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ANEXO 2

Principales convenios, acuerdos y tratados internacionales, relacionados con el aspecto medio ambiental, Suscritos por Chile.

Nombre

A

Convenio sobre la Diversidad Biológica.

diciembre 1993

Comisión para el Desarrollo Sustentable.

febrero 1993

Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos

13 de octubre 1992

de Desechos Peligrosos y su Eliminación.

Connvención sobre el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas

23 de marzo 1975

FaFauna y Flora Silvestres (CITES)

Enmienda al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana

19 74 y sus Protocolos de

en el Mar (SOLAS)

19 78 y de 1988 y Enmiendas

D al primero de dichos

Protocolos

Convenio Internacional relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de

03 de junio 1995

Acaccidentes que causes una Contaminación por Hidrocarburos.

 

Convenio de Cooperación Técnica y Científica para el
Desarrollo de los

07 de marzo 1994

Pueblos Andinos y la Protección de los Camélidos Sudamericanos domésticos.

 

Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física.

02 de agosto 1991

Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

noviembre de 1994

Protocolo de Montreal sobre Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

28 de abril 1990

Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

13 de abril 1992

Protocolo de 1978 Relativo al Convenio Internacional para Prevenir la

04 de mayo 1995

Contaminación por Buques de 1973.

Connvenio sobre las Marismas de Importancia Internacional , Especialmente

11 de noviembre 1981

como hábitat de aves acuáticas.

Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena.

21 de septiembre 1979

Convención para la Protección de la Flora y la Fauna, y las Bellezas Escénicas

23 de agosto 1967

de América (Convención de Washington)

Tratado Antártico.

14 de julio 1961

Convenio para la Conservación de Focas Antárticas.

31 de diciembre 1971

Convenio sobre la Conservación de los Recursos Marinos Vivos Antárticos.

13 de octubre 1981

Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales

13 de octubre 1981

Silvestres (Convención de Bonn) . Ratificado y sus texto publicado en el Diario

 

Oficial el 13 de octubre de 1981.

Convenio para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacifico

14 de junio 1986

Sudeste.

Acuerdo sobre la Cooperación Regional para el Combate Contra la

11 de agosto 1986

Contaminación del Pacífico Sudeste por Hidrocarburos y otras Sustancias

 

Nocivas en Casos de Emergencia.

Protocolo complementario del acuerdo sobre la Cooperación Regional para el

24 de agosto 1986

Combate Contra la Contaminación del Pacífico por Hidrocarburos y

 

otras Sustancias Nocivas en Casos de Emergencia.

Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación

19 de junio 1986

Proveniente de Fuentes Terrestres.

 

Convenio sobre la Diversidad Biológica. Este Convenio fue firmado por 157 países, durante la Cumbre de la Tierra, celebrada en Río de Janeiro en 1992. Entró en vigor en diciembre de 1993.

Chile ratificó la convención y depositó en instrumento pertinente en la Secretaría del Acuerdo. Desde la cumbre de Río de Janeiro se han realizado varias reuniones intergubernamentales de seguimiento a la convención. Su objetivo ha sido realizar temas relevantes que ella contiene, así como formar grupos y talleres de trabajo, convocados por el Programa de Naciones Unidad para el Medio Ambiente (PNUMA), para diseñar y desarrollar planes y programas para estudios de países, y estrategias para implementar la convención.

La Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) y el Ministerio de Relaciones Exteriores han estado participando activamente en esas reuniones, aportando al desarrollo de este proceso a partir de la experiencia acumulada por la CONAMA en el diseño de un estudio, plan y estrategia nacional, y de la Cancillería en negociaciones políticas.

Comisión para el Desarrollo Sustentable. La Comisión para el Desarrollo Sustentable, CDS, es el órgano político que surgió de la reunión de Río de Janeiro en 1992, encargada de supervisar los avances y cumplimientos de los acuerdos firmados por los gobiernos durante la Cumbre de la Tierra y los acuerdos surgidos durante la misma.

El Gobierno Chileno suscribió todos los acuerdo planteados en Río, entre éstos la Agenda 21, Convención para la Diversidad Biológica, y la CDS misma, siendo elegido en febrero de 1993 como miembro de CDS en representación de la región (GRULAC), Asimismo, el Gobierno ha estado participando desde sus inicios en la preparación de la Convención para la Desertificación y Biodiversidad.

Una de las acciones a emprender por la CDS, para 1995, es la revisión de los avances logrados por los gobiernos en los temas de bosques, biodiversidad, agua, desertificación y tierra. Bajo la coordinación de CONAMA se están desarrollando los temas relacionados a Cambio Climático, Ozono, Biodiversidad, Agenda 21. Asimismo, CONAMA ha participado en las reuniones de trabajo nacional para la elaboración del Plan Nacional de acción contra la Desertificación, bajo la coordinación de CONAF.

Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación. Este convenio fue ratificado por el Congreso y su texto publicado en Diario Oficial el 13 de octubre de 1992. Chile no permite la internación de desechos, independientemente de cuál se trate. Esta política está confirmada por un documento del Ministerio de Salud de 1989. La misma posición ha sido ratificada en las dos conferencias que han celebrado las partes del convenio de Basilea.

La decisión 11/12, adoptada durante el segundo encuentro, realizado entre el 21 y el 25 de marzo de 1994, en Ginebra, prohíbe " de inmediato todos los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos de Estados miembros de la OCDE (Organización de Países de Desarrollo Económico) a Estados que no forman parte de esa organización destinados a su eliminación definitiva". Sólo permite tales movimientos hasta el 31 de diciembre de 1997, únicamente en casos destinados a operaciones de reciclaje y recuperación.

Tal autorización no se aplica para Chile debido a que, como ya se señalo, la política nacional prohíbe la importación de desechos, cualquiera sea su destino.

En Chile existe un grupo de trabajo interministerial que está elaborando una política para el manejo racional del los desechos peligrosos, y de la cual deberá surgir una propuesta reglamentaria.

Convención sobre el Comercio Internacional de las Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. Esta convención fue ratificada y su texto publicado en el Diario Oficial el 23 de marzo de 1975.

Contiene varias obligaciones para los Estados parte orientadas a la protección de determinadas especies de flora y fauna silvestre. Reglamenta en forma estricta la exportación e importación de ejemplares de especies en peligro de extinción, o de especies cuyo comercio internacional irrestricto pudiera llevarlas a este estado.

Además contempla la posibilidad de realizar la exportación e importación de dichos elementos faunísticos o florísticos sólo bajo circunstancias excepcionales y previo cumplimiento de exigencias específicas.

Enmienda al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), de 1974 y sus Protocolos de 1978 y de 1988 y Enmienda de dichos Protocolos. En el año 1974 se adoptó el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, conocido bajo la sigla SOLAS, habiendo firmado Protocolos adicionales en los años 1978 y 1988. Chile ratificó este convenio, promulgándolo en año de 1980 y publicándolo en el Diario Oficial con fecha 11 de junio de ese mismo año.

Adicionalmente , en la Ley de Navegación se establece que toda nave que transporte pasajeros deberá estas provista de los equipos de seguridad que exige esta Convención. Con posterioridad a su adopción el Convenio SOLAS ha tenido una serie de modificaciones, o bien se han adoptado una serie de Resoluciones, las cuales para que entren en vigor es necesaria su ratificación. Mediante Mensaje Presidencial N1281-326, contenido en el Boletín N11067-10, se solicitó al Congreso Nacional que prestara su aprobación al referendo.

Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Accidentes que causen una Contaminación por Hidrocarburos. Con fecha 29 de noviembre de 1969, en Bruselas, fue adoptado el "Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos", el cual entro en vigor el 6 de mayo de 1975. El objeto de este convenio es permitir que los Estados tomen en Alta MAR "las medidas necesarias para prevenir, mitigar o eliminar todo peligro grave o inminente contra su litoral o intereses conexos, debido a la contaminación o amenaza de contaminación de las aguas del Mar por hidrocarburos, resultantes de un accidente marítimo u otros actos relacionados con ese accidente, a los que sea razonablemente atribuibles consecuencias desastrosas de gran magnitud". Por su parte, con fecha 2 de noviembre de 1973, en Londres, fue hecho el "Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos", el cual entró en vigor en 1983. Ambos convenios fueron Ratificados y sus textos publicados en Diario Oficial el 3 de junio de 1995, DS 358 del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Convenio de Cooperación Técnica y Científica para el Desarrollo de los Pueblos Andinos y la Protección de los Camélidos Sudamericanos Domésticos. Este convenio fue suscrito tanto por Chile como por Perú, en Lima, el 07/Marzo/1994, y su protocolo adicional, mediante el cual la República de Bolivia se incorporó como país suscriptor del mismo.

Mediante Mensaje Presidencial N1105-329, que consta en el Boletín N11285-10, se envió al Congreso Nacional el convenio antedicho para su aprobación. Actualmente se encuentra en tramite de Comunicación, Ratificación y Promulgación.

Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física. Con ocasión del Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Argentina se creó la Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física entre ambas naciones. Asimismo, con fecha 2 de agosto de 1991 se suscribió entre ambos países un tratado sobre Medio Ambiente cuyo objetivo es "emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente e impulsar la utilización racional y equilibrada de los recursos naturales, teniendo en cuenta el vínculo existente entre medio ambiente y desarrollo".

En el mismo Tratado se creó, en ámbito de la Comisión Binacional, una Subcomisión de Medio Ambiente para promover, coordinar y efectuar el seguimiento de la ejecución del Tratado y de los Protocolos específicos.

En forma conjunta a la firma del tal Tratado se firmaron Protocolos específicos relativos a: recursos Hídricos Compartidos y Protección del Medio Ambiente Antártico. Por otra parte, con igual fecha se firmó el Acuerdo de Complementación Económica con Argentina, uno de cuyos Protocolos se refiere al Transporte Terrestre, Marítimo y Aéreo.

Convención de las Naciones Unidas Sobre el Derecho del Mar. Sus objetivos son establecer un orden jurídico nuevo y amplio para los mares y océanos. Contiene normas importantes sobre el medio ambiente, en especial sobre la contaminación del medio marino.

Chile fue un destacado participante en las negociaciones que dieron origen a esta convención. Las autoridades gubernamentales tienen una clara voluntad política para ratificar este importante acuerdo global sobre el medio marino, Entro en vigencia a nivel mundial en noviembre de 1994.

Protocolo de Montreal sobre Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono. Este protocolo Fue ratificado y su texto publicado en el Diario Oficial el 28 de abril de 1990.El Protocolo de Montreal y sus Enmiendas de Londres y Copenhague contemplan una serie de obligaciones referidas a la eliminación de las sustancias agotadas de la capa de ozono. Chile, para satisfacer las necesidades del mercado nacional, importa la totalidad de esas sustancias.

El mecanismo de mercado implícito en la eliminación de las sustancias incidirá directamente en su paulatina desaparición en el país a partir de 1995. Esto debido a las notorias alzas de precios que sufrirán como consecuencia de que las naciones industrializadas dejarán de producirlas a partir de ese año. Respecto al control de las sustancias contenidas en los anexos del acuerdo, Chile tiene dificultad en lo que se refiere a los gases halones, que se utilizan principalmente en sistemas de extinción de incendios. De acuerdo a datos parciales, los consumidores mantienen bajo reserva la información sobre su uso. Otro producto que tiene un gran consumo en Chile es el bromuro de metilo, que no forma parte del Programa País.

Los Estados partes se comprometieron a desarrollar un programa para disminuir la producción y consumo de los compuestos mencionados en el Protocolo como nocivos; a estos se le conoce como Programa País. Las cifras sobre consumo de sustancias controladas le permitieron a Chile acogerse al art. N15 de ese instrumento. En este contexto, el país elaboró y presentó, a través de la CONAMA, el Programa País. Este programa fue aprobado por el Comité Ejecutivo del Protocolo de Montreal, y tiene como objetivo principal reducir en forma sustantiva el consumo de sustancias que debilitan la capa de ozono, en un plazo de tres años.

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Fue adoptada el 9 de mayo de 1992, en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, en respuesta a una inquietud general surgida en la década del 80 a partir de datos científicos que preveían un posible cambio climático, permanente e irreversible, a escala mundial, como consecuencia de un aumento en las concentraciones de CO2 y de otros gases provenientes de actividades industriales y agrícolas.

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