Don Juan Manuel

 

Libro de los Estados
(1330)

Miguel Vicente Pedraz
Universidad de León

[Libro primero]

[Capitulo LIX]

El lviiiiº capitulo fabla en commo julio dixo al infante que a lo quel dizia quel dixiese commo pueden fazer sus obras enperadores para amar et temer a Dios, por que ayan la graçia de Dios et non cayan en su yra, que para esto avien mester muchas cosas.

–A lo que dezides que vos diga commo pueden fazer sus obras [los enperadores] commo deuen, para amar et temer a Dios, por que aya[n] la su gracia et non caya en la su yra, senor infante, para esto a mester muchas cosas, pero faziendo algunas que non son muy graues de fazer, puede lo muy bien guardar. Et la manera que yo entiendo para esto es esta:

Lo primero, que ordene commo pase bien el dia et la noche, et que lo faga en esta guisa: que se leuante lo mas de mannana que pudiere, et luego que fuere despierto, que se acomiende a Dios et le pida merçed quel guarde et le mantenga al su seruiçio. Et ante que se meta en otros fechos, que oya las oras et la missa et faga su oraçion al verdadero cuerpo de Ihesu Christo, que es su saluador. Et la missa et las oras acabadas, si oviere de andar camino, que lo ande, et yendo por el, bien puede andar a caça con razon et con mesura, por tomar y plazer et vsar ya quanto en ofiçio de caualleria. Et desque llegare a la posada, comer con sus gentes, et non apartado. Et desque oviere comido et bebido lo quel cunpliere con tenprança et con mesura, a la mesa deue oyr, si quisiere, juglares quel canten et tangan estormentes ante el, diziendo buenos cantares et buenas razones de caualleria o de buenos fechos, que mueban los talantes de los que los oyeren para fazer bien. Et el enperador deve fablar et departir con sus gentes en tal manera que tomen plazer et gasajado con el et aprendan del los buenos exenplos et buenos consejos. Et desque oviere estado con ellos vna buena pieça aguisada, deve entrar en su camara et dormir; et desque oviere dormido deue oyr sus oras, et las oras oidas, deue estar en su consejo, [departiendo] sobre losgrandes fechos del enperio. Et los que viere que otrie non los puede desenbargar sinon el, non los deue acomendar a ninguno, nin tomar el peresça nin vagar por los desenbargar, nin lo deue dexar de fazer por trabajo nin por peligro nin por miedo. Et deue se acordar que non lo escogio Dios entre todos por que dexe por ninguna cosa de fazer [los fechos] de este modo, pues otrie non los puede nin los deue fazer sinon el. Et los fechos que viere que se pueden et se deuen desenbargar por otrie, non se deue trabajar dellos por dos razones: la vna, porque trabajando en aquellos fechos que otri puede desenbargar, dexara algo de los otros que non se pueden desenbargar sinon por el; la otra, porque deue guardar el cuerpo por que nol faga trabajar en los fechos que non son muy grandes, por que non pueda sofrir el trabajo que se non puede escusar en cuidar et obrar en los otros fechos mayores. Ca çierto es que non a trabajo en el mundo que tanto enpesca al cuerpo del omne commo el cuydado. Et este trabajo nunca vn rato lo pueden perder los enperadores. Et demas el de la [guerra], quando acaesçe. Otrosi, en quanto andudiere por el camino, o anda caualgando o caçando, deue tomar las petiçiones quel dieren et fazerlas guardar; et debe las mandar librar quando estudiere en su consejo, despues de las viesperas, en tal manera que guarde a todos en derecho et en iustiçia. Et desque esto fuere fecho, deuese asentar a çena, para tomar plazer et gasajado con sus gentes; et avn que el non pueda o non quiera comer, non deue por eso dexar de se asentar a la mesa. Ca todo enperador, et avn otro sennor qual quier, se deue cada dia dos vezes asentar a la mesa, si non fuere dia de ayuno, et si lo fuere, en lugar de la çena deue demandar quel den del vino, a el et a las otras gentes que fueren con el. Et desque estudiere con las gentes tanto quanto viere que es razon, deuese yr para su camara, et non deuen estar y con el sinon aquellos con quien el ha mayor fazimiento, por que pueda dar algun remedio al cuerpo de los grandes cuydados et trabajos que ha de sofrir. Et ante que duerma, se deue acomendar a Dios, et tomar cuenta de si mismo, commo paso aquel dia, et si fallare que lo paso bien a serviçio de Dios, guardando et manteniendo su estado, et sin pecado, gradesca lo a Dios et punne en lo leuar adelante. Et si falleçiere, o fallare que menguo o falleçio en alguna cosa desto, ar[r]epientase, et punne de lo emendar lo ante que pudiere. Et la mas sennalada cosa que ha de fazer [es] quel su talante et la su voluntad sea sienpre en Dios, gradesciendol los vienes quel fizo, et el su coraçon que sea muy omildoso et muy quebrantado et dolorido por los yerros en que cayo contra el.

En esta manera me paresçe que deue ordenar sus fechos el dia que anda camino, et si non lo oviere de andar, el tienpo que deuie poner en andar su iornada, deue lo poner en estar librando los fechos del enperio que antel vinieren. Pero si los fechos non fueren tales que los deua librar por si, bien puede caualgar o caçar en la manera conuenible, commo dicho es. Et digovos que oy dezir que un enperador fue que cadaldia caualgaba o caçaba, por andar folgando con sus gentes, et andando fuera, benian a el quantos querian et dauan le sus petiçiones, et desque tornaba a su casa, ante que durmiese aquella noche, las libraba todas. Et por esta razon tenian que libraua mejor los fechos del enperio que si estudiese en casa et non caualgase. Et de la vna manera o de la otra, en la que el enperador entendiere que mejor pueda librar los fechos del enperio, aquella deue fazer. Et si acaesçiere que alguna noche non puede dormir luego quando se echa en la cama, o despues que a dormido una piesça et despierta et non puede dormir, deue cuydar en las cosas que deue fazer para [a]prouechamiento et saluamiento de su alma, et acrecentamiento de su onra et de su pro et de su estado. Et porque la memoria de los omnes es muchas vezes oluidadiza, deue tener en la camara do durmiere con que pueda fazer remenbrança de las cosas que cuydo, et otro dia deue as mandar conplir, segund entendiere que mas le cunple. Et desque esto oviere fecho, si non pudiere dormir, deue mandar que leyan ante el algunas buenas estorias, de que tome buenos exemplos. Et esto deue fazer porque muchas vezes quando omne non puede dormir, desque ha cuydado et metido en obra las cosas quel cunplen, avn despues que se desuela anda cuyda[n]do de una cosa en otra, en guisa quel tiene danno para la salud del cuerpo et non le aprouecha para nada de su fazienda. Et por ende es bien que lean antel las dichas estorias, por que salga del aquel cuydado, que es sin prouecho, et torne a dormir. Et en quanto non pudiere dormir, que aprenda algunas cosas que sean aprouechosas. Pero si algun dia, por algun acaesçimiento, non puede guardar todo este ordenamiento, et fue en cosa quel fuese enpesçedera o dannosa, con el su buen entendimiento catara el enperador commo lo pueda emendar. Et despues, que guarde el dicho ordenamiento para cadal dia et para cada noche; et ordenando el asi vn dia et vna noche, puede lo fazer despues para en toda su vida. Et entre todas las cosas que ha de fazer la que mas le cunple es que en quantas cosas quisiere fazer o dezir, que ante que las faga, piense que es lo que el mismo diria et por commo lo ternia, si otro tal commo el lo fiziese o lo dixiese. Et si entendiere que si otro tal lo fiziese [o lo dixiese] quel diria el et los otros bien de aquel fecho o dicho, faga lo o digalo el. Et si entendiere que si otri lo fiziese o lo disiese, que el mismo et las otras gentes dirian mal dello et lo ternian por mal, guardese de lo fazer nin dezir. Ca çierto sea, que asi commo el iudga et tiene los fechos que los otros fazen, que bien asi los otros judgan et tienen los suyos. [Et] commo quier que yo esto digo sennalada mente de los enperadores, tanbien reys, commo grandes sennores, commo todos los omnes de todos los estados que esto fiziesen, tengo que farian en ello mucho de su pro, et que serian guardados de fazer nin de dezir cosa de que danno les pudiese venir.

 

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© José Luis Gómez-Martínez
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