida, que tal sujeto padece la nota de incontinente, que es hombre de buenos medios, y por consiguiente no faltará cebo a su lascivia. Sobre estos supuestos, teniendo algún encuentro con él, le dice, que se ocupó mal la noche antecedente. Aunque se expuso a errar, supongo que acierta. ¿Quién quitará de la cabeza al Vulgacho, que el Diablo, que es quien sabe todo lo que pasa, reveló el secreto?

36. La última precaución está en reflexionar, que muchas cosas, al parecer ocultísimas, llegan a saberse por medios, aunque naturales, totalmente inopinados. El adagio Castellano, que las paredes oyen, y la antigua fábula de las cañas, que, agitadas al viento, publicaban el secreto, que el criado de Midas había depositado debajo del terreno donde nacieron, no significan otra cosa, que lo que acabamos de decir. Un confidente infiel, una rendija no observada, un papel abandonado por descuido, [103] mil especies de indicios, que no advierte el mismo que los da, descubren, no sólo lo que se hace en el aposento, mas aun cuanto pasa dentro del alma.


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§. IX

37. Sobre la tercera seña de posesión, que propone el Ritual Romano, hay poco que advertir. Poca reflexión es menester para discernir cuándo las fuerzas son superiores a las naturales. Si se viese a un Energúmeno subir de un brinco desde la calle al techo de un edificio bastantemente alto; si una mujercilla manejase sin fatiga un peso de treinta, o cuarenta arrobas, o hiciese cosas equivalentes a éstas, sin duda se debiera atribuir a causa preternatural; pues aunque metafísica, y aun físicamente, no puede probarse que estas acciones superen toda causa natural, porque nadie sabe a qué término puede últimamente llegar la agilidad, o fuerza natural del hombre; basta saberse, que hasta ahora no se vio hombre alguno de tanta agilidad, o fuerza, para que se repute moralmente imposible.

38. Esto de volar de la calle al techo, o del pavimento del Templo a la altura de la bóveda, colocarse sobre las cúpulas de los árboles, pisar sobre las espigas de las mieses, sin doblar las cañas, se dice de muchos Energúmenos, cuando se da noticia de ellos en tierras distantes. Yo nada de estas cosas pude ver hasta ahora. El que viere, no ponga duda en que lo hace agente preternatural.

39. Lo que varias veces se ve, y sin fundamento bastante se atribuye a causa preternatural, es, que algunas mujeres sorprendidas de ciertos accidentes histéricos, que las conmueven extraordinariamente, muestran más fuerza, y vigor en los miembros, que el ordinario. Pero esto es común, así en hombres, como en mujeres, a todos los accidentes, que agitan violentamente los espíritus. Un frenético, mientras le dura el furor del delirio, tiene fuerza muy superior a la ordinaria. [104]


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§. X

40. Esto es lo que se ha ofrecido advertir sobre las tres señales de verdadera posesión, en que nos instruye el Ritual Romano. Mas porque sobre estas señas nos da a entender, que puede haber otras, en aquellas voces, & id genus alia, aunque no las expresa, discurriré sobre algunos capítulos, que parece dan bastante motivo a los Exorcistas, y a los que no lo son, para dar por cierta la influencia del Espíritu maligno, por imaginarse los efectos superiores a toda la actividad de la naturaleza.

41. Es cierto, que, fuera de las señales especificadas en el Ritual, caben otras, que induzcan certeza moral, y aun física, de que el Demonio es quien obra. Si uno, después de estar un rato en un gran fuego, saliese sin lesión alguna; sin estudio alguno hablase con extensión, despejo, y acierto en las materias de varias ciencias; si padeciendo algunos accidentes, de aquellos que reducen a la última extremidad a todos los demás, y aun convaleciendo de ellos, los dejan en una gran decadencia de fuerzas, momentáneamente se restituye a una perfecta robustez; mucho más si se transfigurase en varias formas, irracionalmente se discurriría proceder de causa natural. De estas, u otras equivalentes señas entiendo yo aquel & alia hujusmodi del Ritual Romano. Pero fuera de éstas hay otras muy inciertas, y equívocas que comúnmente son reputadas por unívocas, y ciertas. Señalaremos las que nos ocurrieren.

42. Siendo yo muchacho, un Religioso ciego de cierta Orden hacía cajas de madera para tabaco, cubiertas con trocitos de paja, teñidos de diferentes colores, con el mismo orden, y buena disposición, que les dan los Artífices, que tienen perfecto el uso de la vista. Muchos de la plebe se inclinaban a que tenía Diablo. Pero todos se confirmaron en ello, sucediendo después, que este Religioso, movido de cierto despacho, salió de noche fugitivo, montado en una mula del Convento, abriendo [105] diferentes puertas; añadida la circunstancia de que no se tuvo después noticia de él, a lo menos por mucho tiempo. Pongo este ejemplo, porque puede servir para muchos casos, y aun para todos aquellos, en que cualquiera habilidad extraordinaria pasa por cosa diabólica. Y sin duda, que si el ciego de que hablamos quisiese fingirse Energúmeno, o persuadir que tenía pacto con el Demonio, de todos sería creído.

43. Pero empezando por la fuga (y aun prescindiendo de lo que el tino, industria, y sagacidad del ciego podrían por sí mismas, pues no se encuentra, ni en la entidad, ni en las circunstancias del hecho, cosa, que no pudiesen ejecutar algunos ciegos), ¿quién no ve, que para todo podía suplir un lazarillo? Llamo lazarillo cualquiera hombre de vista, que estuviese de concierto con el ciego. Este pudo buscarle llaves, abrir las puertas, guiarle después que salió de casa, ocultarle en algún sitio poco distante, para conducirle, cuando ya desistiesen de buscarle, a otro muy remoto.

44. La habilidad de fabricar las cajas, que hemos dicho; con más apariencia podrá fundar la sospecha de intervención diabólica. Pero siempre el fundamento es levísimo. Persuádome a que alguno le daba separadas en sitios diferentes las partecillas de paja de diferentes colores, haciéndole observar con la mano, en qué sitio estaba la paja de este color, en cuál la del otro. Supuesto esto, todo lo demás es muy fácil al tino de un ciego. Otros ciegos le tuvieron para mucho más. Ulises Aldrovando refiere, que en su tiempo hubo en la Toscana un insigne Estatuario, llamado Juan Gambasio, el cual cerca de los veinte años de edad, no sé por qué accidente quedó enteramente ciego. Con todo, después prosiguió en hacer estatuas, y las hacía de perfectísima semejanza a los originales, que se proponía, con la diligencia previa de tantear con las manos el rostro, y cuerpo, o de otra estatua, o de algún cuerpo viviente, que quería copiar. La primera experiencia que hizo, fue con una [106] Estatua de mármol del gran Cosme de Medicis, primer Duque de Florencia, la cual imitó con tanta propriedad, que asombró a cuantos la vieron. De lo cual movido el Duque de Florencia Ferdinando, le envió a Roma, para que le formase una Estatua del Sumo Pontífice Urbano VIII, la cual le trajo tan semejante, que apenas había quien distinguiese entre el original, y la copia. ¿Cuánto más es esto, que fabricar las cajuelas de paja, que hacía el Religioso ciego?

{(a) La noticia del Ciego Florentino, que por orden de Fernando Gran Duque de Florencia, hizo la Estatua de Urbano VIII, leímos en el Padre Zahn. (Ocul. Artific. sintagm. 1. erotem. 10.) Pero debe entenderse de Ferdinando el Segundo, porque el Primero murió años antes que fuese exaltado al Solio Urbano VIII.}

45. Pero carguémonos de la mayor dificultad, que en el hecho del Religioso ciego se puede proponer. Demos, digo, que el Religioso ciego, por sí mismo, y sin ministerio de otro, distinguiese las pajas de diferentes colores. ¿Se concluirá de aquí, que intervenía asistencia del Demonio? Respondo, que no. ¿Pues cómo podría un ciego, o con qué sentido, discernir los colores? Digo, que con el tacto. ¡Extraña paradoja! Sí; pero verdadera, o por lo menos probable. Este natural prodigio ya se ha visto más de una vez, si se da crédito a muy clásicos Autores. Del mismo Estatuario, de quien hemos hablado arriba, se lee en el Diario de los Sabios de París, que distinguía con el tacto los colores. El Padre Zahn, citando a Kechermano, refiere de un Conde de Mansfeld, ciego, que al tacto distinguía el color blanco del negro. El mismo Padre Zahn, el Padre Regnault, y otros, cuentan de un Organista ciego, que poco ha hubo en Holanda, el cual con el mismo sentido discernía todas las especies de colores, jugaba a los naipes excelentemente, y ordinariamente ganaba, porque tenía la ventaja, de que cuando daba naipes, conocía qué cartas daba a los demás. En fin, el Padre Francisco María Grimaldi [107] cuenta de un hombre, que en presencia del Gran Duque de Florencia, los ojos vendados, tocando varias piezas de seda, que le presentaron, dijo de qué color era cada una; y lo que es más, proponiéndole una pieza tarazeada, o de diferentes colores, así como iba palpando diferentes partes de ella, decía: Aquí es encarnada, aquí azul, aquí violada, &c.

46. No hay en todo lo dicho implicancia alguna. Ya casi todos los Filósofos están convenidos, en que la variedad de colores depende de la varia textura, y configuración de las partículas, que componen la superficie de los cuerpos; o bien, porque según es varia la textura, se reflejan diferentes rayos, los cuales en sí mismos tienen los diferentes colores, según el reciente sistema de Newton; o porque los mismos rayos diferentemente reflejados, por la varia textura, y configuración de las partículas, hacen en el órgano de la vista la impresión de diferentes colores, según la opinión más común. Puesto esto, ya se deja ver, que un hombre de tan sutil, y delicado tacto, que con él discierna la textura, y configuración de las partículas, que componen la superficie de los cuerpos, consiguientemente podrá discernir con el tacto los colores; ¿y cómo se podrá probar, ni aun con la menor apariencia, que repugna en los hombres tacto tan delicado, o que no haya algunos, que lo tengan?

47. A las extraordinarias habilidades de los ciegos, para el efecto de motivar sospecha de Diabolismo, podemos agregar las que son extraordinarias, aun respecto de los que tienen vista. Cardano, después de referir los maravillosos saltos, y movimientos, que ejecutaban dos Volatines Turcos, que en su tiempo llenaron de admiración a toda Italia, dice, que la gente por lo común estaba en la persuasión de que tenían Diablo, o Diablos. Y el mismo Cardano no halla tan despreciable esta persuasión, que no se ponga muy de intento, y muy seriamente a impugnarla con la sólida reflexión, de que [108] habiéndose convertido uno de los dos Turcos a nuestra Santa Fe, y viviendo en todas sus acciones muy cristiana, y devotamente, proseguía en el mismo ejercicio de Volatín, con el cual se sustentaba, y hacía todos los admirables movimientos, que antes de convertirse. Aquí vi suceder casi lo mismo en Oviedo con un diestrísimo Volatín Francés, de quien el Vulgacho, por verle ejecutar cosas, que a ningún otro del oficio había visto hacer, decía lo proprio, que en Italia se decía de los dos Turcos.

48. En este error de reputar por Demoníacas las habilidades, u operaciones algo extraordinarias, caen los más de los Exorcistas de la misma calidad que el ínfimo Vulgo; o por decirlo mejor, en la esfera del Vulgo se pueden, con toda seguridad de conciencia, entender comprehendidos los más de los Exorcistas, y serán bien pocos los que deban exceptuarse. No sólo Exorcista, sino Maestro de Exorcistas, fue Benito Remigio. Pues léase en su Práctica de Exorcistas el documento segundo de la primera parte, y se verá, que da por seña indefectible, y concluyente de Diablo, el imitar con alguna perfección el canto de los pájaros. Sin embargo de que son muchísimos los que saben cómo, y con qué instrumento se hace naturalísimamente. Haga el Exorcista, cuando hallare alguno de estos, que se limpie bien la boca, y escupa lo que tiene en ella, y verá cómo, sin que sea Diablo lo que se escupe, ya no puede proseguir en la imitación de los pájaros. Es verdad, que hay Exorcistas tan encaprichados, que viéndoles escupir un poquito de hoja de puerro, o de berza, o de alguna hierbezuela (que es con lo que se hace la imitación) jurarán que es el Diablo transformado en aquella figura, el que salió de la boca, o que aquella hojuela estaba ligada a pacto, o maleficio. [109]


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§. XI

49. El alcanzar en alguna, o algunas Facultades, más de lo que, atentas las circunstancias, cabe en la naturaleza, es señal indubitable, o de inspiración soberana, o de posesión, o de Mágica diabólica. Con todo, cabe en esta materia mucha equivocación, por cuanto los más de los hombres contemplan mucho más limitada de lo que realmente lo es la capacidad de la naturaleza. Es grande, y aun casi inmensurable la distancia que hay del hombre al hombre. Hay dentro del recinto de nuestra naturaleza Linces, y Topos, Aguilas, y Lechuzas. En mil años de estudio no alcanzará una capacidad vulgar lo que un genio muy extraordinario comprehende en dos, o tres. Véase lo que en el sexto Tom. Disc. 1. n. 69 y 70 hemos escrito de los dos niños Gustavo de Helmfed, y Cristiano Henrico de Heinecken. Por no comprehender esta gran distancia, que hay de los Espíritus comunes a algunos singularísimos, fácilmente, al experimentar lo que alcanza uno de estos, se cree que supera la capacidad de la naturaleza, como lo pensaron algunos del Conde Juan Pico de la Mirandola.

50. Aún más que aquellos prontísimos ingenios, que con curso siempre rápido adelantan mucho en las Ciencias en brevísimo tiempo, inducen sospecha, y aun creencia de asistencia diabólica, aquellos ingenios de portentosa penetración, e inventiva, que sin escuela alguna hacen, o discurren cosas pertenecientes a algunas Facultades, dignas de ser envidiadas por los antiguos profesores de ellas. Son sin duda más admirables éstos, que aquéllos. Para adelantar mucho en las Ciencias en poco tiempo, basta un mediano discurso, acompañado de gran memoria, y mucha aplicación. Los hombres de mediano discurso son muchos, y los de gran memoria no son tan raros, que no parezcan más de doscientos en cada siglo. Pero ingenios de tan extremada fecundidad, que sin la semilla de la enseñanza, produzcan frutos grandes, de [110] tanta luz, sin que sin mendigar forastera ilustración, rompan por las tenebrosas dificultades de las Ciencias, son extremamente raros. Sin embargo, aun a este término no puede arribar la facultad intelectual del hombre. En el gran Diccionario Histórico leí de un rústico Francés (no me acuerdo del nombre), que en el Reinado de Luis XIV, por la extraña valentía de su genio, sin Maestro, ni aun libro alguno, llegó a adelantar tanto en la Facultad Médica, que después de obtener salario en algunos buenos Partidos, arribó a ser Médico de la Corte, donde se mantuvo con buenos créditos, como evidentemente se colige de haber testado de más de cien mil escudos. En el Tomo cuarto de la República de las Letras se da noticia cierta de un Pellejero de la Ciudad de Stutgard (Capital del Ducado de Wirtemberg) llamado Juan Jordán, el cual, sin conocimiento alguno de la lengua Latina, sin la ayuda de Maestro alguno, inventó muchas bellas cosas concernientes a las Matemáticas, Astronomía, Hidrostática, &c. Había empezado un nuevo cálculo para rectificar las Tablas Pruténicas; hizo prodigiosas máquinas Hidráulicas, entre ellas dos, que el Príncipe Federico Carlos compró por gran suma de dinero a los herederos de Jordán, de muy superior artificio; sin duda a cuanto se había inventado de este género en todos los tiempos anteriores por los hombres más excelentes en la Maquinaria Hidráulica, que tuvo en el mundo. Murió este raro hombre el año de 1680.

51. Tanto estos dos ejemplos, como los del número antecedente, no se proponen por prevenir, que si pareciese alguno de tanta habilidad, no por eso sea reputado Energúmeno. Este riesgo nunca le hay, porque es menester que él concurra con su ficción; y es moralmente imposible, que hombre tan grande se haga autor de tan fea, y tan ridícula patraña. Podrán sí tenerle por Mágico, o poseedor del Demonio, que es calumnia, que ha caído sobre grandes hombres, por ser tan grandes, mas no por poseídos. ¿Para qué proponemos, pues, [111] estos ejemplares? Para que a vista de que la capacidad natural del hombre puede arribar a tanto, no la comtemplen tan limitada los que la tienen muy estrecha, que de cualquiera habilidad, que se eleva algo sobre el orden común, infieran luego asistencia, o posesión del espíritu maligno.


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§. XII

52. Las enfermedades extraordinarias, apenas alguna vez dejan de tomarse por señas de maleficio, o posesión. De esto tienen la mayor culpa, por lo común, los Médicos indoctos, que cuando ven síntomas, de que no hallaron noticia en los pocos libros que leyeron, y no alcanzan la causa, ni el remedio, echan la culpa al Diablo, y llaman por auxiliares las armas de la Iglesia. Aun sin ser la dolencia muy rara, si se resiste mucho tiempo a su arte, entregan los dolientes al brazo Eclesiástico. Quos inefficacibus remediis vexarunt (dice el Doctísimo Médico Lucas Tozzi) fascino, veneficiis que affectos proclamant, atque Monachis, & Vetulis committunt. En las Observaciones de Schenckio se hallan muchísimas enfermedades extraordinarias; y de casos recientes también se encuentran muchos en las Efemérides de la Academia Leopoldina, y en la Historia de la Academia Real de las Ciencias, sin que aquellos doctísimos Académicos atribuyesen jamás aquellas peregrinas dolencias a maleficio.

53. Puede también el arte fingir extrañísimos accidentes. En el Teatro de la Vida Humana, verbo Astutia, se refiere, que en la Ciudad de Noyón un mendigo, para hacerse creer Energúmeno, fuera de otras muchas figuradas, que obraba con mucha destreza, ejecutaba una particularísima, que era hacer bajar, y subir, entumecer, y detumecer el vientre mucho, alternando uno, y otro según su arbitrio. En el lugar citado se puede ver el artificio de que usaba para esto; el cual, siendo descubierto, como también algunos latrocinios, que [112] había ejecutado, hizo los últimos visajes, apretado de un conjuro de esparto, entre las piernas del Verdugo.


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§. XIII

54. El artificio de este miserable me trae a la memoria otro, que ha pasado en todos tiempos por argumento infalible de posesión. Este es el disponer de tal calidad la articulación, y la voz, que la habla parece se forma en el vientre, o viene de lejos. Los que tienen esta habilidad son llamados por los Latinos Ventriloqui, y por los Griegos Engastrimythi. Digo, que en todos tiempos pasó esta operación por seña muy cierta de estar poseído el sujeto por el espíritu maligno; pareciendo imposible, que en el vientre se formen las palabras, sino por el Demonio introducido en él. Pero ya algunos perspicaces Físicos han descubierto el artificio, el cual consiste en articular las palabras durante la inspiración; esto es, al tiempo que el aire se introduce en el pulmón. Pondré aquí las palabras de Juan Conrado Ammán en su tratado de loquela, traducidas de Latín en Castellano. Todo lo que hasta aquí dije de la voz, y loquela, se debe entender de la cotidiana, y vulgar, que se hace expirando; porque hay otro modo de formarla por inspiración, la cual pocos pueden hacer. Esto he admirado algunas veces en tal cual Erastrimytha. Y un tiempo en Amsterdam oí a una vieja, que hablaba de uno, y otro modo, y representaba que respondía a las preguntas, que le hacía su marido; de suerte, que yo juraría, que la voz que figuraba ser de su marido, se formaba a algunos pasos de distancia de ella, y creía, que lo que hablaba inspirando, venía de lejos. Esta mujer fácilmente podría hacer el papel de Pythia.

55. Estas últimas palabras son relativas a la Sacerdotisa de Apolo Délfico, de quien dicen algunos, que para persuadir, que hablaba con ella, o por ella la Deidad, formaba con este artificio la loquela. Llamábase [113] Pythia aquella Sacerdotisa: voz que unos derivan de un modo, y otros de otro.

56. Lo que dice el Autor citado, que son pocos los que pueden ejecutar esto, lo creo muy bien. Yo probé a ver si podía imitarlo, y con gran contención, y esfuerzo logré alguna muy imperfecta, y muy breve imitación; pero me costó un dolor bastantemente molesto en el pecho, que duró algunas horas. Sin duda que los que lo consiguen, es a fuerza de un largo, y penoso ejercicio. Acaso tendrán también alguna particular configuración en el órgano de la voz; y acaso también esta particularidad de la organización será inducida por el violento, y repetido conato de hablar inspirando.

57. Vigneul Marville en sus Misceláneos de Historia, y Literatura, dice haber visto en París dos hombres, que sin diablura alguna, y sin afectarla ellos, hablaban como del fondo del estómago, con modo tan admirable, que los que los oían, creían que la voz venía de muy lejos; e ignorando el secreto, firmemente lo suponían cosa preternatural, o milagrosa.


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§. XIV

58. Una de las más decantadas señas de posesión, aunque muy infrecuentes, es la extracción de varios cuerpos extraños, ya animados, ya inanimados, del cuerpo del que se juzga poseído. Los ejemplos sucedidos son poquísimos: los imaginados, y publicados no son tan raros. Por lo que mira a los cuerpos animados, oí decir, que una, u otra mujer exorcizada había arrojado, o ya un sapo, o una culebra, u otra sabandija, y que esto se tomaba por seña infalible de maleficio. Creo, como he insinuado, que esto, aunque se dice algunas veces, rarísima sucede. Pero doy el caso: ¿Se debe inferir de él posesión ocasionada de maleficio? De ningún modo. Ya ha sucedido lo mismo una, u otra vez, sin parecer otra seña alguna de maleficio, o posesión. En las Efemérides de la Academia Leopoldina, [114] en Alemania, se halla referido por el Señor Fakio, primer Médico del Emperador reinante, uno de estos casos, en que él fue testigo ocular. Un Oficial empezó a sentir en su estómago, e intestinos un animal, que se movía. La molestia fue creciendo al paso que fue creciendo el huesped importuno. Las inquietudes, náuseas, dolores de corazón, deliquios, y corrosiones de las entrañas, eran frecuentes. Ordenóle el Señor Fakio varios remedios para librarle: finalmente, o irritado de ellos, o por lograr mayor libertad, y anchura, después de vehementes conatos, salió por la boca del pobre hombre un lagarto bien grande, taraceada la piel de rojo, y amarillo, que al momento corriendo dio varias vueltas por la sala. El sujeto quedó tan maltratado, que aunque le socorrieron con varios cordiales, murió el día siguiente. Por saberse que poco antes de sentir los primeros movimientos de la sabandija, incitado de la sed, y del calor, había bebido copiosa cantidad de agua en una fuente, se conjeturó, que envuelto en el agua había tragado el esperma de un lagarto.

{(a) Don Juan Quince, que hoy vive, Abogado de esta Real Audiencia de Oviedo, los años pasados, después de padecer grandes incomodidades, arrojó un sapo por la boca, sin que nadie le conjurase, y sin que ni antes, ni después de arrojarle, diese fundamento, o apariencia alguna de maleficio.}

59. En efecto, hoy es la sentencia corriente de los Filósofos, que todos los Insectos, que se engendran en el cuerpo humano, proceden de su específica semilla, que se introduce, o por los manjares, o por la bebida, o por la inspiración, y halla en el sujeto temperie, y humores proporcionados para la producción del viviente proprio de la semilla. Son estas semillas, por la mayor parte, a causa de su minutísima pequeñez, totalmente imperceptibles; y así, no sólo pueden, sin ser notadas, tragarse en la comida, y bebida; más aún, agitadas de cualquier movimiento del aire, introducirse por la [115] inspiración. Para nuestro propósito no hace al caso, que la generación de estos insectos se haga, o no de semillas, pues bien fácil es su producción en nuestros cuerpos, si pueden engendrarse de humores corrompidos, como siente la Escuela Peripatética. Que sea de semilla, que de putrefacción, es cierto, que se engendran gusanos de varias especies en el cuerpo humano. ¿Por qué no otros insectos de mayor cuerpo, como lagartos, sapos, y culebras? Confieso, que la producción de éstos dentro del cuerpo humano es mucho más rara, que la de aquéllos; lo que puede atribuirse a que la semilla de éstos, a causa de su mayor corporatura, sólo por un raro accidente puede mezclarse con la comida, y bebida; y aun mezclada, sólo por otro raro accidente dejaría de ser notada; al paso que la semilla de aquéllos, por su insensible pequeñez, en todo puede mezclarse, o esconderse.

60. Esto basta para que en caso que alguno, que se figura poseído, arroje algunos de estos insectos mayores, no se admita como seña cierta de posesión. Y sobre esto advierto, que tampoco se dé por cierta la expulsión de tales insectos, a menos que se vea. De cualquier modo es cosa muy extraordinaria; y lo muy extraordinario no debe creerse, sino, o al informe de la experiencia, o a testimonios segurísimos, según las reglas que dimos en el primer Discurso del quinto Tomo. Si apura la materia, se hallará, que lo que se dice de que esta, o aquella Energúmena han arrojado, o tienen dentro del cuerpo lagartos, sapos, o culebras, comúnmente es invención, ya de las Exorcizadas, ya de los mismos Exorcistas.


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§. XV

61. En cuanto a los cuerpos extraños inanimados, que arrojan lo primero que se viene a la consideración, es aquel ochavo, o cuarto, u otra especie de moneda, que escupen, en señal de que el Demonio saldrá tal, o tal día, o de que sale entonces. Aquí se ve claramente cuánta es la rudeza, y falta de reflexión del [116] Vulgo. ¿Qué dificultad hay en que de antemano lleven la moneda escondida en la boca, colocada entre los dientes, y la mejilla? Pruébelo cualquiera, y verá cómo la moneda puesta allí, no le quita de hablar con bastante despejo, ni aun comer, beber, salivar: tampoco hará intumescencia observable en la mejilla, por donde pueda conjeturarse la trampa. Y aun cuando la hiciese, podría servir de socorro precautorio empezar a simular algunos días antes un flemoncillo. La fingida Energúmena, que yo conjuré con fragmentos de Poetas Latinos, era de tan corta advertencia, y maña, que en una ocasión le vio cierta persona, que me lo dijo, sacar el ochavo del seno, y metérselo en la boca.

62. Lo que con más motivo ha excitado la admiración, y fundado con más apariencia la sospecha de posesión diabólica, es la expulsión de algunas substancias extrañas por varias partes del ámbito del cuerpo. Ha hecho gran ruido en algunas ocasiones la extracción de agujas por esta parte, y aquella parte del cutis; y apenas, y ni aun apenas hubo en tales casos quien dudase de ser operación demoníaca. Mas ya en estos últimos tiempos, en que los Filósofos, empezando a abrir los ojos, en la experiencia hallaron la única senda de la Física, se ha reconocido, que sin intervención de causa alguna preternatural sucede lo que hemos dicho. En el séptimo Tomo de la República de las Letras se halla testificado, que en la disección, que se hizo de un Militar Francés el año 1685, se le halló pegada una aguja a la uretra derecha. En el Diario de los Sabios de París de 1691 se refiere de un joven, a quien después de padecer mucho en ciertas partes del cuerpo, resolvieron los Cirujanos cortar uno de los testículos, por verle mucho más crecido que el otro. Hiciéronlo, y enmedio de él hallaron clavada una gruesa aguja, tomada de orín. Varias circunstancias persuadieron, que cuando estaba en la cuna, se le introdujo en el cuerpo.

63. Pero el caso más decisivo a favor de nuestro [117] intento (omitiendo otros del proprio género, que se hallan en los Autores) es el que está estampado en el Tomo segundo de las Memorias de Trevoux del año 1725, y pasó en esta forma. Por el mes de Noviembre del año 1724, a una enferma, Religiosa Dominicana de Tornay, fue a visitar Monsieur Doison, Médico de la Ciudad, y Autor de la Relación inserta en el Tomo citado, acompañado de los Médicos, y Cirujanos asalariados por la Comunidad. Hallóla de buen semblante; pero que se quejaba de padecer gran debilidad, y sentir había muchos meses dolores agudos, y picantes. Examinado el ámbito del cuerpo, hallaron manchas lívidas en muchas partes de él, especialmente en el pecho, y en las piernas. Haciendo juicio de que eran escorbúticas, le ordenaron remedios apropriados a esta dolencia; pero sin alivio alguno de la enferma, en la cual continuaron las angustias, y dolores. A vista de esto se resolvieron las Religiosas a llamar un Cirujano Extranjero, el cual vino a visitarla acompañado de otro del Pueblo. Los dos, tentando las manchas con más atención, sintieron alguna dureza, y resistencia, como que la hacía algún cuerpo extraño, escondido debajo del cutis; por lo que deliberaron hacer incisión sobre una de las manchas, e inmediatamente hallaron una aguja, que extrajeron. Prosiguieron en hacer incisiones sobre otras manchas, y hallaron debajo de ellas hasta veinte, o veinte y dos agujas, que sacaron. Algunos días después, quejándose después la Religiosa de un dolor agudo detrás de la oreja derecha, el Cirujano del Lugar le sacó una aguja de aquella parte, y se le alivió el dolor. En otra ocasión, que la visitaba Monsieur Doison, diciendo ella, que sentía dolor debajo de la garganta en la áspera arteria, especialmente al tragar la saliva, u otro cualquier licor, cogió el Médico la parte dolorida entre el pulgar, y el índice, y sintió la extremidad de otra aguja; pero muy profunda para poder extraerse. Lo mismo reconoció en la parte dolorida de una pierna. El Médico que era docto, [118] y no de aquellos, que luego recurren a maleficios, le preguntó, si siendo niña, había tragado algunas agujas; a lo que ella, sin la menor perplejidad, y prontamente, le respondió, que las había tragado muchas veces, porque tenía el mal hábito de traerlas en la boca, y a veces se le metían algunas dentro, y que de esto se acordaba muy bien, y sin la menor duda.

64. Ve aquí un caso concluyente a nuestro propósito. Lo que sucedió a esta Religiosa, pudo, y puede suceder a muchas mujeres. En la indiscreta viveza de las niñas cabe muy bien la peligrosa travesura de juguetear con agujas, o alfileres en la boca, y cabe de resulta el daño, que incurrió nuestra enferma. Poco ha, que una, aquí en Oviedo, se ocasionó el mismo trabajo con este género de enredo, y mucho tiempo después fue apuntando a salir la aguja por debajo de la nuez de la garganta, hasta que descubierta, se la extrajo el Cirujano Francisco de Solís, que hoy la conserva, y me la mostró. Son testigos del caso, demás del Cirujano, el padre, y madre de la niña, residentes en esta Ciudad, y otros algunos, que vieron la operación. Luego no hay motivo para echar la culpa a maleficios en semejantes casos.

65. Confieso, que el mantenerse tantas agujas por tantos años dentro del cuerpo de la Religiosa, de quien hemos hablado, sin inducir en las entrañas algún gravísimo daño, que ocasionase brevemente la muerte, es difícil de entender, como también el que sucesivamente fuesen saliendo hacia el cutis. ¿Mas qué importa? ¿Diremos, que la Naturaleza no puede hacer sino aquellas cosas respecto de quienes comprehendemos sus rumbos, y sus pasos? Eso sería negarle casi todas sus operaciones; sobre lo cual doy traslado al Discurso VI del VI Tomo. Todo el Universo es un compuesto de artificiosísimas máquinas, que exponen a nuestros ojos los movimientos externos, ocultando, no sólo a los sentidos, mas aun al entendimiento, los internos resortes, que los obran. Dios, [119] aun en el orden natural, obra como quien es; quiero decir, como infinitamente poderoso, e infinitamente sabio. Temeridad blasfema será negar, que un tal Artífice, aun dentro del orden natural, pueda hacer muchísimas cosas con medios, o instrumentos totalmente incomprehensibles a nuestra capacidad. El hecho que acabamos de referir, no es dudoso. Diolo al público un Médico acreditado, testigo de vista, al mismo tiempo que acababa de suceder; a que se añade ser teatro del suceso una Ciudad populosa, donde sería facilísimo averiguar la mentira, si lo fuere. Supuesto esto, ¿a qué hombre de razón embarazará el que nuestra Filosofía no comprehenda el modo? Mas no por eso han dejado algunos de discurrir sobre el caso: no quiero decir sobre este sólo, que acabamos de referir, sino sobre los de esta especie, de quienes se hallan bastantes ejemplares repartidos en varios Autores. Yo leí mucho tiempo ha uno, u otro en Juan Schenkio. Monsieur Doison añade a los que dice haber visto en Schenkio, aunque especifica otros, sobre que cita a Monsieur Verduc, Médico Parisiense. En el Tomo séptimo de la República de las letras, son citados también, para el mismo asunto en general, Hildano, Horstio, y Tulpio.

66. Monsieur Doison discurre, que las agujas, siguiendo el rumbo del chilo, hasta introducirse en las venas, conducidas en ellas por el curso de la sangre, llegaron a introducirse en las venas capilares, de donde el impulso de las fibras motrices las fue arrimando al cutis poco a poco. Pero esto es totalmente impersuasible a quien tenga la más leve tintura de Anatomía. Era menester para esto, que un Angel, con continua asistencia, fuese dirigiendo su movimiento; porque lo primero, después de bajar al estómago, descender a los intestinos, de allí pasar a las venas lácteas, de éstas, transitando por las glándulas del mesenterio, trasladarse al receptáculo del chilo, reservatorio de Pequeto (su primer descubridor) o cisterna chilífera, que estos tres nombres [120] tiene; de la cisterna chilífera al ducto chilífero, o canal torácico; de allí introducirse en la vena yugular; de ésta pasar a la cava; luego entrar en el ventrículo derecho del corazón; salir de él por la arteria pulmonar, y toda la substancia de los pulmones, para entrar en el ventrículo izquierdo del corazón; introducirse después en la grande arteria, &c. absolutamente es increíble, que en tantas vueltas, y revueltas las agujas no topasen, y se clavasen, o en esta, o en aquella parte, si algún Angel, como dije antes, no fue guiándolas.

67. Por esto me conformo con lo que dicen otros, que las agujas, y otros cuerpos forasteros, que tal vez se han visto salir a la superficie del cuerpo, fueron rompiendo, y haciéndose lugar poco a poco, impelidos lentamente del movimiento de las fibras, hasta acercarse al cutis, siguiendo unos una dirección, y otros otra. Pero aquí ocurre una grave dificultad, y es, que continuadamente causarían intensísimos dolores, hasta que se extrajesen, y en algunos sujetos no sucedió así; antes pasó mucho tiempo sin que sintiesen algún dolor, o por lo menos sin que le sintiesen muy grave. El Padre Regnault en el segundo Tomo de sus Diálogos Físicos, haciéndose cargo de esta dificultad, la satisface aguda, y sólidamente, diciendo, que por moverse lentísimamente esos cuerpos, no debían causar dolor considerable.

68. Pruebo, y juntamente explico esta respuesta, que para muchos necesita sin duda de explicación. El dolor, según la sentencia común, es causado por la disolución del continuo. Es cierto, que en igualdad de sensibilidad, cuanto mayor cantidad de continuo se divide, tanto mayor es el dolor; y tanto menor éste, cuanto menor cantidad de continuo se disuelve. Por esta razón causa poco dolor la picadura de una pulga, poquísimo la levísima picadura de una aguja. Puesto esto: digo, que una aguja, movida tan lentamente que tardase tres, o cuatro años en pasar de lo interior del cuerpo a la [121] superficie, no causaría algún dolor sensible, porque no disolvería en cada momento de tiempo sino una porción minutísima del continuo, mucho menor sin duda, que la que disuelve la picadura de una pulga.

69. Diráme acaso, que no sólo se siente dolor en el momento que el continuo se disuelve, mas también algún tiempo considerable después: con que, juntándose el dolor, que en este momento resulta de la presente picadura, con el que permanece de las picaduras de muchos momentos antecedentes, producirán una sensación dolorosa considerable. Respondo, que todo ello junto es poquísimo, y casi, o sin casi, imperceptible. Lo primero, porque el dolor, que permanece después de herida la parte, es muy remiso, respecto del que padeció al herirse. Lo segundo, porque cuando la proporción herida es pequeñísima, brevísimamente se consolida, o cicatriza, como cada día se experimenta en la leve picadura de una aguja; puesto lo cual, enteramente cesa el dolor.


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§. XVI

70. Lo que hemos razonado en orden a las agujas, puede aplicarse, a la introducción, y extracción de otros cuerpos extraños de mayor bulto. Y aunque es verdad, que en estos, por razón de su mayor grosor, y figura menos apta para la penetración, crece algo la dificultad, se compensa ésta bastantemente con la gran cantidad de ejemplares bien testificados de la experiencia. Por la vía de la orina se han visto repetidas veces salir varios cuerpos extraños. Bartolino, citado en la República de las Letras, testifica de un hombre, que habiendo tomado píldoras, arrojó una por aquella vía, otro una paja de cebada, otro un pequeño hueso, otro un hueso de pruno; y sobre la fe de Olao Borriquio, cuenta de otro, que había comido unas aves muertas a escopetazos, el cual arrojó un grano de plomo. En el Tomo Primero de las Observaciones Curiosas sobre todas las partes de la Física, se habla de otros, [122] que expelieron envoltorios de cabellos, por la misma vía. Monsieur Doison, citado arriba, es testigo de haber salido a otro por ella un cabello bien largo. Y omitiendo otros sucesos del proprio género, yo puedo testificar con toda certeza de uno bastantemente reciente. Don Juan de Zumárraga, Harpista de esta Iglesia Catedral de Oviedo, empezó por el mes de Julio de 1731 a padecer dolores en el vacío izquierdo hacia el riñón. Llamó al Médico, el cual, observando que el dolor iba descendiendo, el sitio que ocupaba, y otras circunstancias, hizo juicio resuelto de que era piedra. Ordenóle algunos remedios. El dolor a tiempos cesaba, y le daba lugar a dejar la cama. Una vez, estando presente el Médico, le repitió el dolor hacia el cuello de la vejiga. Sentía propensión a orinar, mas no pudo ejecutarlo. Hizo la diligencia de procurar excreción por la otra vía, y con el conato que hizo, arrojó con mucho dolor, por el conducto de la uretra, lo que le causaba el dolor; y el paciente, puesta la mano al orificio de la glande, para recibir en ella, y reconocer lo que tanto le molestaba, recogió un pequeño cuerpo duro envuelto en sangre, el cual al momento entregó al Médico; y éste, limpiándole, halló ser un hueso de guinda. He dicho, que de este hecho tengo entera certeza, por la inviolable veracidad, experimentada por mi larguísimo tiempo, de los dos testigos oculares, que citó el Médico, y el Paciente, porque a uno, y otro oí certificarlo varias veces. En mi poder está el hueso de guinda.

71. Quiébrense ahora las cabezas los Anatómicos, sobre si para bajar la orina a la vejiga, demás del conducto ordinario, hay otro más breve, que el dilatadísimo, que arriba hemos señalado al chilo; añadiendo de más a más la Aorta descendente, las emulgentes, los riñones, y los uréteres; y porfíen norabuena algunos profesores de Anatomía, que no se halla, y no hay tal conducto, contra las repetidas experiencias del pronto descenso de algunas bebidas del estómago a la vejiga. [123] Si cuerpos sólidos de este tamaño transitan por vías tan angostas, cuyo hueco no es correspondiente al más menudo grano de mostaza (aun suponiendo que sean conducidos por la senda ordinaria de la orina, pues por los riñones no puede pasar ésta, sino resudándose gota a gota), ¿qué dificultad hay, en que un licor tenue se transcuele por donde no ven conducto alguno los ojos Anatómicois? Mayormente cuando en los cadáveres, por la falta de calor, y espíritus, que las inflan, están las partes encogidas, y corrugadas.

72. Volviendo a nuestro propósito, no sólo por la vía de la orina, por diferentes partes del ámbito del cuerpo han salido en muchas ocasiones varios cuerpos extraños. Entre las Observaciones de Schenkio leí, que un rústico, viéndose ocioso, tomó la bárbara diversión de introducirse una espiga de trigo por la uretra: habiendo entrado parte de ella, el pie de la espiga hacia dentro, quiso sacarla; pero viendo que las puntas en el acto de la extracción le causaban mucho dolor, se revolvió a introducirla enteramente, y en efecto la fue llevando con tiento poco a poco, hasta que la metió en la vejiga. Pasado mucho tiempo, empezó a sentir algún tumor, y crueles dolores en una pierna. Llegó el caso de hacer una incisión en la parte entumecida, y por ella salió la espiga. En las Memorias de Trevoux de 1703, Tomo segundo, se da cuenta de un hombre de Angers, que después de sentir un pedazo de tiempo dolor en la punta de un dedo, viendo que se había hecho allí alguna materia, rompió el cutis para exprimirla, y arrojó un grano de avena. Teófilo Bonet, citado en el segundo Tomo de Observaciones Curiosas, refiere, que habiendo quedado sepultada en la cabeza de un hombre la punta de un dardo, catorce años después la echó por la boca. Sujeto fidedigno me refirió haber oído los años pasados a un Cirujano del Hospital General de Madrid, testigo ocular del suceso, lo que se sigue. Llegó a aquel Hospital de noche uno, que acababa de recibir una herida [124] profunda en la cabeza. Encontró con un Oficial de Cirugía muy inexperto, el cual le tomó la sangre. La herida había abierto el casco y cortado la dura mater, de modo, que el Cirujanillo, levantando un pedazo de aquella membrana, entre ella, y la Pia mater le puso una hilas. La herida vino a cerrarse perfectamente, quedando sepultadas las hilas en aquel sitio. Sabido esto por el Cirujano, que refirió el suceso, y dudando que aquel hombre estuviese perfectamente curado, quiso registrarle. Había pasado ya bastante tiempo. En efecto vio bien cicatrizada la llaga; pero al mismo tiempo halló, que el hombre se quejaba de un tumor en la glándula carótida izquierda. Resolvió abrirle, y ve aquí, que salió por la abertura un pelotoncillo de hilas, las mismas sin duda, que el Aprendiz de Cirugía había dejado entre la Pia, y Dura mater.

73. Otros muchos casos de la misma especie se encuentran en varios Autores, de los cuales uno, u otro, como el haber expelido un cuchillo por la hijada, salva la vida, se hicieran increíbles, a no constarnos con certeza otro semejante, divulgado en España; quiero decir, el del rústico de una Aldea, junto a Medinaceli, que habiéndose tragado un huso de hilar estambre, le arrojó algún tiempo después por un lado, y vivió. Tuve la primera noticia de este raro suceso por el Libro, intitulado: Jornada de los Coches de Madrid a Alcalá. Pero su Autor padeció equivocación en cuanto al tiempo, porque asigna el caso a los fines del Siglo pasado, y no sucedió sino el año de nueve del presente. Noto esto, por estar exactamente informado del todas las circunstancias de él por el Doctor Don Gaspar Casal, Médico hoy del Cabildo de Oviedo, el cual, hallándose entonces en Sigüenza, tuvo noticia pronta del suceso, comunicada en carta de Don Antonio Temprado, Médico de Medinaceli, que asistió personalmente a la extracción del huso; y después el mismo Don Gaspar Casal trató al rústico, le examinó sobre todo el hecho, [125] y reconoció la cicatriz de la abertura por donde salió el hueso. Me ha dicho, que era un hombre tan estúpido, que no pudo sacar de él cosa cierta, en orden al motivo de la bárbara acción de tragar el hueso, y sólo por conjeturas vino a colegir, que la mucha necesidad, que el rústico padecía (hubo aquel año gran escasez de víveres por aquel País) le indujo a la brutalidad de acabar consigo de aquel modo.

74. De todo lo dicho sobre este asunto se convence, cuán neciamente se toma por seña segura de posesión, o maleficio, la extracción, o expulsión de agujas, cabellos, y otros cualesquiera cuerpos extraños: y asimismo la generación de algunas sabandijas dentro del cuerpo humano, pues todo puede ser natural, y en innumerables ocasiones se ha visto serlo.


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§. XVII

75. Finalmente, las señas más falibles, o por decirlo mejor, las más despreciables, son aquellas, que más acreditadas, y practicadas se hallan entre los Exorcistas. La primera consiste en ciertos sahumerios, los cuales dicen tienen la eficacia de molestar extrañamente a los Demonios; y mediante esta molestia, descubrirlos, y también ahuyentarlos. Usan para estos sahumerios de la ruda, del hipericon, de cuerno de cabra, del estiercol humano, &c. El doctísimo Valles toca este punto en el capítulo 28 de su Filosofía Sacra, haciendo de tal práctica el desprecio que merece: y descubriendo, cómo las conmociones, que se observan en los Exorcizados, inducidas de aquellos sahumerios, y que toman por señas de posesión, resultan únicamente, como efectos naturales de ellos, en el mismo paciente, sin que haya Demonio allí, que haga, ni padezca. Dice, que entre las cosas, de que usan, hay unas que son saludables para la Epilepsia, y otros males, cuyos síntomas toman erradamente por efectos de posesión; y el alivio que ocasionan en esas enfermedades, le atribuyen [126] a quietud, y opresión de los Demonios, que imaginan: otras, que absolutamente son nocivas, y molestas; y cuando con ellas irritan, conturban, y horrorizan a los Exorcizados, juzgan que atormentan a los Demonios, que no hay: Putantes se torquere Daemonem, cum potius torqueant miseros aegrotantes.

76. Los que dan actividad natural a estas cosas materiales para molestar a los Demonios, por consecuencia forzosa caen en el error Platónico, de que son corpóreos; pues una substancia puramente espiritual no puede recibir daño, o molestia de cosa alguna corpórea. Pero los más ya se libran de este pantano, tomando otro, u otros caminos. Dicen lo primero, que Dios puede sujetar los Demonios, y de hecho los sujeta a algunas cosas materiales, de modo, que horrorizados huyan de ellas. Dos ejemplos de esto alegan, tomados de las Sagradas Letras. El uno es el Demonio de Saúl, que huía de la música de David. El otro es el Demonio Asmodeo, del cual libró a la Esposa del Joven Tobías el humo del hígado del Pez. Dicen lo segundo, que otras cosas atormentan a los Demonios, no con causalidad física, sino intencional: esto es, mediante la representación objetiva, de que tal, o tal cosa se hace por mofa, y desprecio de ellos. Este efecto aseguran hacen los humos de cosas hediondas, y viles; porque el Demonio, que es extremamente soberbio, padece cruelísimo tormento de verse ajado, y escarnecido con tales sahumerios. Dicen lo tercero, que hay algunas disposiciones morbosas en los cuerpos de los Energúmenos, que los hacen más aptos para que el Demonio se introduzca, y obre en ellos, sobre todo la melancolía atrabiliaria; y por tanto algunas cosas materiales, contrarias a aquella disposición morbosa, quitándola, indirectamente expelen al Demonio.

77. En cuanto a lo primero, digo con el Padre Conelio Alapide, {(a) In 1. Reg. cap. 16.} que, aunque es cierto, que Dios puede [127] sujetar al Demonio a algunas cosas corpóreas; ¿de dónde consta, que efectivamente los sujeta? Los ejemplos de la Escritura nada prueban, pues según Padres, y Expositores, ni la Cítara de David, ni el hígado del Pez, obraron con virtud natural, sino sobrenatural, que Dios en aquellos dos casos quiso concederles. Pero quiero dar, que fuese natural. Nada puede aprovechar esto a los Exorcistas, los cuales ni usan de la música, ni del hígado de aquel Pez (ni aun sabe nadie qué Pez era) para ahuyentar los Demonios, sino de otras cosas corpóreas, de las cuales, ni por la Escritura, ni por otro testimonio de inferior orden consta, que tengan, ni virtud natural, ni sobrenatural para ahuyentarlos. Añado, que de la Escritura no consta ciertamente, que Saúl fuese atormentado del Demonio. Así, Cayetano, Genebrardo, y el Padre Delrio son de sentir, que aquel Rey infeliz sólo padecía una terrible melancolía, procedida del humor atrabiliario, para cuya enfermedad presta notable alivio la buena música.

78. A lo segundo replico, que todo eso se dice adivinando; y si esto se ha de fiar a conjeturas, la más natural es la mejor. ¿Pero cuál es aquí la más natural? La que se funda en la experiencia. Lo que experimentamos es, que cualquier hombre, o mujer, si le dan humo a las narices con cosas asquerosas, y fétidas, se conmueve, se inquieta, congoja, y hace todo lo posible por apartarse. ¿Para qué es, pues, menester recurrir a Demonio posidente? Juzgo yo antes bien, que si le hubiera, se esforzaría a disimular el tormento, que le ocasionasen esas befas, porque no se las repitiesen, y continuasen.

79. Debe advertirse, que aunque no sean cosas viles, y hediondas las que inquietan a los Exorcizados, nada prueba eso. La razón es clara, porque todos los que se simulan Energúmenos, están en la creencia de que todos los sahumerios, que les aplican, tienen la virtud de atormentar al Demonio; y así, para persuadir, que verdaderamente son Energúmenos, a cualquiera sahumerio, [128] que les dén, hacen que lo sienten extrañamente.

80. A lo tercero digo, que es un sueño, un delirio, una quimera. El Demonio, como espíritu puro, no necesita de disposición alguna en el cuerpo para introducirse, y obrar en él, ni hay disposición alguna, que le facilite, o dificulte la entrada. En todos los cuerpos de cualquiera temperie, especie, o condición que sean, se puede penetrar, porque esta absoluta, y general penetrabilidad es esencial a todo espíritu puro; y esto es más claro que la luz del día. Pero concedamos gratuitamente, que hay tales disposiciones. ¿Quién quita al Demonio, que estorbe la operación de los remedios, que aplican contra ellas? Nadie sino que sea un estúpido, me negará, que puede estorbarla con mil medios diferentes. Con que, si él quiere estarse, se estará; aunque le sahumen con ochocientos mil carros de hipericon, y ruda. Podrá también apartar los humos de hipericon, ruda, cuerno de cabra, &c. de las narices del paciente, y conducirlos a las de los Curanderos.


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§. XVIII

81. La segunda señal, que observan los Exorcistas, igualmente despreciable, pero más común que la primera, es estremecerse, conturbarse, y procurar huir al ver la Cruz, o cualquiera otra cosa sagrada, y aun al ver al Exorcista: lo mismo al oír el Evangenlio, u otras cualesquiera palabras santas. ¿Quién no ve, que harán todo esto, como en efecto lo hacen, los que se fingen Energúmenos, para persuadir que realmente son tales? La prueba se debe hacer, aplicándoles la Cruz, o alguna reliquia, con tanto disimulo, que lo ignoren, o decirles palabras santas en latín nada vulgarizado; y con tales circunstancias, que parezca se habla de algún objeto profano. Si haciendo esto repetidas veces, y variando las circunstancias, siempre se horroriza el Exorcizado, vengo en que le crean Energúmeno; bien, que es menester añadir la precaución de que no esté presente [129] alguno, que entienda lo que se hace, y dice, y pueda estar de concierto con el Exorcizado para hacerle alguna seña.


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§. XIX

82. La tercera es la resistencia a ejecutar lo que manda la Ley de Dios, a recibir los Santos Sacramentos, y practicar todo género de acciones piadosas, y devotas. Otra que tal. Como si todos los Energúmenos fingidos no supiesen, que esto se toma por seña de posesión, y no pudiesen hacer lo mismo.


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§. XX

83. La cuarta, incitarse repentinamente a furor, arrojarse al suelo, darse golpes, morderse las manos, echarse al agua, o al fuego, o ejecutar otras acciones, que pongan en riesgo la vida. Lindamente: como si para todo esto no bastase una perversión del cerebro, una natural demencia furiosa, como en efecto se han visto muchos locos, que se han quitado la vida, sin que nadie sospechase en ellos posesión. El que el furor venga de repente, nada prueba: pues muchos locos furiosos están sosegados en algunos intervalos, y a cada intervalo de quietud sucede repentinamente otro de furor. Alegar, que algunos Endemoniados, cuya real posesión consta del Evangelio, hacían semejantes extremos, es no más que querer alucinar a ignorantes. Cristo nuestro Bien, que los curó, sabía, que eran Endemoniados, y lo sabía del mismo modo, que hiciesen esos extremos, que no. Estos son indiferentes para proceder de natural demencia, o de agitación diabólica. Sabemos, porque lo dice el Evangelio, que en aquellos procedían de agitación diabólica. ¿Pero en qué Evangelio han leído Einatten, Remigio, y los demás Exorcistas, que en otros muchísimos hombres no pueden proceder los mismos extremos de natural demencia?

84. Con todo, yo no me opondría a que se exorcizase a los furiosos, que llegan a las extremidades de echarse [130] en los ríos, arrojarse a las llamas, descolgarse por los precipicios. Aun en caso de proceder de enfermedad natural, ¿qué inconveniente se seguiría del error de atribuirlo al Demonio? Ninguno, o muy leve; ya porque un furor tan rematado en rarísimos se ve; ya porque como éstos no obran con malicia, no se siguen de reputarlos por Energúmenos los graves inconvenientes, que, como hemos ponderado al principio de este Discurso, se pueden ocasionar de tratar como tales a los que maliciosa, y fraudulentamente se representan Energúmenos. Pero el caso es, que los Exorcistas no esperan a experimentar estos supremos furores, que rarísima vez ocurren; antes en su práctica común cualquiera afectado movimiento de furia, o rabia, toman por seña de posesión. Por eso incluyen, como notas suficientes de ella, las acciones de arrojarse al suelo, darse golpes, morderse las manos; lo que apenas hay Energúmeno fingido, que no haga; pero con tal tiento, que nunca se le siga considerable daño. Hacen que se muerden las manos; pero nunca se les verá cortar con los dientes un dedo, ni lastimarse mucho. Dan con el cuerpo contra las paredes; pero sin abrir jamás una herida en la cabeza. La Endemoniada fingida, de que hablamos en el §. VII, fue mucho tiempo exorcizada, sin que hiciese tales extremos. Sucedió, que en una ocasión, en que la estaban conjurando, y ella no daba más señas de Diablo, que gritos, y visajes, uno de los circunstantes dijo que le parecía que aquella mujer no estaba Endemoniada, porque si lo estuviese, se daría golpes, y se lastimaría a sí propria, como hacían las que verdaderamente lo estaban. Oyólo mi buena mujer, y tomó la lección, porque de allí adelante se daba sus golpes, aunque con el tiento que he dicho, y aun tal vez mostraba uno, u otro leve rasguñito, que se había hecho allá a sus solas en la cara. [131]


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§. XXI

85. La quinta, y última seña toman los Exorcistas de los ojos, en los cuales, si observan un modo de mirar terrible, y furioso, con tanta seguridad afirman la posesión, como si claramente viesen estampada una legión de Demonios en cada niña. Tan buena es ésta como las pasadas. El modo de mirar terrible puede provenir de una de tres causas, todas tres naturales; esto es, de la complexión propria, de enfermedad, o de afectación. Lo primero, hay sujetos, que naturalmente tienen un modo de mirar terrible. Lo segundo, los locos furiosos miran de ese modo. Lo tercero, cualquiera por su arbitrio puede imitarle. En los primeros es naturaleza: en los segundos enfermedad: en los terceros afectación. ¿Pues para qué recurrir al Demonio, cuando tenemos tan a mano otras causas?

86. Estas son las señas, que comúnmente prescriben los Autores de Exorcismos en sus libros, y que los Prácticos observan: las cuales, ni separadas, ni todas juntas, prueban cosa, como se ha evidenciado. Y aunque es verdad, que también hacen memoria de las que dicta el Ritual Romano, es muy de paso, como cosa que les hace poco al propósito. Dirán, que agregan unas a otras, para mayor seguridad. Pero contra esto está lo primero, que en la práctica no las agregan; pues sin hallar señal alguna de las que expresa el Ritual, sólo por la observación de estotras, declaran, y dan por cierta la posesión. Lo segundo, que las señales expresadas en el Ritual, y observadas con las reflexiones, y precauciones, que hemos propuesto arriba, por sí solas, y sin estotros adminículos, fundan total certeza de que interviene causa preternatural. Sólo puede quedar la duda, de si la causa es Dios, o el Diablo, de la cual facilísimamente, y sin tantos excusados preceptos, se puede salir, por mil circunstancias, que advierte cualquiera mediana razón. [132]


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§. XXII

87. Hasta aquí hemos hablado de los Energúmenos aparentes, que lo son por ficción, y embuste, ya del Energúmeno, ya del Exorcista, ya de algún tercero, o terceros, que estén de concierto con ellos; sobre lo cual, otra vez, y otras mil recomendamos una exactísima vigilancia; porque, especialmente habiendo gente de concierto, caben innumerables artificios, con que se alucine al más entendido. Y prevengo (importa mucho esta advertencia) que los que pueden estar de concierto con ellos, por más que parezca una cosa muy irregular, son muchísimos. Dejo aparte uno, que entre la partija de las limosnas, que el fingido Energúmeno granjea: otro, que si el sujeto de la ficción es mujer, por este medio le procure la libertad, que ha menester para ser incontinente con ella; y otros, que por varios fines particulares pueden concurrir. Fuera de estos hay dos motivos comunes, que comprehenden a innumerables sujetos. El primero es el de persuadir, contra su proprio dictamen, que no fueron engañados en creer al principio, que la posesión era verdadera. Son muchos, y muchísimos, los que sobre levísimas apariencias creen, que un embustero es Energúmeno. Estos, cuando se ven reconvenidos con buenas razones, de que creyeron de ligero, por eximirse de esa nota, se interesan en llevar adelante el embuste, fomentándole con varias patrañas. Dirá uno, que vio al Energúmeno volar: otro, que le vio entrar en un horno ardiendo, y salir ileso: otro que lo oyó revelar un secreto ocultísimo, &c. y de este modo se juntarán testigos bastantes para cien informaciones. El segundo motivo común es el prurito, que tienen los más de los hombres de referir cosas prodigiosas. Es grande el número de los que se deleitan en mentir; pero mucho mayor el de los que se deleitan en mentir prodigios, y portentos. Aun hombres por otra parte bastantemente veraces, caen una, u otra vez en [133] esta tentación, como en varias ocasiones he observado. Así muchos, sin más interés que esta complacencia, dirán, que vieron ejecutar al Energúmeno cosas extraordinarísimas. No nos detenemos más en esta reflexión, porque en varias partes de este Teatro hemos estampado la misma, y en todas era necesaria.

88. Pero fuera de los Energúmenos aparentes por ficción, que son con gran exceso los más, hay otros, que sin intervenir embuste alguno, lo son meramente por ignorancia, o por error. El error tiene unas veces su origen en el Médico, otras en el Exorcista, otras en los que son meros espectadores; y en cualquiera parte que nazca, es muy común comunicarse al mismo paciente. Puede tal vez nacer del paciente mismo, aunque esto es rarísimo, a no provenir de aprehensión contagiosa, en la forma que explicaremos más abajo. El Médico indocto, cuando experimenta alguna enfermedad, para él obscura, y que obstinadamente resiste a sus recetas, luego discurre causa preternatural, y ordena, que el enfermo se entregue a los Exorcistas. Dos géneros de afectos morbosos son los más ocasionados a este error: los histéricos, y los melancólicos. En el útero femíneo está sin duda escondido el Proteo de las enfermedades. Los síntomas, que de aquella parte mal afectada nacen, son tan varios, de tan diferentes figuras, y colores, y a veces producen acciones, y movimientos tan extraordinarios, que no hay que admirar, que en una, u otra ocasión confundan a los Médicos, y les induzcan el pensamiento de que es enfermedad demoníaca. La melancolía profunda, mayormente en mujeres, es resbaladiza hacia el mismo riesgo. Siempre la melancolía profunda trae consigo algo de demencia; y algo de demencia, junto con mucho de melancolía, produce una extravagancia tal en obras, y palabras, que a la vulgar ignorancia le representa superior causa a todas las que están en la esfera de la naturaleza. En viendo a una mujer, que antes vivía como las demás, que empieza a ser con algún exceso pensativa [134] y taciturna; que se retira aun de los domésticos; que ama la soledad, y aun la obscuridad; que a tiempos, sin causa manifiesta, ya ríe, ya llora, se llama al Médico. Este jarabea, purga, da cordiales, aplica ungüentos. Nada sirve. Repítese la misma tarea. El mal crece, en vez de minorarse. No se ha menester más para que el Médico vocee, que hay causa preternatural. Dase cuenta a un Exorcista, el cual, al primer gesto desusado, que vea hacer a la enferma, confirma la opinión del Médico, y estos dos votos juntos arrastran a casi todos los del Pueblo.

89. A falta de Médico, discurren lo mismo, que el Médico discurriría, ya el Exorcista, ya los domésticos, ya los de afuera. Tengo en mi poder la carta original de un Exorcista famoso en cierta Ciudad de Castilla, a quien, por serlo, se consultó para una Señora de las primeras de este Principado, de quien se había empezado a sospechar maleficio, sin otro fundamento, que el de padecer dicha Señora una extraña melancolía. Hizosele relación de los accidentes, que padecía la Señora, los cuales eran los ordinarios en cualquiera, que adolece mucho de melancolía; pero se le añadía, que a veces reía, y lloraba a un tiempo mismo. No hubo menester más mi Exorcista para declarar maleficio. Estas son sus palabras en respuesta a este artículo: Los accidentes, que padece esa mi Señora, muchos pueden nacer de causas naturales, pero en el que yo paro más mi consideración, es en el de la risa, y llanto a un mismo tiempo. Esto no puede ser, mirándolo a buenas luces, mera causa natural; pues parece dificultoso moverse con tanta facilidad el humor melancólico, y la pasión de risa: con que aquí ya se llega a presumir puede haber causa preternatural, que mueve estos dos hombres. ¡Notable ignorancia! Como si esto no se viese a cada paso en las mujeres, sin rastro de maleficio, y aun sin melancolía habitual. La que está llorando, afligida de algún pesar no muy grave, si le dicen alguna chanza, o presentan algún objeto, que mueve a [135] risa, al punto ríe, sin que por eso las lágrimas dejen de correr. Esto es lo ordinario. A veces aun sin excitativo forastero, movidas de su propria imaginación, que les represente ridículo a intervalos el mismo objeto, que, como melancólico, por otra las contrista, sueltan la risa, sin que se suspenda el llanto. Yo, con tratar poco con mujeres, noté esto en dos ocasiones. El resto de la carta del Exorcista, que es bastantemente larga, no está más discreto, que lo que hemos copiado. Pero no es de omitir la extravagancia de recetar a la paciente, suponiendo ser maleficio, limonada fría de agua cocida con grama, añadido agrio de limón, para que tomase de mañana, ordenando, que después de tomada, estuviese media hora en la cama, y después se levantase, e hiciese algo de ejercicio. ¿Qué antipatía tendrán los Diablos con la limonada fría, con la grama, con el agrio de limón, y con el ejercicio hecho por la mañana? Mucho después añade: Conocido el Enemigo, y sabiendo la complexión de esta Señora (de lo cual dará relación el Médico) se podrán aplicar otras bebidas más fuertes, y purgantes, que yo determinaré vista la relación. ¿Qué más dijera el mismo Séneca para el efecto de curar maleficios?


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§. XXIII

90. Dije, que establecida en el Exorcista, y en los demás el errado concepto de maleficio, o posesión, se comunica ordinariamente el error al mismo paciente. Esto cualquiera lo comprehende. Pero añadiré una cosa muy notable transferido el error al paciente, éste a veces fortifica invenciblemente el error del Exorcista, y de todos los demás. Supongo una mujer (lo mismo que sea hombre) algo simple, y que padece los efectos de una melancolía profunda expresados arriba. Mueve con ellos el juicio, o por lo menos la sospecha de posesión, o maleficio. Llega el Exorcista a conjurarla. Ella, al ver que la exorcizan, y tratan con las mismas ceremonias, que ha visto practicar con otros [136] Endemoniados, no ha menester para creer, que en efecto lo está. Hasta aquí nada hay, que no sea naturalísimo. Lo admirable es lo que se sigue. Sin estar maleficiada, ni tener Diablo alguno en el cuerpo, y también sin querer fingirlo, empezará a hacer los mismos aspavientos, dar los mismos gritos, mostrar los mismos terrores, moverse a los mismos gestos, y visajes, que ha visto ejecutar a otros Energúmenos. ¿Por qué? Porque por su modo obscuro, y basto de concebir las cosas, se la representa, que estando endemoniada, y conjurándola, debe hacer lo mismo, que hacen los demás Endemoniados, cuando los conjuran. Sin reflexión alguna, allá confusamente se le propone ser aquel entonces su oficio, y su obligación. No digo que sucederá esto siempre. Sucederá algunas veces, y sólo con gente simple.

91. No hablo de mero discurso, y mucho menos de oídas. El caso pasó ante mí en proprios términos ha diez y ocho, o veinte años. Un pobre hombre medio criado de este Colegio, donde escribo, padecía, aunque no con frecuencia, algunos accidentes epilépticos. También se puede contar esta enfermedad entre las ocasionadas a la sospecha de posesión para gente ruda. Diole en cierta ocasión uno de estos accidentes en la cocina de este Colegio. Uno de los sirvientes de cocina dijo, que sin duda estaba endemoniado. Pasó la voz, y el concepto a los demás. Fueron al punto a llamar dos, o tres Colegiales Sacerdotes, para que le exorcizasen. Cuando llegaron éstos, ya el pobre estaba libre del accidente. Pero sobre la deposición de la gente de cocina le condujeron a la Iglesia. Empezaron a granizar Exorcismos sobre él; y él, al compás de los Exorcismos, empezó al punto a dar gritos, y hacer visajes. Ya está descubierto el Enemigo, decían muy satisfechos de sus conjuros mis doctísimos Exorcizantes, y proseguían apretando más la mano. Estaban perfectamente acordes los Exorcizantes, y el Exorcizado. El danzaba según ellos le daban el tono. A proporción que ellos daban mayores voces; [137] y conjuraban con más vehemencia, correspondía él con mayores quejas, mayores estremecimientos, y contorsiones. Cuando yo llegué a saber el caso, ya todos, o casi todos los de casa lo habían visto; y si no fuese por mí, entiendo, que todo el tiempo que vivió después (murió ha nueve, o diez meses) hubieran continuado en exorcizarle otros muchos. Bajé a la Iglesia: con las noticias que me dieron del accidente previo, y lo que yo observé, comprehendí, y logré persuadir a los circunstantes, que no había allí Demonio alguno.

92. Intervinieron en este lance algunos graciosos chistes. El siguiente no puedo omitir. El último que exorcizó, era un Colegial Sacerdote de genio atorrollado, pero de fuerte pecho, y voz muy sonante. Halló el libro de Exorcismos cerrado sobre el Altar, porque así lo había dejado el inmediato Conjurador antecedente. Abrióle, y empezó a conjurar con notable fuerza, y con terribles voces. Conocióse luego la eficacia del Exorcismo en las extraordinarias conmociones del paciente. No había sentido, ni aun la mitad, todos los conjuros anteriores. Yo, que estaba a la vista, y al oído, noté algunas voces del Exorcismo totalmente incongruas para el asunto. Acerquéme a reconocer el libro, para ver qué latines eran aquéllos; y hallo, que mi Colegial Conjurador estaba empujando el Exorcismo, que había en aquel libro, y está estampado en otros muchos, contra la plaga de ratones: Exorcismus ad pellendos mures, decía arriba el rótulo. Dile en rostro con su simpleza. Al mismo tiempo llegó el Despensero del Colegio (por la noticia, que le dieron de que yo aseguraba, que el hombre no estaba Energúmeno) y llamándole por su proprio nombre, le dijo, que fuese a tomar una refacción, por cuanto era ya tarde, y estaba en ayunas, lo que él al punto obedeció, siguiendo al Despensero con una paz angelical.

93. Que este pobre no era Energúmeno, consta con entera certeza, no sólo por lo que yo observé en el caso [138] referido, mas también porque ni antes, ni después dio señal alguna de tal. Los accidentes de aquel género le repitieron después algunas veces, sin circunstancia alguna, que no fuese muy propria de ellos; y en fin, uno de estos accidentes acabó con sus días. Que tampoco fingía serlo, se infiere con igual certidumbre: lo primero, porque siempre fue muy virtuoso, devotísimo, de extremado candor, y perfecta sinceridad: con otras voces era un Santo simple. Lo segundo, porque ni antes, ni después del lance expresado, hizo jamás acción, ni dijo palabra, que pudiese argüir posesión, ni real, ni fingida. Luego todas las demostraciones, que hizo al conjurarle, no nacieron de otra causa, que de la simple aprehensión, de que entonces le tocaba hacer el papel de Endemoniado. Esto se evidenció más con lo que diré ahora. El día siguiente, un Lector, compañero mío, le dijo, burlándose: Amigo Bartolín (llamábanle así al uso de la tierra, porque su nombre era Bartolomé) mañana has de volver acá, y te hemos de conjurar horrorosamente. No Señor (respondió él con su santa simpleza) deje V.P. pasar siete, u ocho días, para que pueda dar buenas voces, porque quedé ronco de las que dí ayer; y hasta que se me quite la ronquera, no puedo hacer cosa de provecho. ¿Qué prueba más clara de lo que llevo dicho?

94. Advierto también, que a mujeres muy melancólicas los Exorcismos, intimados con voz fuerte, y eficaz, las estremecen, y conturban, sin más causa que la misma melancolía, de que adolecen; la cual, siendo mucha, induce tal timidez, y apocamiento en el corazón, que con cualquiera levísimo motivo se conmueve, y aterra. Así de todos los muy melancólicos se puede decir con verdad: Trepidaverunt ubi no erat timor. [139]


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§. XXIV

95. No veo, que contra lo que hemos dicho en este Discurso se pueda proponer objeción de algún momento, exceptuando una meramente conjetural, contra lo que sentamos al principio del sumamente corto número de Endemoniados verdaderos. Podrá, digo, oponérsenos, que en el tiempo que Cristo nuestro Bien estaba en la tierra, había muchísimos, como consta de todos cuatro Evangelistas, por las muchas curaciones de ellos, que refieren hizo el Salvador: Luego es de discurrir, que también ahora los haya; ¿porque qué motivo se puede imaginar, ni de parte de Dios para ordenarlo, o permitirlo, ni de parte del Demonio para ejecutarlo, que hubiese entonces, y falte ahora? Confírmase esto con las Historias de algunos Santos, que libraron de la posesión del Demonio a muchos Energúmenos; y no sólo de Santos de la Primitiva Iglesia, mas que florecierón mucho tiempo después.

96. No han faltado quienes dijesen, que los que se llaman Endemoniados en el Evangelio, no lo eran realmente, sí sólo dolientes de varias enfermedades; pero los Evangelistas los llaman Endemoniados, conformándose al modo común de hablar de aquel tiempo. Es el caso, que los Judíos estaban en la errada persuasión de que muchas especies de enfermedades eran movidas por el Demonio, y por esta errada persuasión se introdujo en su Idioma la voz de Endemoniados, para expresar enfermos de tales enfermedades. Véase a nuestro Calmet en el Tomo segundo de las Disertaciones Bíblicas en la Disertación de de Obsidentibus, & possidentibus corpora Daemonibus.

97. Pero la menor nota, que se puede imponer a esta opinión, es la de temeraria. No contradigo la sentencia de San Jerónimo, de que los Escritores Canónicos, respecto de aquellas cosas, en que el desengaño no era necesario, ni conducente para la salud eterna, [140] frecuentemente se conformaron en el modo de hablar a las opiniones que reinaban en los tiempos en que escribieron, aunque éstas no fuesen conformes a la verdad: Multa in Scripturis sanctis dicuntur iuxta opinionem illius temporis, quo gesta referuntur, & non iuxta quod rei veritas continebat {(a) In Jerem. cap. 28.}. Mas no cabe el uso de esta regla en nuestro propósito. Si en el Evangelio no hubiese otra cosa más, que llamar Endemoniados aquellos, a quienes como tales curó Cristo, vaya que se admitiese aquella explicación. Pero las repetidas expresiones de que habló el Demonio, que salió el Demonio, que volvió a entrar el Demonio, que los Demonios dijeron tal, y tal cosa, &c. no permiten otra inteligencia, que la ajustada a la letra.

98. Por lo cual al argumento propuesto respondo, que yo creo en primer lugar al Evangelio, y en segundo lugar a la experiencia. Si la experiencia, y el Evangelio se opusiesen, desmintiría mis ojos, y mis manos por asentir al Evangelio; mas no habiendo oposición alguna, creo con el orden propuesto uno, y otro. Respecto de nuestro asunto, no hay oposición alguna. ¿Qué incompatibilidad se puede imaginar, en que en tiempo de Cristo hubiese muchísimos Energúmenos, y ahora poquísimos, o rarísimos? Preguntarnos por el motivo que tuvo Dios para ordenar, o permitir entonces lo que no ordena, ni permite ahora, es bachillería, y aun temeridad, indigna de gente de razón. Tiene Dios alguna obligación a manifestarnos los motivos, ¿por qué obra o deja de obrar tal, o cual cosa? O sin que él los manifieste, ¿puede presumir el ingenio humano averiguarlos? Júntense todos los hombres más doctos, y agudos del Mundo, y después de discurrir muchos años sobre la materia, dígannos, por qué Dios crió el Mundo en tal tiempo: esto es, en aquel que correspondió a tal punto del tiempo imaginario, y no antes, ni después: [141] ¿por qué dispuso la redención del género humano en tal tiempo, y no antes, ni después?

99. Así respondemos; porque esta es la única, verdadera, y sólida respuesta para tales argumentos. Pero si queremos echarnos a adivinar, como frecuentemente hacen aquellos ingenios, que cuanto más Topos, más presumen de Linces, fácil es señalar motivo de parte de Dios para permitir entonces que el Demonio tomase posesión de tanta gente, y de parte del Demonio para ejecutarlo. De parte de Dios pudo ser motivo la gloria del Salvador; porque aunque ésta resplandecía en otros muchos prodigios, especialísimamente se manifestaba el carácter de Redentor en el Imperio, que visiblemente ejercía sobre los Demonios. Quien de intento había venido al mundo a arruinar la tirana dominación de Lucifer, y todos sus secuaces, ¿en qué operaciones podía explicar con más propriedad su divina misión, que en aquellas, en que mostraba su soberano poder sobre los Angeles rebeldes? Para esto digo, era importantísimo el permitir Dios, que innumerables Espíritus inmundos se introdujesen en los cuerpos humanos. El prodigio de expelerlos, como caracterizante del oficio de Redentor, era conveniente que se repitiese más que los milagros de otras especies. De parte del Demonio no es menester señalar otro motivo, que el continuo rabioso deseo, que tiene de hacer todo el mal que puede a los hombres; y así no espera para hacerle más que el que Dios, con la permisión, le suelte las manos, que con el imperio tiene atadas. Otros varios motivos pudiéramos discurrir, tanto de parte de Dios, como de parte del Demonio. Pero nunca nos detenemos en los que únicamente pueden servir para ostentar una vana fertilidad del ingenio; sí sólo en lo que derechamente conduce para poner patente la verdad. La misma solución proporcionalmente se puede aplicar a lo que se nos opone de los Santos, cuya eminente virtud quería Dios manifestar por este medio. [142]


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§. XXV

100. A los que, no obstante lo dicho, insistieren en la comparación del tiempo de Cristo con el presente, les propondré un Problema curioso con que se han de ver bastantemente embarazados. En el Evangelio se halla mayor número de Endemoniados, que de Endemoniadas. Téngolo bien mirado. ¿Cómo, o por qué hoy en todas partes es incomparablemente mayor el número de Endemoniadas, que de Endemoniados, de modo, que para cada Energúmeno de nuestro sexo, hay ciento del otro? Algo más difícil les será disolver este Problema, que a mí el que me opusieron. El ordinario recurso de los crédulos, para salvar, que sin ficción haya muchas más Energúmenas, que Energúmenos, que consiste en decir, que las mujeres por su temperamento son más dispuestas, o facilitan más la introducción del Demonio, sobre ser vanísimo, no puede servir aquí, porque en tiempo de Cristo, y en todos tiempos hubo la misma diferencia de temperamento de un sexo a otro, que hay ahora: con que está totalmente cerrada la puerta a este efugio.

101. Digo también, que aquel recurso, aun para lo que ordinariamente se usa, y prescindiendo del cotejo de un tiempo a otro, es vanísimo. Para el Demonio no hay, como ya apuntamos arriba, temperamento, ni disposición física alguna, que facilite, o dificulte la entrada. Si no encuentra el embarazo más leve para penetrar mármoles, y bronces, ¿por qué le ha de encontrar en la carne, huesos, nervios, membranas, y corazón del hombre más robusto? Son las mujeres, dicen, más ocasionadas a la ira, al terror, a la tristeza, a la desesperación, y en estas pasiones halla cierta especie de atractivo, o llamamiento el Espíritu maligno. Todo esto es hablar al aire; y lo que se dice de esta, y de aquella, que con la ocasión de padecer algún gran susto, se les introdujo el Demonio, todo es cuento. Para [143] el Demonio no hay otra disposición, que la permisión Divina. Puesta ésta, no hay cuerpo, ni alma, los más bien templados del mundo, que le hagan la más leve resistencia. Faltando ésta, le es imposible la entrada en mujer alguna, esté como estuviere, ni aun en el aposento donde duerme, ni en la casa que habita. Y repitamos ahora lo de antes. ¿Las mujeres del tiempo de Cristo, no eran más ocasionadas a estas pasiones que los hombres? ¿Cómo entonces el Demonio se introdujo en tantos, o más hombres, que mujeres?

102. La solución, pues, verdadera del Problema propuesto, es, que los Energúmenos, que curó Cristo, eran realmente tales; y para la posesión verdadera, es indiferente uno, y otro sexo, porque el Demonio tan fácilmente se acomoda a uno, que a otro. Los de ahora son por la mayor, y máxima parte, fingidos, o imaginados; y para la posesión fingida, o imaginada, hay de un sexo a otro dos notables diferencias, una para la fingida, otra para la imaginada. Para la fingida es, que las mujeres son por lo común mucho más interesadas que los hombres en la ficción, porque tienen mucho más limitada la libertad de vaguear, que apetecen en gran manera, y apenas con otro medio, que el de fingirse Energúmenas, pueden lograrla. En efecto, las fingidas Energúmenas la obtienen amplísima; no sólo porque con el pretexto de buscar el remedio en diferentes Santuarios, y en diferentes Exorcistas, andan por varias tierras; sino también, y aun mucho más, porque pueden salir de su casa en cualquier hora, y a cualquiera parte, con el título de que el Demonio las condujo, sin incurrir a ello su albedrío.

103. Para la posesión imaginada, hay, lo primero, la diferencia de estar las mujeres sujetas a los accidentes histéricos: los cuales no pocas veces vienen figurados de modo, que a los inexpertos en la Medicina representan posesión demoníaca: lo segundo, el ser de cerebro más débil, y más viva imaginación: cualidades [144] que las facilitan el creer ellas mismas, que están Endemoniadas. Ya se vio en dos Conventos de Monjas empezar la creencia de posesión por una de cada Convento, y después irse comunicando la aprehensión, como contagioso, sucesivamente a todas las demás; de modo, que a todas se conjuró, y todas hacían sus gestos, y respondían como Endemoniadas. ¿De qué pudo venir esto, sino de debilidad de cerebro, viveza de imaginativa, y apocamiento de ánimo?

104. Acaso el cuento de cuentos de las Religiosas de Loudun tuvo el mismo principio. A lo último es cierto, que hubo mucho de embuste; mas esto no quita, que empezase por error: que es muy ordinario en el que cayó en el error, cuando llega a desengañarse, por no confesar su desatino, procurar después continuar la ilusión con la trampa. Puede ser también, que en la primera, que pareció Endemoniada, fuese ficción de ella misma, y la ficción de ésta, produjese el error de otras: cosa que en mujeres, que habitan el mismo Claustro, es naturalísima. Desde que ven, o creen alguna de sus hermanas Endemoniada, todo es pensar en la Endemoniada, y en el Demonio; todo es sustos, y sobresaltos, de si el Demonio las acomete, o se introduce en ellas, como lo hizo en su hermana. Estos terrores, en las que son más aprehensivas, llegan a punto de ocasionar tales inquietudes, conmociones, y angustias, que ya juzgan, que las mismas angustias, que son efectos de su temor, son causadas por el Demonio. Si luego, como ordinariamente acontece, viene a examinarlas un Exorcista imprudente, ya no queda duda en el caso. El conjura, ellas gritan, tiemblan, se horrorizan, hablan, y obran como si estuviesen espiritadas: efectos todos, ya de la impresión terrífica que en su espíritu apocado hacen la esforzada voz, y eficaces ademanes del Conjurante, ya de su propria alucinación, que le representa, que allí su oficio es hacer el papel de Endemoniadas. Con esto hay cuanto basta, y aun sobra, para que todo el Pueblo [145] invenciblemente crea, que en efecto lo son.


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§. XXVI

105. Todo esto está bien. Pero habiendo alegado arriba la experiencia, en prueba de que hoy son rarísimos los Energúmenos, hemos menester señalar, qué experiencia es esta. Por lo cual digo lo primero, que la observación hecha de haber muchísimas Energúmenas, y rarísimo Energúmeno, funda una fuertísima conjetura de que aquellas, por la mayor, y máxima parte son fingidas, o imaginadas: porque, como acabamos de probar, no hay disparidad alguna entre uno, y otro sexo para la posesión verdadera; pero la hay grandísima para la fingida, o imaginada.

106. Digo lo segundo, que yo, habiendo visto en diferentes tierras varias Energúmenas, y procurado informarme de la verdad, ninguna hallé, que diese señas de serlo realmente; antes daban algunas de lo contrario.

107. Digo lo tercero, que otro Religioso, que habitó algunos meses en un célebre Santuario, en donde concurren varios Energúmenos, preguntado por mí sobre el asunto, me respondió, que ninguno había visto en aquel sitio, que diese legítimas señas de tal, de aquellas que señala el Ritual Romano; esto es, que en ninguno había observado cosa, que debiese atribuirse a causa preternatural.

108. Lo cuarto digo, que de otro Religioso me consta el particular modo que en otros tiempos tenía de descubrir los embustes que hay en esto. Tenía en un gran pedazo de País los créditos de insignísimo Exorcista, por lo cual de muchas leguas de distancia le llevaban las Energúmenas, para que las conjurase. Fueron muchas las que concurrieron; y a la reserva de algunas pocas, a las cuales, por creer estaban verdaderamente poseídas, libertó del Demonio, a todas las demás las curaba de otra enfermedad. ¿Pero de qué? No de la posesión, sino del embuste. Es el caso, que persuadido en general, [146] a que en esto de Energúmenos hay infinita patraña, usaba del siguiente artificio, para descubrir si había, o no ficción. A cualquiera Energúmena, que le presentaban, cogiéndola a solas, eficacísimamente la intimaba, que tenía la gracia singular de discernir los verdaderos Energúmenos de los fingidos, y que en virtud de dicha Gracia clarísimamente conocía que ella no tenía otro Demonio, que el del proprio embuste; mas con todo quería salvar su crédito, y no dar lugar a que la tuviesen por embustera; que para este efecto la conjuraría en público, y ella haría el papel de que el Demonio cedía a la fuerza de los Exorcismos, dándose allí adelante por perfectamente curada; añadiendo la conminación de que si no confesaba la verdad, y no quería ejecutar lo que la ordenaba, o en adelante volvía a repetir el embuste, a todo el mundo manifestaría la patraña, y de allí adelante sólo la conjurarían a palos. Como las mujeres iban de antemano bien persuadidas, por la fama que corría en toda la tierra, a que el Religioso era dotado de un espíritu altísimo para todo lo que toca al oficio de Exorcista, dándose por descubiertas sin remedio, al punto llorando confesaban la verdad, y también el motivo por qué se fingían Endemoniadas: hacíase luego en público la ceremonia de conjuro, y curación; y las Energúmenas, aunque rabiando, volvían sanas a sus casas.

109. Lo quinto pruebo el asunto con la experiencia constante, de que rarísima vez parece Energúmeno alguno en parajes donde nadie se aplica a exorcizar; o digámoslo de otro modo: no parecen los Energúmenos, sino donde hay gente crédula, que asienta a que lo son. Cónstame con certeza, que en varios Curatos de Galicia, mi Patria, había una alternativa rara. En unos tiempos parecían muchas Endemoniadas, en otros ninguna. Esta variedad dependía de la varia condición de los Curas. Cuando tenían un Cura crédulo, o dedicado a exorcizar, había en la Parroquia tres, o cuatro, o más [147] mujeres, que hacían el papel de Energúmenas, y daban horrendos chillidos en la Iglesia al levantar la Sagrada Hostia. Si a este Cura sucedía otro (como muchas veces sucedió) de buena razón, que enterado de la añagaza, les intimaba que callasen, porque si no, las conjuraría con una tranca, luego se daban por curadas todas, y mientras duraba aquel Cura, no se descubría Demonio alguno en todo el Curato.

110. En Villaviciosa, Pueblo de este Principado, hay un Convento de Franciscanos Misioneros, en cuya Iglesia se venera una Imagen de nuestra Señora, con el nombre de la Imagen del Portal, por cuya razón, de todo él acude allí mucha gente, como a Santuario Famoso. Un Caballero muy discreto, natural de aquella Villa, me aseguró haber observado, que aunque a otros Santuarios de menos nombre acuden frecuentemente varias Energúmenas, nunca vio alguna, que fuese a buscar su remedio a la presencia de aquella devotísima Imagen. El mismo me descubrió la causa. Vive en aquel Convento el R.P. Fr. Bernabé Uceda, de quien hice memoria para el mismo asunto de Endemoniados, tocado por incidencia en el Tomo III. Disc. I. n. 37. Este sujeto, dotado de todas las buenas calidades, que pueden hacer amable, y respetable a un Religioso, está, como notamos en el lugar citado, en la firme persuasión, de que en materia de Energúmenos es infinita la patraña, y poquísima la realidad. Su doctrina, y discreción le han constituido Oráculo, no sólo de su Comunidad, mas de todo el País vecino. Así, todos siguen su sentir en el asunto de que tratamos; por cuya razón, sabiendo todas las fingidas Energúmenas, que allí no han de ser creídas, ninguna acude a aquel Santuario.

111. ¡Válgame Dios (volviendo a la reflexión que hice al principio de este Discurso), que los Demonios han de ser tan fatuos, que sólo se descubran donde saben que han de ser molestados, y perseguidos con Exorcismos, execraciones, improperios, y preceptos penales, y se [148] encubran donde nadie los ha de ajar, ni inquietar! Valgan la verdad, y el santo desengaño. La causa está bien patente. No es que los Demonios sean fatuos; sino que no lo son los que se fingen Energúmenos; y sería fatuidad fingirse tales, donde saben no han de ser creídos.

112. A estas observaciones experimentales, sobre la fe de un Anónimo, citado en el Tomo 31 de la República de las Letras, pág. 574, añadiremos otra hecha en Roma el año de 1554. Hízose (no sé si por providencia del Papa, o del Magistrado inferior) recuento de las mujeres Endemoniadas, que había entonces en Roma, y se hallaron ochenta y dos. Procedióse a riguroso examen con todas ellas, y se sacó en limpio, que no había ni una que realmente lo fuese.

113. Esta providencia, clamo yo, que se debiera tomar en todas partes, para evitar los gravísimos inconvenientes, que es fácil seguirse de la tolerancia de tales embusteras. Yo no pido otras pruebas para el examen, que las que señala el Ritual Romano; pero el examen se ha de encargar a sujetos de mucho conocimiento, y perspicacia. No son menester Teólogos. La Teología para esto, rara, o ninguna vez puede hacer al caso. Una clara razón natural, acompañada del conocimiento de la lengua Latina, y de aquellas noticias, que bastan para discernir lo que cabe, o en la naturaleza, o en el arte, y de lo que necesariamente pide causa preternatural, es quien puede dar la sentencia en este género de juicio. La deposición del Exorcista (no siendo de notoria virtud, y discreción) es la primera que se debe apartar a un lado, ya por el idiotismo de unos, ya por la insinceridad de otros. Váyanlos preguntando uno por uno, y verán cómo unos dan por señas de posesión las que distan mil leguas de serlo: otros dan señas legítimas, pero que llegando a la experiencia, se ve ser el hecho supuesto. Hoy, que estoy escribiendo esto, está cierto Exorcista conjurando en esta Ciudad a una mujer, que asegura estar Endemoniada. Yo impuse a dos sujetos, para que [149] procurasen asistir una, u otra vez, que la exorcizaba, y le pidiesen le mandase al Demonio hablar en Latín sobre alguna materia, que ellos determinasen, o hiciese otra cualquiera cosa, que excediese las fuerzas naturales. Entrambos tenían motivo bastante para introducirse. El uno era Médico, y un hermano de la mujer le había pedido, que reconociese si era enfermedad natural. El otro era Religioso, y algo amigo del Exorcista. Con todo, ni uno, ni otro pudieron lograr que la exorcizase en presencia suya. ¿Qué quiere decir esto?

114. A lo que recurren casi todos, viéndose apurados, es a una prueba, que ya tocamos arriba, legítima sin duda, si fuese verdadera. Dicen, que varias veces, estando la Endemoniada muy distante, desde su casa, en voz sumisa, mandaron al Demonio, posidente, que la trajese allí, y siempre lo ejecutó. Esto, cuando ellos están empeñados en persuadir, que es verdadera posesión, e interesan en ello el crédito de que no padecen error, cuando no interesen algo más, se les ha de creer sobre su palabra; mayormente no habiendo circunstancia alguna considerable, que lo acredite. Pregunto más: ¿Por qué a mí, que tengo la misma potestad, no me obedecerá también el Demonio, si le mando lo mismo? Pues en verdad, que algunas veces hice la experiencia de mandarle, que me trajese la Endemoniada a la Iglesia del Monasterio, y nunca me obedeció. Dirán, y creo que lo dicen, que para esto es menester que primero el Demonio le dé la obediencia al Exorcista. Pero replico: El Demonio no da espontáneamente la obediencia al Exorcista: siempre precede el imperio de éste, y en virtud de él se la da. Pues si obedece este precepto, sin haberle dado antes la obediencia, ¿por qué no obedecerá asimismo el precepto con que le llamo, sin habérmela dado? [150]


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§. XXVII

115. No ignoro, que para todo citan sus libros de Exorcismos. Pero yo me atengo únicamente al Ritual Romano; porque en los Libros de Exorcismos veo muchas cosas, que ni se conforman con el Ritual, ni con mi tal cual entendimiento. Una cosa sola, pero de gran substancia, dejando otras muchas, especificaré aquí, para que los doctos, que leyeren esto, la examinen, y me instruyan.

{(a) 1. En el Concilio Bituricense, celebrado el año de 1584, y aprobado por la Santidad de Sixto V, tit. 40. can. 3, se ordena, que los Obispos celen, que no se use de otros Exorcismos, que los aprobados por la Iglesia: Provideant Episcopi, ne praetextu pietatis, ulli Exorcismi fiant, nisi qui ab Ecclesia probati sunt. He notado advertidamente, que este Concilio fue aprobado por la Silla Apostólica, para mostrar, que su autoridad es muy superior a la de otros Concilios Provinciales, que no tuvieron dicha aprobación. Los Exorcismos, que andan esparcidos en varios libros, no están aprobados por la Iglesia, ni tienen otra aprobación, que la común de todos los demás libros, que se imprimen con las licencias necesarias. Generalmente no hay Exorcismos algunos aprobados por la Iglesia, sino los contenidos en el Ritual Romano, dado a luz por orden de Paulo V. Los que pretendieren lo contrario, muestren el Breve Pontificio de aprobación.

2. Añado, que en una edición del Ritual Romano, hecha en Venecia el año de 1725 en la oficina de Nicolás Pezzana, hay a lo último de él un Decreto de la Sagrada Congregación de Ritos, emanado a 11 de Enero del mismo año, en que se prohiben todas las adiciones hechas al Ritual, y las que acaso en adelante se harán, especialmente ciertos Conjuros contra las tempestades. Son suyas las palabras siguientes: Eiusdem Sacrae Congregationis Decreto prohibentur omnes additationes factae, & forsan faciendae Rituali Romano post reformationem s.m. Pauli V. sine approbatione Sacrae Congregationis Rituum; & maxime Coniurationes potentissimae, & efficaces ad expellendas, & fugandas aereas tempestates, a Daemonibus per se, sive ad nutum cuiuslibet Diabolici ministri excitatas, ex diversis, & probatis auctoribus collectae Presbytero Petro Lucatello, &c.}.

116. En el Ritual Romano no hay otros Exorcismos, que aquellos, que tienen por objeto a los Energúmenos: aquellos digo, que se fulminan contra los Demonios [151] obsidentes, o posidentes de los cuerpos humanos. Pregunto: ¿Cómo, por qué, o con qué autoridad se han estampado en los libros, de que hablamos, otros Exorcismos, que miran diferentísimos objetos: Exorcismos contra la Langosta, contra Ratones, y otras sabandijas, contra Lobos, contra Zorras; Exorcismos contra la Peste, Exorcismos contra las Fiebres, &c.? Diráseme, que no por no estar en el Ritual Romano, dejarán de ser buenos, y útiles, pues no es preciso, que todo lo que es bueno, y útil esté incluido en el Ritual Romano.

117. Pase norabuena. Pero aprieto el argumento por otro lado. Nadie puede exorcizar sin potestad de Orden. Pregunto: ¿Quién tiene potestad de Orden para exorcizar Peste, Fiebres, Langosta, Ratones, &c.? Parece que nadie; porque no hay Orden alguna de las que Cristo instituyó para su Iglesia, que confiera tal potestad. La forma, o palabras con que se confiere el Orden de Exorcistas, son éstas precisamente: Accipite, & commendate memoriae, & habete potestatem imponendi manus super Energumenos, sive Baptizatos, sive Cathecumenos. En estas palabras no se significa explícita, ni implícitamente, como es claro, darse potestad más que para exorcizar a los Energúmenos. En la admonición, y explicación previa de este Orden, que se hace a los Ordenados, tampoco se dice más, que precisamente esto mismo: Accipitis itaque potestatem imponendi manum super Energumenos, & per impositionem vestrae manus gratia Spiritus sancti, & verbis Exorcismi pelluntur spiritus immundi a corporibus obsessis. Luego nadie recibe potestad para proceder con Exorcismos contra esotras incomodidades del linaje humano.

118. Explico más esto. En los Exorcismos, a distinción de las Preces, se procede, no por vía de súplica, sino de imperio. El imperio es acto de potestad. La potestad sobre las cosas expresadas, o ha de ser natural, o sobrenatural. Digo, pues, que en el Exorcista no hay una, ni otra. No natural, porque a serlo, como la naturaleza [152] es la misma en el que es Exorcista, que en el que no lo es, también los que no son Exorcistas tuvieran esa potestad. Tampoco sobrenatural, ¿porque cuándo se le confiere? No al ordenarse, como queda probado. Tampoco en otro tiempo, como es claro; o dígase cuándo.

119. De lo dicho se infiere claramente, que contra todas las incomodidades del hombre distintas de Demonios obsidentes, o posidentes, se debe proceder, no con Exorcismos, sino con Preces. Así veo, que en el Ritual Romano sólo se prescriben Preces, y Oraciones para repeler las tempestades, para librarse de la hambre común, para disipar la pestilencia, sin que en las fórmulas, que contra estos enemigos propone, se vea, o suene acto alguno de imperio.

120. Es verdad, que en el Manual de Toledo hay Exorcismos propriamente tales contra las tempestades, y contra los Demonios, que infestan las habitaciones. Pero lo primero digo, que ya en el Tomo III, Disc. IV, num. 26, hemos advertido cuán inferior es la autoridad del Manual de Toledo a la que goza el Ritual Romano, y allí puede verse.

{(a) En la edición del Ritual Romano, de que acabamos de hablar, no está incorporado el Manual de Toledo, como suele estarlo en las que comúnmente se usan en España. Si en esto se atendió a observar el Decreto, que acabamos de citar, o ya antes en las ediciones del Ritual, hechas para otras Naciones, no se incorporaba el de Toledo, es lo que no podemos determinar.}

121. Lo segundo respondo, que en los Exorcismos del Manual de Toledo sólo suena ejercerse acto de imperio contra los demonios, que mueven las tempestades, debajo de la condición, o suposición que las muevan, como asimismo contra los que infestan los domicilios; mas no contra las mismas tempestades, nubes, vientos, o rayos. Esa potestad imperativa sobre las cosas inanimadas la ejerció Cristo por sí mismo: Tunc surgens imperavit Ventis, & Mari {(a) Matth. cap. 8.}; mas no la quiso [153] comunicar mediante algún Orden Sacro a sus Ministros. Acaso, pues, se puede interpretar, que en la potestad, que el Orden de Exorcista confiere contra los Demonios obsidentes, o posidentes, va implícitamente envuelta la potestad contra todos los Demonios, que de otro cualquiera modo nos incomodan. ¿Pero cómo puede, sin ilusión, entenderse conferida en el Orden de Exorcistas potestad alguna para proceder imperativamente contra la Langosta, contra los Ratones, contra los Lobos, contra las Lombrices, contra la Peste, contra las Fiebres, &c.? Sin embargo, en varios libros de Exorcismos se hallan expresados actos de imperio sobre todas estas, y otras muchas cosas, como: Exorcizo, & adiuro vos locustae ::: Exorcizo, & adiuro vos pestiferi vermes ::: ut recedatis ab his agris, vineis, &c. Exorcizo vos aer contagiose, mala pestis, & omnem infirmitatem simul, & separatim, & peremptorie praecipio vobis, &c. Coniuro vos lupos, & vulpes, & aves utriusque sexus, & alia animalia, quae facitis rapinam ::: Ligo vos, & ora vestra, manus, & ungues ::: Impero vobis, & vos revoco, &c.

122. Juzgarán acaso, que satisfacen, diciendo, que este imperio le ejercitan como Ministros de Cristo, y es lo mismo que decir nada. Es clara la razón, porque el Ministro sólo puede obrar como tal en aquel determinado ministerio, a que el Príncipe le destina. ¿Por ventura un Corregidor, porque es Ministro del Rey, se mete a mandar como tal en otro Territorio, que aquel, que esté expresado en su nombramiento? ¿Un Togado, porque es Ministro del Rey, en sitio donde hay guerra actual se meterá a comandar las Tropas? Muestren, pues, los Exorcistas, o Sacerdotes algún nombramiento de Cristo, en el cual se les haya cometido la facultad de mandar sobre las criaturas expresadas. Ninguno tiene más que el del Orden, que recibió; y en ninguno de esos se insinúa tal facultad. [154]


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§. XXVIII

123. Concluyo ya el Discurso; y para corona de él, porque vean los Lectores a cuánto llega la tontedad, y estupidez de algunos Exorcizantes, pondré aquí copia de carta original, que está en mi poder, escrita por un Exorcista de este País a Don Bernabé de la Rubiera, Médico, que a la sazón era de Villaviciosa. Irá con todos sus solecismos Castellanos, por no alterar tan precioso texto, ni en una tilde.

124. Muy señor mío, después de solicitar de su salud, y bien venida de Oviedo, se me ofrece el que V.md. me envíe una receta para una enferma, que dije a V.md. los días pasados en casa del señor Domingo la Rubiera, es enfermedad de maleficio, y Demonios juntamente; ha veinte y ocho años que padece, y una pobre viuda, de edad de cuarenta y seis años, con quince partos, y parece que esta cura viene del Cielo por intercesión de nuestra Señora de los Remedios, de quien es muy devota; y se halla en esta enferma todos los actos de Fe, Esperanza, Caridad, Humildad, y Paciencia, &c. y además de esto, el mismo Demonio, y Demonios, que la atormentan, me vinieron a buscar para que yo hiciese esta caridad, dando ellos mismos el modo de dieta para esta criatura; conviene a saber, que comiese buenos caldos a medio día, y a la noche, de gallina, y carnero, con unas gotas de aceite, y bebiese poca agua, y eso tibio, y que le diesen nueve días, muy temprano, unos caldos de la misma carne, sin sal, cantidad de un cuarterón de caldo, y otro de aceite, y después dos clisteres en dos días sucesivos, y se prosiguiese con tres bebidas purgantes, y éstas de dos a dos días, por tener pocas fuerzas la criatura; y éstas se habían de componer de tres cosas, y cantidad de medio cuartillo cada una, y se han de preparar en vino de lo mejor contra el humor, o complexión melancólico, y frío, y en todas ellas se ha de recelar de tres géneros de medicinas, una onza purgante de todo, y otra para el humor [155] frío, y para el melancólico una drama menos. El Maleficio le tiene en el vientre al lado del corazón; y juraron todo esto en lo que se pudo, con ratificaciones muchísimas; y no quisieron jurar las cualidades de las medicinas, antes bien juraron, que no convenía, y que esto se dejaba para los Médicos. Serviráse V.md. de enviarnos esta receta de las tres bebidas purgantes, y tener por cierto, que aunque es juramento del Diablo, viene de arriba por muchas razones, que pudiera asegurar V.md. coram, y además de lo dicho también el que pasado tres semanas, se debía purgar en forma, para lo cual avisaremos en llegando el caso. Está, como digo, en lo exterior débil; pero con todo esto, por la potestativa permisión, que tiene el Demonio, da a entender interiormente fuerzas bastantes. Espero nos haga esta caridad, y nos mande cosa de su mayor agrado, y pedimos a su Majestad le guarde muchos años. De esta muy suya, Gijón, y Febrero 22 de 1729.

125. Más abajo, a un lado de la firma, pone la postdata siguiente: Si es circunstancia importante, el maleficio se le dieron en natas de veneno de sapos, y otras sabandijas.

126. ¿Se habrá escrito jamás cosa más graciosa? Creo, que la Comedia del Hechizado por fuerza no iguala en sal, ni con mucho, el entremés de la hechizada de esta carta. Débame el buen Sacerdote, que la escribió, la moderación de no expresar aquí su nombre. Y el Lector agregue a esta carta los fragmentos de la otra, de que hablamos en el num. 89, para conocer por ambas, a lo que llega el idiotismo de algunos Exorcizantes; y si fuere hombre de humor, podrá hacer sobre su contexto unas glosas, o escolios de mucho chiste: diversión, que yo tomaría a mi cuenta de buena gana; si no me llamasen ocupaciones más serias. [156]


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Epílogo

El resumen de este Discurso se reduce a cuatro conclusiones teóricas, y dos reglas prácticas.

Primera conclusión. Es de Fe, que hubo Energúmenos. Esto consta de varios hechos, que refieren todos cuatro Evangelistas.

Segunda conclusión. No sólo en el tiempo de Cristo, y de los Apóstoles, mas también después acá los ha habido. Esta conclusión no consta con igual certeza que la primera; pero se debe juzgar colocada, por lo menos, en el grado de certidumbre moral, ya porque Cristo instituyó el Orden de Exorcistas para curar a los Energúmenos; y no es creíble, que instituyese un Orden constante en su Iglesia, que sólo había de servir por poquísimo tiempo; esto es, en el nacimiento de la misma Iglesia; ya porque la Iglesia después propuso, y aprobó, y hoy propone, y aprueba fórmulas de Exorcismos, y no es verisímil que hay propuesto remedios para una enfermedad puramente posible; ya, en fin, por varias Historias de Santos, aprobadas también por la Iglesia, en las cuales se refiere, que arrojaron los Demonios de los cuerpos de algunos Energúmenos.

Tercera conclusión. También en el siglo presente los hay. Esto sólo puede constar por experiencia. Yo, a la verdad, ninguno he visto, de quien ni aun probablemente pudiese concebir que lo fuese. Pero me aseguré enteramente de que en realidad lo era una mujer, de quien hablé arriba, num. 4. que vivió mucho tiempo, y murió en la Hospedería de nuestro Santuario de Valvanera. Un hecho cierto, como éste, basta para probar la conclusión.

Cuarta conclusión. Son rarísimos hoy los Energúmenos verdaderos. De manera, que apenas hay el diezmo de los que se creen ser tales. Esta abundantemente consta [157] de todo lo que hemos dicho en el presente discurso.

Primera regla. Es conveniente, y aun indispensablemente necesario, que luego que parezca algún Energúmeno, se dé cuenta al Ordinario; y éste por sí mismo, o por personas sinceras, y hábiles, haga el examen competente. Pudiera hacerse para esto algún establecimiento; y aseguro, que sola su publicación bastaría para que se minorase muchísimo la garulla de Endemoniadas, que hay en algunos Países.

Segunda regla. El examen se debe hacer siguiendo los documentos del Ritual Romano, con atención a todas las precauciones, que hemos propuesto arriba.

{(a) 1. Al asunto de la tercera Conclusión me parece añadir, como noticia importante, que en varias partes de las Cartas Edificantes, y Curiosas se asegura, que entre los Idólatras del Oriente se ven muchos Energúmenos; pero ninguno entre los de aquella gente se convierten a nuestra Santa Fe. Esto es muy conforme al concepto, que tengo formado en esta materia. Es sumamente verisímil, que Dios permita al Diablo introducirse en aquellas infelices criaturas, que se constituyeron esclavas suyas con la Idolatría, con mucho mayor frecuencia, que en las que por medio del Santo Bautismo se extrajeron del poder del Demonio.

2. A las dos reglas, que damos en la Conclusión del Discurso, agregaremos otra muy conveniente; y es, que ningún Exorcista se meta a ejercer este ministerio, sin preceder consulta, y consentimiento del Señor Obispo. Advertencia es ésta, y advertencia importantísima del primer Concilio de Milán, que presidió S. Carlos Borromeo: Is (Exorcista) exorcismos memoriae mandare studeat, idque ex libris, Episcopi iudicio comprobatis: & cum res postulaverit, ut eo munere fungi oporteat, id ne agat nisi consulto, & consentiente Episcopo {(a) Part. 2. Constit. num. 48.}. Dos grandes utilidades se conseguirán de practicar esta providencia. La primera, que únicamente ejercerán este ministerio sujetos prudentes, y de buenas costumbres; no siendo creíble, que los Señores Obispos den consenso para exorcizar, sino a Sacerdotes, en quienes concurran dichas circunstancias: La segunda, que no habrá en esta materia tanto embuste; pues muchas mujercillas por su bribonería, inclinadas a fingirse Energúmenas, dejarán de hacerlo, por el miedo de que exorcizándolas el Obispo, o por sí mismo, o por sujetos prudentes, y advertidos, descubren el embuste. [158]

3. Un Regular, habitante en uno de los Conventos de Madrid, me escribió días ha proponiéndome ciertas objeciones, y satisfaciendo a algunas razones mías sobre determinados puntos de este Discurso. Por haberme parecido, que aunque no propone dificultad alguna, que no sea muy leve, es porque la materia no da más de sí, y al fin arguye todo lo que cabe, por la infeliz causa que defiende: insertaré aquí su carta, dividiéndola en varias partes, y reponiendo sucesivamente a cada una lo que juzgare oportuno a la manutención de mi dictamen. No descubro al Autor, por ignorar si eso será de su agrado; siéndolo, él mismo podrá descubrirse. Omito las cortesanías de la introducción, y voy derechamente a lo que importa.

Carta

4. «Primeramente en el número 114, hablando de los Exorcistas, se hace cargo V.Rma. de la prueba, que alegan, de que muchas veces estando cierta Endemoniada muy distante, desde su casa en voz muy sumisa mandaron al Demonio posidente que la trajese allí, y siempre lo ejecutó, &c. Pero lo que yo reparo es, que para impugnar como falsa esta respuesta, dice V.Rma. o pregunta: ¿Por qué a mí, que tengo la misma potestad, no me obedece también el Demonio, si le mando lo mismo? Pues en verdad, que algunas veces hice la experiencia de mandarle, que me trajese la Endemoniada a la Iglesia del Monasterio; y nunca me obedeció. Digo, que esta respuesta la extraño mucho en V.Rma. pues no puede ignorar el caso que refiere San Marcos, al cap. 9 semejante a éste de otro Endemoniado, que tampoco quiso obedecer a los Discípulos de Cristo; y así le preguntaron: ¿Quare nos non potuimus ejicere eum? Y en verdad, que ellos tenían potestad para hacerlo, y no lo lograron.»

Respuesta

5. Yo digo, que extraño mucho la objeción fundada en el caso que refiere San Marcos; siendo éste en todo diferentísimo del que yo propongo. Yo hablo de la obediencia, o inobediencia del Demonio al llamamiento: en el lugar citado de San Marcos se habla de la obediencia, o inobediencia del Demonio, en orden a su expulsión del Energúmeno. Y aunque su obediencia en uno, y otro caso es efecto de una misma potestad, el suceso es desigualísimo. Al imperio dirigido a la expulsión resiste frecuentísimamente el Demonio; al imperio dirigido al llamamiento, nunca, o rara vez resiste, si hemos de creer a los Exorcistas. Así yo ineptamente argüiría, si aplicase el argumento al primer caso. V.gr. este sería un raciocinio fútil: Yo no pude arrojar tal Demonio, por más que se lo mandé, del cuerpo de tal Energúmeno: luego tampoco le podrá [159] arrojar fulano. ¿Por qué? Porque se sabe, que es muy ordinario resistir el Demonio a cien actos de exorcizar, en cuanto a desocupar el puesto; como ni aun hablando del mismo Exorcizante, se inferirá bien, que no habiéndole arrojado en cincuenta veces, que le exorcizó, no podrá arrojarle en adelante. Pero en cuanto al imperio de llamarle, dicen los Exorcistas (por lo menos los que yo he oído) que siempre son obedecidos. Aquí entra bien mi reconvención: ¿Por qué nunca soy obedecido yo, teniendo la misma potestad? ¿Quién no ve una disparidad grandísima de uno a otro caso?

6. Mas: En el caso de San Marcos se habla de un particularísimo género de Demonios, el cual no se expele, sino con la oración, y el ayuno. Hoc genus (respondió Cristo a los Apóstoles) non ejicitur nisi in oratione, & ieiunio. De que se infiere, que el defecto estuvo en no aplicar esta diligencia para la expulsión; y que si los Apóstoles hubieran usado de ella, habrían ahuyentado al Demonio. Mas en el caso, de que tratamos, los Exorcistas no usaban para el llamamiento de otra acción diferente que yo; esto es, un mero acto de imperio. Así lo dicen ellos mismos. ¿Pues por qué no me había de obedecer el Demonio como a ellos?

7. Finalmente, aun cuando fijamos semejantes los dos casos, ¿a quién no hará creer el Impugnante, que yo siempre tropecé con unos Diablos de especialísimo carácter, en virtud del cual obedecían a otros Exorcistas, y sólo a mi imperio eran rebeldes?

Carta

8. «Fuera de esto, a la pregunta de V.Rma. podría acaso responderse, que el Demonio no quiso obedecer, porque, según se da a entender, más sería su precepto por mera curiosidad, que por declarar la eficacia del nombre de Dios.»

Respuesta

9. Esta es puntualmente la desecha, que referimos arriba de las Monjas de Loudun, nimia curiositas. ¿Pero, Padre mío, adónde están la caridad Cristiana, y moderación Religiosa, cuando voluntariamente me atribuye un motivo vicioso en las experiencias, que hice de llamar al Demonio? Lo peor es añadir, que se da a entender, que es lo mismo que decir, que en mi Escrito lo insinúo: lo que es una impostura visible. Vuelva a leerse la cláusula mía citada arriba, ¿por qué a mí, &c. que es la única en que hablo de dichas experiencias, y contemple el más cabiloso, si en ella hay la más leve insinuación, de que el motivo de ellas fue mera curiosidad. Es cierto, que yo no expreso motivo alguno, ni honesto, ni inhonesto. ¿Pero pudiendo haber procedido con motivo honesto, y debiendo discurrirse de mis muchas obligaciones, que procedí así no es iniquidad atribuirme un motivo vicioso? [160]

10. Y es muy de notar, que al paso que el Impugnante me hace a mí tan poca merced, le hace muchísima al Demonio. Repárese bien aquello de que el Demonio no quiso obedecer, porque mi precepto sería por mera curiosidad. ¿Qué significa esto, sino que el Demonio es tan amable de la virtud, y tan enemigo del vicio, que sólo quiere obedecer, cuando se le manda por motivo justo, y santo, y de ninguna manera quiere, cuando el motivo del precepto es vicioso? Si se dijese, que Dios no quiere que el Demonio obedezca, cuando el que pone el precepto no procede por motivo honesto, no replicaría a ello. Pero decir, que el Demonio es el que no quiere, es notable extravagancia; debiendo creerse, que en la suposición, que hace el Impugnador, antes querría el Demonio fomentar con su obediencia el vicio de la curiosidad.

Carta

11. «Demás de esto, si hubiese de valer el argumento de V.Rma. se pudiera concluir también, que no hay potestad en la Iglesia contra los Demonios; porque aunque obedecen a algunos Exorcistas, dejando libre al poseso, a otros muchos no los obedecen, pues no quieren salir. Y esto ya se ve cuán grande error sería.»

Respuesta

12. Extrañísima ilación. Lo contrario se infiere clarísimamente. Si los Demonios obedecen a unos Exorcistas, aunque no obedezcan a otros, de eso mismo se demuestra con evidencia, que hay en la Iglesia potestad contra los Demonios, pues esos a quienes obedecen, no se hacen obedecer, sino en virtud de la potestad, que hay en la Iglesia contra los Demonios.

Carta

13. «En el número 116 pregunta V.Rma. Cómo, por qué, o con qué autoridad se han estampado en los libros de que hablamos (Exorcismos) otros Exorcismos, que miran a diferentes objetos: Exorcismos contra la Langosta, contra Ratones, y otras sabandijas, contra Lobos, contra Zorras: Exorcismos contra la Peste: Exorcismos contra las fiebres, &c. queriendo que no haya otros que los que hay en el Ritual Romano, contra los Demonios obsidentes, o posidentes.

14. Respondo, que se han estampado con autoridad de la Iglesia, porque la Iglesia adjura, y exorciza, (que es lo mismo) no sólo a los Demonios posidentes, u obsidentes, sino también las criaturas irracionales, e inanimadas; pues ella tiene potestad de invocar el nombre divino, para obligarlas a que en reverencia de [161] él sirvan al provecho del hombre, o hacer que no le dañen, ni por sí mismas ni por impulso del Demonio. Consta del Evangelio (Marc. 16.): In nomine meo Daemonia eiicient ::: Serpentes tollent, & si mortiferum quid hiberint, non eis nocebit: super aegros manus imponent, & bene habebunt. Esta práctica de la Iglesia la vemos, no sólo por el Manual de Toledo, en cuanto a los nublados, y tempestades; sino también establecida por autoridad universal de toda ella en los conjuros de las tempestades, y granizos, puestos al fin del Breviario Romano; y en los de la Sal, y de la Agua, que tenemos en el Misal Romano. Todas las cuales son criaturas inanimadas. ¿Por qué razón pues, no ha de haber potestad para adjurar, o conjurar la Langosta, la Peste, las Fiebres, y las demás cosas, que por sí mismas, o por malignidad del Demonio pueden dañarnos?»

Respuesta

15. Mucho tenemos aquí que castigar. Es lo primero notable error decir, que esos libros de Exorcismos están estampados con autoridad de la Iglesia. Díganos el Impugnador qué Concilio, o qué Papa los aprobó, o mandó imprimir. La autoridad de la Iglesia, en orden a la impresión de libros, sólo se aplica mediante Decreto, o Aprobación Pontificia, o Conciliar, la cual se notifica en la frente del libro, como se ve en el Misal, el Breviario, el Ritual, el Pontifical, el Catecismo, Romanos. ¿Hay nada de esto en esos libros de Exorcismos?

16. La prueba de que usa el Impugnador no puede ser más infeliz. Dice, que la Iglesia adjura, o exorciza a las criaturas irracionales, e inanimadas. Sea en hora buena por ahora. Abajo diremos lo que hay en el caso; pero de aquí se infiere, que cualesquiera libros impresos de Exorcismos de criaturas irracionales, e inanimadas, están estampados con autoridad de la Iglesia. Para que se vea cuán impertinente es esta consecuencia, supongamos que alguno hubiese impreso un libro de Ritos de su invención, sin otra aprobación, que las ordinarias de otros libros, o un cuaderno con Rezos nuevos de algunos Santos; del mismo modo se probaría, que aquellos Ritos, y Rezos estaban estampados con autoridad de la Iglesia; porque esta tiene ciertamente potestad para estatuir, y de hecho estatuye cada día, Ritos, y Rezos. Así, pues, como sería cosa ridícula decir, que porque la Iglesia usa de Ritos, aprueba cualquier libro de Ritos, que salga a luz; lo será el decir, que porque la Iglesia usa de Exorcismos contra las criaturas irracionales, e inanimadas, aprueba cualquier libro de Exorcismos contra esas mismas criaturas, que se publique por medio de la estampa.

17. El lugar alegado de San Marcos es extremamente intempestivo; [162] pues en él no se habla de acciones, prerrogativas, o potestad, proprias del Orden de Exorcistas, sino de operaciones milagrosas, de que son capaces todos los Fieles (que estén ordenados, que no) que tuvieren para ello la fe necesaria. Consta manifiestamente de las palabras, que anteceden inmediatamente a las citadas: Signa autem eos, qui crediderint haec sequentur: in nomine meo, &c. Donde es de notar lo primero la voz signa, que en el uso de la Escritura constantemente significa milagros; y así lo entienden generalmente en este lugar los Expositores. Lo segundo, las palabras eos qui crediderint, que se extienden a todos los creyentes, y no precisamente a los que tienen el Orden de Exorcista, ni otro alguno; sin que de aquí se infiera, que a todos los Fieles se comunica la gracia de hacer milagros, como advierte, exponiendo el mismo lugar, nuestro Calmet.

18. Tampoco es verdad, que los Exorcismos contra nublados, puestos al fin del Breviario, estén aprobados por la Iglesia. Si lo estuviesen, se colocarían en el Ritual, adonde pertenecen, y no en el Breviario, a cuyo destino, y asunto son muy extraños los Exorcismos. Esta, pues, es una Adición, puesta voluntariamente por el Superintendente de alguna edición, de donde se propagó a otras; y en efecto no en todos los Breviarios se halla. En muchos Breviarios se halla al fin estampada una Tabla, que demuestra a qué hora sale, y se pone el Sol en todo el año. ¿Diremos por eso, que esta Tabla esta autorizada por la Silla Apostólica? Nada menos. A un curioso se le antojó ponerla en alguna edición, y después se copió en otras. Ya arriba vimos, que en algunos Rituales se habían puesto algunas Adiciones, que bien lejos de ser aprobadas por la Silla Apostólica, fueron después reprobadas por la Congregación de Ritos.

19. En lo que dice el Impugnador de la práctica de la Iglesia de adjurar, y conjurar la Sal, y el Agua, padece alguna equivocación. Es cierto, que la voz Exorcismus, que viene de la lengua Griega, significa rigurosamente lo mismo que Adiuratio y el verbo Exorcizare lo mismo que Adiurare. También es cierto, que en la bendición de la Sal, y de la Agua usa la Iglesia de la fórmula: Exorcizo te creatura Salis: Exorcizo te creatura Aquae. Pero también es cierto, que el verbo Exorcizo no se toma aquí en el riguroso sentido, que hemos dicho, sino en cuanto significa una particular bendición de la Sal, y de la Agua. Es el caso, que como en los Exorcismos entran, como partes integrantes, Preces, y Bendiciones, se extendió la voz Exorcismo a significar éstas, usando de la figura synedoche, en la cual se toma la parte por el todo. Así en el Diccionario de Moreri, explicando la voz Exorcismus, se dice: Ce sont de certaenes Oraisons, ou Benedictions.

20. Que el ministerio, de que hablamos, se toma el verbo exorcizar en este sentido, consta lo primero, porque dicho ministerio [163] está ligado, o anexo por la Iglesia al Orden de Presbítero, y no al de Exorcista, como se ve en su práctica constante, y como enseñan los Teólogos Morales; pero si aquello fuese propriamente exorcizar, pertenecería al Orden de Exorcista. Lo segundo, porque el Rito, que practica la Iglesia en orden al Agua, y la Sal, está en el Ritual comprehendido debajo del título común de Benedictionibus. Lo tercero persuade lo mismo el modo comunísimo de hablar de los Fieles, que llaman al agua, sobre quien se ejerce aquel Rito, no exorcizada, sino bendita; lo que muestra que todos tienen aquel Rito por una mera particular bendición. Lo cuarto, porque en el Concilio segundo de Rávena, celebrado el año de 1311, Rubr. 9, tratando del Rito de bendecir el Agua, se toma por lo mismo exorcizar, que bendecir: Aquam exorcicent, seu benedicant cum Sale.

21. Finalmente, porque Santo Tomás enseña, que propriamente no se puede proceder por adjuración, conjuración, o imperio con las criaturas irracionales; sí sólo con el Demonio, cuando usa de ellas para nuestro daño. Así dice 2.2. quaest. 90. art. 3. in corp. Dupliciter adiuratur irrationalis creatura. Uno quidem modo per modum deprecationes ad Deum directe, quod pertinet ad eos, qui divina invocatione miracula faciunt: Alio modo per modum compulsionis, quae refertur ad Diabolum, qui in nocumentum nostrum utitur irrationabilibus creaturis. Santo Tomás no pone otra especie de adjuración más que estas dos; y de entrambas niega, que se puedan terminar a las criaturas irracionales; sí sólo la primera a Dios, y la segunda al Demonio: luego ninguna especie de Exorcismo, propriamente tal, admite respecto de las criaturas irracionales; sí sólo bendiciones, o consagraciones, que latamente se dicen Exorcismos.

22. De aquí se infiere con evidencia ser contra la mente, y doctrina de Santo Tomás aquellas fórmulas de conjurar las criaturas irracionales, que impugnamos al num. 21. Exorcizo, & adiuro vos locustae, exorcizo vos aer contagiose, mala pestis, & omnem infirmitatem, simil separatim, & peremptorie praecipio vobis, coniuro vos lupos, & vulpes, impero vobis, y otras semejantes.

23. Agregue el Impugnador la gran autoridad del Angel de las Escuelas a los fuertes argumentos, con que en todo el §. XXVII hemos impugnado dichos Exorcismos. Pero lo admirable es, que más abajo usa el Impugnador del pasaje citado de Santo Tomás, como que favorece su opinión (siendo directamente contra ella) sólo por aquellas palabras: Adiuratur irrationalis creatura, como si el Santo no las explicase inmediatamente en un sentido perfectamente conforme a nuestro dictamen.

24. Con exacta conformidad a la doctrina de Santo Tomás se explica sobre esta materia el Padre Gobat, tom. 4. num. 955. Quando autem (dice) adiurari dicuntur ex more Ecclesiae sal, nubes, tempestates, [164] non adiurantur talia directe, utpote expertia omnis cognitionis, & intelligentiae, sed adiurantur partim Deus deprecative, partim Daemon imperative, ut hic inhibitione divina coercitus, non noceat per creaturas.

25. Luego, por lo menos, se me dirá: Ya por la doctrina de Santo Tomás se podrá proceder por Exorcismos propriamente tales, no sólo contra los Demonios obsidentes, o posidentes de los cuerpos humanos; mas también contra los que mueven las tempestades, contra los que incomodan las habitaciones, &c. Respondo, que eso nunca lo he negado, y así no impugno los Exorcismos, que a este fin propone el Manual de Toledo, cuya autoridad reconozco, aunque en muy inferior grado a la del Romano. Sólo propongo alguna dificultad, en que la facultad para aquella especie de Exorcismos se confiera determinadamente en el Orden de Exorcista, por cuanto la forma de este Orden sólo expresa conferir potestad para expeler los Demonios de los cuerpos de los Energúmenos, aunque también la disuelvo, respondiendo, que acaso se puede interpretar, que en la potestad, que el Orden de Exorcista confiere contra los Demonios obsidentes, o posidentes, va implícitamente envuelta la potestad contra todos los Demonios, que de otro cualquiera modo nos incomodan. Añado, que acaso también la potestad contra los Demonios (fuera del caso de los Energúmenos) está con alguna mayor propriedad vinculada al Orden de Presbítero, como contenida virtual, o eminentemente en la excelentísima potestad de ofrecer a Dios aquel divino sacrificio.

Carta

26. «En el num. 117 pasa V.Rma. a probar su conclusión por otro camino, diciendo, que nadie tiene potestad de Orden en la Iglesia para exorcizar las cosas dichas, porque no hay orden alguna, que confiera tal potestad. ¿Y esto por qué? Porque en las palabras (dice V.Rma.) con que se confiere el Orden de Exorcista, ni explícita, ni implícitamente, como es claro, se significa darse potestad más que para exorcizar a los Energúmenos, &c. Y concluye V.Rma. Luego nadie recibe potestad para proceder con Exorcismos contra las otras incomodidades del linaje humano.

Padre Maestro, en las palabras de la recepción de cualquiera Orden Sacro no se explica la potestad, que está anexa a tal Orden: con que es inútil querer inferir de este principio, que nadie tenga más potestad, que la que se explica al conferirle. Y si no por esta regla se pudieran arruinar muchas prácticas de la Iglesia Universal. Porque en el Orden de Diácono sólo suenan estas palabras: Accipe potestatem legen di Evangelium in Ecclesia Dei, tam pro vivis, quam pro defunctis in nomine Domini: Luego sería bueno inferir de aquí, que ningún Diácono recibe potestad para predicar el Evangelio con licencia del Obispo, ni para administrar la Eucaristía, cuando no [165] hay Sacerdote que le administre, ni para bautizar solemnemente con licencia del Párroco, &c. En el Orden de Presbítero dice el Obispo al ordenando: Accipe potestatem ad offerendum sacrificium Deo, Missasque celebrandum pro vivis, & mortuis in nomine Domini. Y porque en estas palabras no suena potestad alguna para otros ministerios anexos a este Orden, pudiera yo inferir, que el Presbítero no recibía potestad para administrar, supongamos, la Extrema-Unción, el Viático, &c.»

Respuesta

27. Confunde aquí el impugnador en una, cosas que pertenecen a clases muy diferentes. No todas las facultades, que tienen en la Iglesia las Ordenes, se les comunican inmediatamente por el Orden, o en virtud del acto de Ordenación; porque sin que el Orden de tal, o cual facultad, puede la Iglesia adjudicarla al que tiene tal Orden, o bien participársela por delegación. En los ejemplos mismos, que propone el Impugnador, le mostraremos esta diversidad. La administración de la Eucaristía está adjudicada por la Iglesia, como oficio proprio, al Orden de Presbítero, sin que esta facultad le venga ex natura rei del Orden, como privativamente propria de ella. Y esta misma facultad le compete, o puede competer por delegación al Diácono. Así comúnmente los Teólogos. No sólo al Diácono, mas aun al mero Lego. Véase Castro Palao tom. 4. tract. 21. punct. 17. num. 5. ibi: Ex delegatione autem optime potest non solum Diaconus, sed etiam Laicos hoc Sacramentum (Eucharistiam) ministrare. A la Reina María Estuarda dio el Papa facultad para comulgar por su misma mano, según refieren algunos Historiadores. Así es notable inadvertencia del Impugnador decir, que en virtud del Orden se le comunican al Diácono las facultades expresadas en la objeción. Puede el Diácono predicar con licencia del Obispo. ¿Dale esta facultad el Orden? No, sino el Prelado. Así este la puede dar al Subdiácono; y no sólo el Obispo, mas aun el Párroco, para predicar en la propria Iglesia. A más se extiende Navarro, {(a) Apud Gobat tom. 1. tract. 8. sect. 2. num. 78.} diciendo, que pueden los Párrocos dar licencia para predicar en sus Iglesias a cualquiera Teólogo docto, aunque no esté ordenado de ningún Orden Sacro. Es verdad, que no falta uno, u otro Teólogo que diga, que en la entrega del Libro de los Evangelios se expresa bastantemente concederse al Diácono el ministerio de la Predicación. Del Bautismo solemne decimos, que pertenece al Párroco, no por el Orden, sino por disposición de la Iglesia; y al Diácono por delegación. Es comunísimo también entre los Teólogos.

28. Si distinguiese, pues, el Impugnador lo que es esencial de lo [166] que es accidental al Orden, excusaría la impugnación hecha, porque en ese caso sabría, que sólo lo esencial es preciso se exprima por la forma. Otro ministerio, que la Iglesia adjudique a tal, o tal Orden, o por delegación del que tiene Orden superior se comunique al inferior, es accidental al Orden, y no es menester que se exprima en la forma, porque no es esa facultad efecto del Orden, sino de la jurisdicción de la Iglesia.

29. Diráseme acaso, que siendo esto así, queda lugar para que aunque el Exorcista no le venga en virtud del Orden, como esencial a él, el imperio sobre las cosas inanimadas, le pueda competer por disposición de la Iglesia, que habrá querido darle esa jurisdicción; y así no obsta para que el Exorcista no la tenga, el que no se exprese en la forma del Orden. Pero esto es caer en Scila, huyendo de Caribdis. La Iglesia no puede comunicar la potestad, que no tiene; y es claro que no la tiene para imperar a las cosas inanimadas. Esa jurisdicción es propria de la Deidad. Así Cornelio a Lapide, exponiendo aquel lugar de San Mateo, hablando de Cristo: Imperavit ventis, & mari, dice, hic ergo Christus se Deum esse ostendit, utpote qui Mari, & Ventis, quasi Dominus imperat. Y si el Impugnador quisiere porfiar, diciendo, que pudo Cristo comunicar esa potestad a la Iglesia, le diremos, que el poder hacerlo no es del caso. El que lo haya hecho se negará necesariamente, entretanto que no se nos muestre un instrumento de donde conste esa delegación.

Carta

30. «Vamos a la forma con que se confiere el Orden de Exorcista. Es cierto que en ella no se significa darse potestad más que para exorcizar Energúmenos. Y pregunto yo: ¿Son Energúmenos los que llegan a recibir el Bautismo? Ya se ve que no. Pues vea V.Rma. como los Exorcismos, que hoy dicen los Presbíteros sobre el que se baptiza, los decían antiguamente por práctica común de la Iglesia los Exorcistas, siendo Energúmeno el que se baptizaba. Esto consta de muchos lugares, y especialmente de San Juan Crisostomo de Adan, y Eva: Non prius, dice, in universo mundo fontem vitae ingredientur, sive adulti, sive infantuli baptizandi, quam exorcismis, & insufflationibus Clericorum, Spiritus ab eis immundus abigatur. De aquí se infiere claramente, que aunque en las palabras de la forma de este Orden no se signifique más potestad, que sobre los Energúmenos, sin embargo la tiene sobre los que no lo son, y consiguientemente pueden ejercer las demás cosas que la Iglesia tuviere por anexas, y concernientes a su ministerio». [167]

Respuesta

31. Argumento que prueba mucho, nada prueba, El Crisostomo en el pasaje alegado habla de los Clérigos en general: Exorcismis, & insufflationibus Clericorum. Clérigos se dicen, y son, no sólo los Exorcistas, sino los Ordenados de cualquier Orden, y aun los que sólo recibieron la primera Tonsura: Luego, o ha de confesar el Impugnador, que el Crisostomo no habla de Exorcismos propriamente tales, o conceder que tienen potestad para exorcizar, con dominio sobre los Demonios, los que estuvieren Ordenados de Lectores, u Ostiarios, y aun los que sólo estuvieren Tonsurados, sin necesitar para eso del Orden de Exorcista; o bien decir, que la voz Clérigos en aquel lugar se toma por el principal significado; esto es, los Presbíteros. Ni valdrá el responder, que acaso en tiempo del Crisostomo la Iglesia daba el nombre de Clérigos sólo a los Exorcistas; pues en tiempo de S. Juan Crisostomo se celebró el Concilio Cartaginense III, en cuyo Canon 21 se dice: Clericorum autem nomen etiam Lectores, & Psalmistae, & Ostiarii retinent. De que se infiere, que en cuanto a esta parte siempre fue uno mismo el idioma de la Iglesia. ¿En qué se funda, pues, el Impugnador para restringir la voz Clericorum a que signifique sólo los Exorcistas?

32. Mas pregunto al Impugnador, ¿De dónde se colige, que los Exorcismos de los baptizados no se dirigen a ellos, como a Energúmenos, o debajo de la hipótesi que lo sean? Las palabras de San Juan Crisostomo suenan tratarlos como tales, pues suponen como efecto de los Exorcismos, arrojar de ellos el Espíritu inmundo: Spiritus ab eis immundis abigatur. El Espiritu inmundo no puede arrojarse de ellos, sin que primero esté en ellos; y si está en ellos, ¿qué les falta para ser Energúmenos? Ni es preciso para el uso recto de dichos Exorcismos, que los baptizados efectivamente estén Energúmenos. Basta el temor, o la posibilidad de que lo estén, como en efecto esta posibilidad es más próxima en los que no están baptizados.

33. Confieso que estamos en un asunto bastantemente intrincado, y que no es fácil determinar especificamente la virtud, y efecto de dichos Exorcismos; mas esta dificultad es común a todos. Santo Tomás {(a) 3. part. quaest. 71. art. 3.} cita, sin nombrarlos, algunos, que dijeron, que los Exorcismos, y demás ritos, que practica la Iglesia en los baptizados, no son efectivos, sí sólo significativos del efecto, que luego ha de hacer el Baptismo. Santo Tomás los impugna, y dice, que prestan el efecto de quitar el impedimento, que los Demonios procuran poner a la recepción de la gracia Baptismal, o arrojar al Demonio, para que no la estorbe. Mas esto realmente padece una gravísima dificultad, porque [168] los Demonios nunca ponen, ni pueden poner estorbo alguno a dicha gracia. La razón es, porque el Baptismo, debidamente aplicado, la causa infaliblemente; y ciertamente si el Demonio pudiese estorvar el efecto del Baptismo, se deberían rebaptizar sub conditione todos los que fueron baptizados sin preceder aquellos Exorcismos, por si acaso el Demonio había impedido el efecto; lo que es contra la práctica de la Iglesia, y doctrina de los Teólogos. Acaso se podrá decir, que con los Exorcismos se remueve al Demonio de que impida, no el efecto del Baptismo, sino el Baptismo mismo, o su administración. Mas fuera de que esto es contra la experiencia, pues nunca vemos impedirse el Baptismo, cuando hay a mano para su administración sujeto diligente, e inteligente, se seguiría ser inútiles, y no deben practicarse los Exorcismos, después de administrado el Baptismo, cuando no se usó de ellos antes; lo que es contra la sentencia común, y práctica de la Iglesia.

34. Menos puedo comprehender lo que dice Santo Tomás en el lugar citado, respondiendo al tercer argumento, que no son inútiles los Exorcismos después del Baptismo; porque como se impide el efecto del Baptismo antes de recibirse, puede impedirse después que se percibió. Aunque hable el Santo, no del impedimento de la producción, sino de la conservación, no es muy llana la inteligencia, porque el carácter no es deleble, y la gracia en los párvulos es inadmisible, hasta tanto que lleguen al uso de la razón.

35. Algunos Autores, a quienes sigue Castro Palao, dicen, que así como los Exorcismos antes del Baptismo sirven para expeler al Demonio, estorbando sus asechanzas, y tentaciones; después de él aprovechan para impetrar de Dios la perseverancia de la expulsión, y de la resistencia a las tentaciones. Esto, fuera de que respecto de los párvulos, que en aquel estado son incapaces de padecer tentaciones, es difícil de entenderse, tienen contra sí el sentido literal de los Exorcismos, los cuales suenan expulsión actual del Demonio, como suponiéndole habitante en el Baptizando, o Baptizado. Esto se ve claro en aquellas palabras: Exorcizo te immunde Spiritus ::: ut exeas, & recedas ab hoc famulo Dei. Ergo maledicte Diabole recognosce sententiam tuam ::: & recede ab hoc famulo Dei. Exorcizo te omnis Spiritus immunde ::: ut discedas ab hoc plasmate Dei.

36. En materia tan ardua dos expedientes me ocurren. El primero es decir, que el uso de los Exorcismos con los Baptizados es una curación condicional, y precautoria: condicional, por si el Baptizando está actualmente Energúmeno; y precautoria, para que en adelante no lo esté; dirigiéndose, en cuanto a esta segunda parte, la virtud de los Exorcismos a impedir la introducción del Demonio en el cuerpo del Baptizando. El segundo expediente es suponer, que hay una particular inhabilitación del Demonio, con cierta especie de dominio, ocasionado [169] del pecado original en la alma del que no está baptizado: la cual inhabitación, aunque no le constituye propriamente Energúmeno, pero sí reductivamente tal; y contra esta inhabitación tienen virtud los Exorcismos. Con cualquiera de estos dos expedientes se salva el sentido literal de aquellas fórmulas de exorcizar, de que usa la Iglesia (lo que al parecer no puede componerse de otro modo), y se evitan los inconvenientes, que hemos propuesto contra los otros modos de opinar.

37. En cualquiera de los dos expedientes se salva, que la virtud de aquellos Exorcismos no sale de la esfera de Demonios posidentes, u obsidentes; por consiguiente no son ejercicio de otra potestad, que la que se expresa en la forma del Orden de Exorcista. Pero dado caso que salgan aquellos Exorcismos de esa esfera, en nada nos perjudica esa extensión de virtud; pues admitimos, aunque no afirmamos, que el Exorcista pueda proceder con acto de imperio, no sólo contra los Demonios posidentes, u obsidentes, mas también contra los que por otras vías incomodan al hombre. Acaso, aunque no pueda extenderse a más que a los Energúmenos el mero Exorcista, podrá el Presbítero, por lo que ya hemos dicho arriba. Lo que siempre constantemente afirmamos, es, que no hay potestad en el Exorcista para proceder con imperio, respecto de las cosas inanimadas, o irracionales; y que los Exorcismos, que expresan ese imperio, son abusivos.

38. Porque en lo que resta de la Carta, sobre estar muy difusa, apenas trae cosa a que con lo que hemos dicho no se pueda dar sobrada satisfacción cesando de copiarla a la letra, lo que no pudiera hacerse sin gastar mucho tiempo inútilmente, lo reduciremos a compendio.

39. Opone lo primero la definición del Orden de Exorcista, que se halla en Larraga: Sacramentum novae Legis institutum a Christo Domino causativum gratiae potestantivae ad coniurados Daemones, & tempestates. Respondo: ¿Qué importará, que Larraga, u otro algún Recopilador de la Teología Moral, defina como quisiere? ¿Son esas, por ventura, definiciones del Papa, o de algún Concilio General? Cada Autor define a su arbitrio. Otro muchos Recopiladores, y Definidores no se acuerdan en la definición del Orden de Exorcista de la potestad para conjurar tempestades. Quintana Dueñas define así: Est potestas, per quam Ordinatus in Exorcistam potest expellere diabolum, ne aliquem impediat in sumptione Eucharistiae. Del mismo modo, sin quitar, ni poner una voz, define el Padre Benito Remigio. Pacheco define: Est signum sesibile, in quo, vel per quod, spiritualis potestas traditur Ordinato coniurandi Daemones, eosque abiiciendi a corporibus obsessis. El Padre Echarri así: Est Sacramentum, quo spiritualis potestas traditur Ordinato in Exorcistam, ut possit expellere Daemones per Exorcismos. El P. Busembaum: Exorcistae munus est manus imponere supra vexatos a spiritibus immundis ad illos adiurandos, & eiiciendos: Item ad Exorcizandos Cathecumenos. Este es el comunísimo modo de explicar la potestad [170] de este Orden, perfectamente arreglado a las palabras con que se confiere. ¿Qué contrapeso hará a esto el que uno, u otro Sumista extienda la potestad a conjurar las tempestades?

40. Pero pase norabuena, que se conjuren, no los nublados mismos, sino los Demonios, bajo la hipótesi que los muevan; pues ya admitimos esto por la veneración que damos al Manual de Toledo. Bien que acaso este género de Exorcismos no es del resorte de los meros Exorcistas, sino de los Ordenadores de Presbíteros, en quienes Santo Tomás, aun para la acción de exorcizar, reconoce superior potestad a la de los meros Exorcistas. {(a) 3. part. quaest. 71. art. 4.}

41. Repite luego el Impugnador la objeción de los Exorcismos añadidos al Breviario Romano, a que ya se satisfizo arriba.

42. Opone lo segundo, para probar que los Exorcistas tienen potestad para curar las fiebres, y otras cualesquiera dolencias, estas palabras del Padre Natal Alejandro, hablando del Orden de Exorcista: Deum orat Episcopus (al conferir este Orden) ut famulos suos in officium Exorcistarum benedicere dignetur ::: ut probabiles sint Medici Ecclesiae, gratia curationum, virtuteque coelesti confirmati. Es asi, que en una Oración, que trae el Pontifical, después de conferir el Orden, hay esas mismas palabras: Ut probabiles sint Medici Ecclesiae, gratia curationum, &c. Pero que esa medicina, y curación es únicamente respectiva a la enfermedad demoníaca, se infiere evidentemente de la Exhortación, que precede, y con la cual el Obispo mueve a los circunstantes a que concurran con él a pedir a Dios lo que él va a pedirle luego en la Oración citada. La exhortación es esta. Deum Patrem Omnipotentem fratres charissimi supplices desprecemur ut hos famulos suos benedicere dignetur in officium Exorcitarum, ut sint spirituales imperatores ad adiiciendos Daemones de corporibus absessis, cum omni nequitia eorum multiformi per Unigenitum Filium suum. Con que siendo claro, que en la Oración que se sigue no pide otra cosa, que lo que en esta Exhortación pretende que se pida; la gracia de curación, que expresa el ruego, es determinada a la enfermedad demoníaca.

43. Lo mejor es, que Natal Alejandro, a quien cita el Impugnador, siente lo mismo que yo, pues inmediatamente a las palabras alegadas, dice así: Exorcistarum officium est eiicere Daemones, & dicere populo ut qui non communicat, det locum, & aquam in ministerium fundere ut habet Pontificale Romanum. Si el Autor sintiese, que el oficio, y potestad del Exorcista, se extiende a más, era preciso expresarlo aquí: no lo hace: luego no conoce en él potestad curativa de otros enfermos, que los Energúmenos.

44. Opone lo tercero un largo pasaje del Papa Alejandro Primero, [171] en que habla de la Bendición del Agua, y de otras cosas benditas. Pero como en todo el pasaje no se habla palabra de exorcizar, ni de Exorcismos; sí sólo de Consagraciones, y Bendiciones, nada de aquello es del caso, mayormente cuando aquellas bendiciones no pertenecen a los Exorcistas, sino a los Sacerdotes.

45. Con esta ocasión vuelve a la bendición del Agua, y la Sal, copiando por extenso del Ritual Romano las palabras, con que se bendicen uno, y otro. A esto hemos respondido arriba, y repetir lo dicho, sería perder el tiempo.

46. Lo cuarto, contra la prueba, que propongo al num. 118, fundada en que la potestad del Exorcista sobre las cosas inanimadas o irracionales, ni puede ser natural, ni sobrenatural, hace un argumento de retorsión de este modo: ¿Los actos de potestad, o son de imperio, que ejercen en los Exorcismos citados arriba, de las Tempestades, de la Sal, y de la Agua, los Ministros, son actos de potestad natural, o sobrenatural? Parece respondería V.Rma. que son de potestad sobrenatural. Bien. V.Rma. afirma, que esta potestad sobrenatural no se les confiere al ordenarse, según dice tener probado: Luego, o estos Ministros se meten a ejercer una potestad de Orden, que no tienen, o esa potestad se les confiere implícitamente en el mismo Orden. No se puede afirmar lo primero sin atropellar por la autoridad de los Exorcismos citados: Luego se debe confesar lo segundo.

47. Hay en este argumento muchos yerros. Supone lo primero potestad en el Exorcista para conjurar las tempestades, negándola yo, y admitiéndola solamente como probable (no afirmándola) respecto de los Demonios, que las mueven; lo que es conforme a los mismos Exorcismos, que cita el Impugnador, en los cuales las fórmulas imperativas nunca se dirigen a los mismos nublados, sino a los Demonios; v. gr. Vobis praecipio immundissimi spiritus, qui has nebulas, seu nubes concitatis, &c. Lo segundo, llama Exorcismos propriamente tales las que son sólo Bendiciones, o Consagraciones de la Sal, y de la Agua. Lo tercero, confunde la potestad imperativa, o de dominio, con la Benedictiva, o Consecrativa, siendo diversísimas.

48. Ya he dicho arriba, que la potestad contra los demonios tempestarios (lo mismo de los que por otros modos nos incomodan) acaso se entiende implícitamente conferida en la que da el Orden contra los Demonios posidentes, u obsidentes, porque los mismos son unos que otros. Pero de aquí no puede inferirse consecuencia a la potestad sobre criaturas irracionales, o inanimadas; ya porque éstas son de distinto orden, ya porque el dominio imperativo sobre ellas es proprio del Criador, y sólo milagrosamente le participa una, u otra vez a algunos Santos, como Ministros suyos.

49. En cuanto a la potestad de bendecir la Sal, el Agua, y otras cosas, respondo, que es sobrenatural, y se confiere en el Orden de [172] Presbítero, como siguiente a dicho Orden; porque en virtud de la Consagración, y nobilísima Bendición, que recibe en él, se constituye agente proporcionado para bendecir, y consagrar. Vealo claro esto el Impugnador en aquellas palabras, de que usa el Obispo, cuando consagra las manos del Presbítero: Consecrare, & sanctificare digneris Domine manus istas per istam unctionem, & nostram benedictionem; ut quaecumque (nótese la voz quaecumque) benedixerint, bendicatur, & quaecumque consecraverint, consecrentur, & sanctificentur, in nomine Domini nostri Iesu Christi.

50. Opone lo quinto que me falta probar, que en el Ritual Romano se prohibe poder usar de acto alguno de imperio contra las tempestades, la pestilencia, la hambre, fiebres, langosta, &c. porque lo demás, dice, sólo es argumento negativo. Cita luego a Santo Tomás en el lugar, que alegamos arriba, como si le favoreciese, estando tan claro a favor nuestro; y concluye el párrafo con estas palabras: Con que si V.Rma. quiere, que contra todas las incomodidades del hombre no se proceda, ni pueda proceder con Exorcismos, sino sólo con Preces, debe enseñar alguna Constitución, o Mandamiento de la Iglesia, por el cual se prohiba hacerlo, pues de otra manera no le creerán.

51. ¡Notable advertencia! Estaba yo en fe de que en las disputas de jurisdicción, o potestad, el que la afirma está obligado a la prueba; y en defecto de ella, legítimamente niega la jurisdicción la parte contraria; mucho más si esta prueba (como lo hago yo) que en ninguna parte existe instrumento alguno, o título con que se pruebe. Pero si basta para mantener la potestad para alguna cosa el que la parte contraria no muestre Decreto, Decisión, u otro instrumento, donde positivamente se declare, que no hay tal potestad, yo podré defender, que tengo potestad para detener con Exorcismos los Astros en su curso, o para evacuar las almas del averno; y si alguno me contradijere alegando, que no consta tal potestad del Ritual Romano, ni de otro Instrumento que haga fe, satisfaré con decir, que le falta probar, que en el Ritual Romano se prohiba usar de acto alguno de imperio para estas cosas; y que debe enseñar alguna Constitución, o Mandamiento de la Iglesia, por el cual se prohiba hacerlo, pues de otra manera no le creerán.

52. Opone lo sexto el Manual de Toledo, donde hay Exorcismos contra las tempestades. Tengo respondido, que ni una palabra imperativa se halla en aquellos Exorcismos, dirigida a la tempestad, nublado, rayos, granizo, &c. sí sólo a los Demonios, que mueven la tempestad, bajo la hipótesis que la muevan.

53. Convengo en la mucha autoridad del Manual de Toledo (bien que muy inferior a la del Ritual Romano); mas toda esa autoridad está a favor mío, y contra el Impugnador. Nótese, que hay [173] en dicho Manual recetas de remedios espirituales contra la Langosta, la Oruga, y otros animales, que dañan los campos: contra la infección de las Aguas: contra la esterilidad de la tierra: contra las enfermedades de los animales domésticos, o útiles al hombre. Pero todos estos remedios consisten en Preces, sin que se halle mezclada en ellas, ni una palabra, que suene imperio contra alguno de esos enemigos.

54. Dirá el Impugnador, que este es argumento negativo. Convengo en que lo sea, pero de inmensa fuerza en la materia en que estamos, porque, ¿cómo es creíble, que la Iglesia de Toledo, tratando de darnos remedios para esos males, fuese tan impróvida, que reconociendo en sus Ministros potestad para proceder con imperio contra ellos, que de su naturaleza es más eficaz, que la deprecación, omitiese el remedio más poderoso, contentándose con el menos eficaz? Y si el Impugnador quisiere negarme ser más eficaz el acto de imperio, que el deprecatorio, con eso mismo le argüiré. Si tenemos un remedio de bastante eficacia, aprobado por la Iglesia de Toledo, ¿para qué usar de otro, que no sólo no es más eficaz que aquel; mas aun la menor eficacia es disputada, y no está aprobado, ni por la Iglesia universal, ni por la de Toledo, ni se halla en ningún Ritual, ni Manual? Serán, cuando más, esos Exorcismos imperativos unos remedios empíricos, en quienes ningún hombre de razón debe fiar, mayormente cuando los que los proponen no muestran, ni pueden mostrar título por donde los Ministros de la Iglesia tengan tal jurisdicción.

55. Más: En el uso de la potestad espiritual de los Ministros de la Iglesia toda novedad se debe repeler a lo menos como sospechosa, no introduciéndola, o aprobándola la autoridad de la misma Iglesia. En este estado se hallan los expresados Exorcismos, los cuales fueron inventados, e impresos de cuatro días a esta parte por uno, u otro particular, sin que en toda la antigüedad haya jamás parecida cosa del género.

56. El recurso al suceso de uno, u otro Santo, que con acto de imperio reprimieron, o desterraron algunas fieras, como que sirva de ejemplo a los expresados Exorcismos, es impertinentísimo; porque aquellos sucesos fueron milagrosos, y como tales los refieren las Historias. Con acto de imperio (y no deprecatorio, como supone el Impugnador contra la letra clarísima del texto) hizo San Pedro levantar sano al cojo, que estaba a la puerta del Templo: In nomine Iesu Christi Nazaraeni, surge, & ambula. {(a) Act. 3.} Con acto de imperio hizo San Pablo levantar sano a otro cojo en Iconio: Qui intuitus eum, & videns, quia fidem haberet, ut salvus fieret, dixit magna [174] voce: Surge super pedes tuos rectos {(a) Act. 14.}. ¿Será bueno, que los Ministros de la Iglesia por esto se abroguen semejante potestad?

57. Ultimamente, para probar que la potestad imperativa de los Ministros de la Iglesia se extiende a las criaturas irracionales, me opone la autoridad del Rmo. Padre Serafín Capponi (Autor que no conozco) en el Comentario sobre la 2.2. de Santo Tomás quaest. 9. art. 3. Pero el modo de introducir dicha autoridad es muy digno de reparo. Y para que se vea (dice) que este, y no otro es el sentido universal de la Iglesia, copiaré aquí lo que sobre este punto dice el Rmo. Padre Serafín Capponi, &c. ¿Pues qué, el Padre Serafín Capponi es órgano por donde se explica el sentimiento universal de la Iglesia? ¿Es más que un Autor particular, como otros infinitos, que verisímilmente por sí solo no bastará, ni aun a constituir opinión probable?

58. Fuera de que yo no hallo dificultad en admitir la adjuración, o exorcización de las criaturas irracionales en la forma que la explica el Padre Capponi. Habla este Autor de los Exorcismos, de que usa la Iglesia con el Agua, y Sal: Exorcizo te creatura Aquae, ut fiat, &c. ad expellendum, &c. Y luego añade: Patet autem, quod facto isto adiuratur contra irrationalis haec, id est Aqua. Da la razón: Adiuratio namque est ordinatio creaturae alicuius ad aliquid faciendum per aliquid sacrum confirmata. Y concluye: Quia igitur per talia verba Aqua, & Sal ad aliquid agendum ab Ecclesia ordinantur per aliquod sacrum, puta per invocationem Divini nominis, ideo iure dicitur quod tunc Ecclesia adiurat creaturam irrationalem.

59. Digo, que explicada de este modo, admito de muy buena gana la adjuración de criaturas irracionales, porque conviene a varias acciones Sagradas, que no son Exorcismos. Vealo el Impugnador, y vealo todo el mundo. La Bendición, o Consagración de las Campanas, la del Santo Oleo, la del Crisma, la de la nueva Cruz, la de la nueva Espada, y otras, que están en el Pontifical, todas son ordinatio creaturae alicuius ad aliquid faciendum per aliquid sacrum confirmata. La campana se ordena a apartar los nublados; el Oleo a remediar el cuerpo, y alma de los enfermos; el Crisma, a disipar las incursiones, y asechanzas diabólicas; la Cruz a ahuyentar los enemigos invisibles; la Espada a vencer los visibles: y todas se ordenan per aliquid sacrum; esto es, por las Oraciones, Bendiciones, y demás Ritos Sagrados, que prescribe el Pontifical. Pregunto ahora: ¿Dichas Consagraciones, aunque les conviene en todo rigor la definición de la adjuración del Padre Capponi, son verdaderos Exorcismos, o Exorcizaciones? Es cierto que no; pues a serlo, pertenecieran esas acciones al Orden de Exorcista; y bien lejos [175] de eso, ni aun están comprehendidas en la jurisdicción de un simple Sacerdote, perteneciendo privativamente a la Dignidad Pontifical, aunque algunas pueden por Privilegio ejercerlas los Abades Benedictinos, y Cistercienses.

59. Aprieto más: En la bendición del Crisma se usa también del verbo Exorcizo, de esta suerte: Exorcizo te creatura Olei, &c. Pregunto: O este es verdadero Exorcismo, o no. Si lo segundo, aunque se use de la misma fórmula en la bendición de la Sal, y de la Agua, no se infiere, que aquel sea verdadero Exorcismo: con que va por tierra el grande argumento del Impugnador. Si lo primero, luego hay Exorcismos, que aunque propriamente tales, están fuera de la jurisdicción de los Exorcistas. Por consiguiente, de que se puedan exorcizar las criaturas irracionales, mal infiere el Impugnador, que esto competa al Exorcista.

60. De aquí se infiere, que aunque concedamos, que hay potestad en la Iglesia para conjurar, adjurar, o exorcizar (y aun añadamos imperar, o mandar) las criaturas irracionales; mal se podrá pretender por esto, que dicha potestad resida en los Exorcistas, pues acabamos de ver Exorcismos, o Adjuraciones, que sólo competen a los Señores Obispos. Y de la misma calidad que las hay proprias de los Obispos, de que están excluidos los simples Presbíteros; es para mí indubitable, que las hay proprias de los Sacerdotes, de que están excluidos los de Ordenes inferiores. Tales son los Exorcismos de la Sal, y el agua: lo cual colijo lo primero de la práctica común de toda la Iglesia; pues en toda los hacen los Sacerdotes, y no los de Ordenes inferiores. Lo segundo, de que en el Ritual Romano se prescribe esto privativamente a los Sacerdotes. Lo tercero, y especialmente, de que no habiendo en la Colección Regia Máxima de los Concilios de los Padres Labbé, y Cosart, más que tres lugares, donde se expresa el Ministro, que debe hacer la agua bendita, en todos tres se atribuye esto positivamente a los Sacerdotes. El primer lugar es en la Epístola del Papa Alejandro I: Aquam enim (dice) sale conspersam populis benedicimus, ut ea cuncti asper si sanctificentur, ac purificentur, quod omnibus Sacerdotibus faciendum esse mandamus {(a) Tom. 1. Conc. edit. Paris. pág. 84.}. El segundo en los Estatutos de Hincmaro, Arzobispo de Rems: Omni die Dominico quisque Presbyter in sua Ecclesia ante Missarum solemnia aquam benedictam faciat {(b) Tom. 5. pág. 392.}. El tercero en el Concilio segundo de Rávena, celebrado el año de 1311: Monemus insuper omnes, & singulos Sacerdotes, Parochiales maxime, qued quando omnibus Dominicis celebrare debuerint, alba cocta, sive stola induti, aquam exorcicent seu benedicant {(c) Tom. 7. pág. 1365.}. [176]

61. Con que ve aquí, que ni de la máxima general, de que son exorcizables las criaturas irracionales, en cuya prueba pone casi todo su conato el Impugnador; ni de la práctica de exorcizar el agua, y sal, puede inferir nada el Impugnador a favor del Orden del Exorcista.

62. Lo proprio podemos decir de los Exorcismos contra los Demonios tempestarios, y los que infestan las habitaciones. Permitamos al Impugnador cualquiera grado de autoridad, que quiera dar a esos Exorcismos. ¿Pero de dónde nos probará, que son esos de la jurisdicción de los meros Exorcistas? Si hay Exorcismos proprios de los Obispos, los cuales están negados a los meros Presbíteros, ¿por qué no podrá hacer Exorcismos de que son capaces los Presbíteros, y no los de inferior orden? En efecto es harto verisímil, que sucede así en orden a los conjuros de los Demonios tempestarios, y de los que infestan las habitaciones. La razón es, porque en el Manual de Toledo (a cuya autoridad recurre para este efecto el Impugnador) el que exorciza las tempestades, se supone ser Sacerdote, como consta de aquellas palabras: Et ego peccator, & Christi Sacerdos: y en el Exorcismo de los Demonios, que infestan las habitaciones, se prescribe, que le haga el Sacerdote con sobrepelliz, y estola: Sacerdos indutus superpelliceo, & stola dicat, &c.

63. Finalmente, aun cuando concedamos en los Ministros de la Iglesia, sean estos, o aquellos, potestad imperativa, o dominativa sobre algunas criaturas irracionales, ¿será esto razón para extender dicha potestad a todas las criaturas irracionales, que queramos? Si Cristo dio esa potestad a la Iglesia, y a los Ministros de ella, la dio con la ampliación, o restricción que a su Majestad plugo; y esta ampliación o restricción se ha de colegir de la práctica de la Iglesia, y normas, que nos da para este efecto en los libros autorizados por ella, que son el Pontifical, y Ritual. Así sería el argumento más disparatado del mundo este: El Sacerdote tiene potestad imperativa sobre la sal, y el agua, que son criaturas irracionales: luego la tiene sobre las fiebres, los catarros, ratones, zorros, lobos, que también son criaturas irracionales. Así como lo sería este: Yo tengo potestad imperativa sobre los individuos de esta Comunidad, que son Religiosos: luego la tengo sobre la Comunidad de San Francisco, que también son Religiosos, o sobre los de otros Monasterios de mi Religión, porque también son Monjes Benedictinos.

64. ¿Para qué presenta la Iglesia esos libros a sus Ministros, sino para que vea cada uno la jurisdicción que tiene, y cómo debe usar de ella? Si ningún Obispo se mete en consagrar, sino aquellas cosas, que en el Pontifical se prescribe, que consagre, y estas sin salir de aquellos ritos, y fórmulas que allí se expresan; ¿por [177] qué ningún Presbítero (mucho menos los de Ordenes inferiores) se ha de meter en exorcizar, sino lo que en el Ritual se prescribe que exorcize, ni con otras fórmulas, que las que en él están estampadas? Este apetito vicioso de dominar, incita, y hace a muchos salir de las márgenes, tanto espirituales, como temporales, en que está contenida su jurisdicción.

65. He oído poco tiempo ha, que en un Pueblo de la Andaluc&sp?a=5&cod=2&filtro=todos&key=buscador 1 1 1 0 0 18004406 0 0 14250 /pelambres/foro.asp?session=56950540&cod=2&q=Colegios&id=1 1 1 1 0 0 18011522 0 0 16292 /pelambres/foro.asp?session=57051162&q=Colegios&id=1&cod=1 1 1 1 0 0 18004541 0 0 4203 /postp14081.html 1 1 1 0 0 18014365 0 0 8735 /pelambres/escribir.asp?session=57098944&q=Colegios&colegio=1&foro= 1 1 1 0 0 18023245 0 0 509 /count.asp?w=1024&h=768&c=24&r=http://www.google.com.ar/search%3Fq=buscador+de+palabras+en+javascript%26ie=UTF-8%26oe=UTF-8%26hl=es%26meta=&u=http://www.zone-web.com.ar/articulos/open_art.asp%3Fcod=13&fs=false&b=MSIE&x=84|413|800a000d|Type_mismatch:_'response.redirect' 1 1 1 0 0 18004494 0 0 4203 /article705.html 1 1 1 0 0 18004494 0 0 4203 /article695.html 1 1 1 0 0 18030456 0 0 509 /count.asp?w=800&h=600&c=16&r=http://www.google.com.ar/search%3Fhl=es%26ie=UTF-8%26oe=UTF-8%26q=flash+script%26btnG=B%25C3%25BAsqueda%26meta=cr%253DcountryAR&u=http://www.zone-web.com.ar/articulos/open_art.asp%3Fcod=74&fs=false&b=MSIE&x=96|413|800a000d|Type_mismatch:_'response.redirect' 1 1 1 0 0 18005637 0 0 15084 /pelambres/foro.asp?session=56967294&cod=4&q=Colegios&id=1 1 1 1 0 0 18010036 0 0 6974 /pelambres/buscar.asp?session=57027715&q=Buscar&buscar=si&cod=1&key=mena+&donde=mensaje&orden=asc 1 1 1 0 0 18007084 0 0 14936 /pelambres/foro.asp?session=56989879&cod=3&q=Colegios&id=1 1 107 107 0 0 18038590 0 0 2761422 /dir// 1 1 1 0 0 18008993 0 0 5325 /pelambres/escribir2.asp?session=57015186&q=Colegios 1 1 1 0 0 18015750 0 0 509 /count.asp?w=800&h=600&c=32&r=http://www.zone-web.com.ar/recursos/&u=http://www.zone-web.com.ar/dir/ver.asp%3Fa=1%26id_cat=4%26cat=FLASH%26cod=1&fs=true&b=MSIE&x=1230|413|800a000d|Type_mismatch:_'response.redirect' 1 1 1 0 0 18008282 0 0 16775 /pelambres/foro.asp?session=57002973&q=Colegios&id=1&cod=1 1 1 1 0 0 18011196 0 0 14566 /pelambres/foro.asp?session=57042628&cod=4&q=Colegios&id=1 1 1 1 0 0 18004641 0 0 4203 /article217.html 1 1 1 0 0 18014372 0 0 17749 /pelambres/foro.asp?session=57099196&cod=2&q=Colegios&id=2 1 1 1 0 0 18008571 0 0 16254 /pelambres/foro.asp?session=57007908&cod=4&q=Colegios&id=1 1 1 1 0 0 18014084 0 0 14599 /pelambres/foro.asp?session=57091506&cod=4&q=Colegios&id=1 1 1 1 0 0 18029566 0 0 509 /count.asp?w=1024&h=768&c=32&r=http://www.zone-web.com.ar/articulos/&u=http://www.zone-web.com.ar/articulos//%3Fcod=2&fs=true&b=MSIE&x=1702|413|800a000d|Type_mismatch:_'response.redirect' 1 1 1 0 0 18008713 0 0 15242 /pelambres/foro.asp?session=57011549&q=Colegios&id=2&cod=1 1 1 1 0 0 18006855 0 0 8736 /pelambres/escribir.asp?session=56