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NORMAS IUC
Métodos del análisis químico del cuero

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Normas IUC - Normas IUF - Normas IUP

IUC 1.- Observaciones generales y manera de presentar los datos del análisis.
Significado y objeto de los métodos de análisis normalizados, antecedentes, estructura de las normas.
IUC 2.- Toma de muestras (corno IUP 2).
La toma de muestras que se describen en esta norma son aplicables a pieles y cueros ligeros y pesados de cualquier tipo de curtición. Las unidades previstas para el análisis químico del cuero (pieles enteras y medias pieles, crupones, cuellos y faldas) se clasifican primero de acuerdo a las indicaciones de la IUP 2.
IUC 3.- Preparación del material de ensayo por desfribrado.
Para el análisis químico del cuero es necesario desfibrar las muestras cualquiera sea su clase en el molino de cuchillas. Este material desfibrado se denomina "cuero molido" o "polvo de cuero".
IUC 4.- Determinación de los materias extraíbles con cloruro de Metileno (grasas y otros productos).
Por materias extraíbles se entienden aquellas sustancias que pueden separarse del cuero por extracción con cloruro de metileno (o éter de petróleo). El método es aplicable a cualquier tipo de cuero.
IUC 5.- Determinación del contenido en agua o de humedad del cuero.
Se determina la pérdida de peso que sufre el cuero al secarlo a 100ºC hasta peso constante. El método se puede aplicar a cualquier clase de cuero.
IUC 6.- Determinación de las sustancias orgánicas e inorgánicas lavables (pérdidas por lavado).
Por pérdida de lavado se entienden las cantidades de aquellas sustancias que, bajo determinadas condiciones, pueden eliminarse del cuero por tratamiento con agua. Se trata, sobre todo de taninos y no taninos orgánicos, así como de sales minerales. El ensayo se puede aplicar a todo tipo de cuero.
IUC 7.- Determinación de ceniza y sustancias minerales en agua.
Con el término ceniza se comprende el residuo obtenido por calcinación y sulfatación del cuero en crisol abierto a 800ºC. Por sustancias minerales insolubles en agua, el residuo obtenido por incineración y sulftación del cuero que ha sido previamente lavado con agua. Los métodos descriptos en esta norma son aplicables a cualquier clase de cuero, a excepción de los impregnados con silicones por ejemplo, que deben ser sometidos a una extracción lo más completa posible con cloruro de metileno antes de proceder a la incineración.
IUC 8.- Determinación del contenido en cromo.
Esta norma establece la determinación yodimétrica del cromo, la valoración con solución de sulfato de hierro y la determinación fotométrica del cromo. El método es aplicable a cualquier clase de cuero que contenga cromo.
IUC 9.- Determinación en el cuero de las sales de magnesio solubles en agua (sulfato magnésico hidratado).
La cantidad que puede extraerse del cuero mediante un tratamiento con agua bajo determinadas condiciones. El método se puede aplicar a cualquier tipo de cuero que contenga sales de magnesio solubles. 
IUC 10.- Determinación del nitrógeno total y cálculo de la "sustancia piel".
Con "sustancia piel" se hace referencia a aquella cantidad de sustancias nitrogenadas que (tomando como base el contenido medio de nitrógeno en la piel en tripa exenta de agua, grasas y cenizas) se calcula a partir del cuero en nitrógeno.
IUC 11.- Determinación del pH y del número diferencial de un extracto acuoso del cuero.
El pH es una medida de la concentración de una solución de iones hidrógeno (y al mismo tiempo de la concentración de hidroxiliones). Por índice de diferencia se entiende la diferencia entre el pH de una solución y el pH de la misma después de diluirla 1:10. Indica si es una solución de ácidos o bases fuertes o débiles. El índice de diferencia no puede pasar nunca del valor 1.
Esta norma se aplica a cualquier clase de cuero y en cada etapa de la fabricación.

 


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