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Los países partes de esta convención, tanto desarrollados como en desarrollo, se comprometen a:
- Presentar a la Convención inventarios de emisiones de Gases
de Efecto Invernadero (GEI) por fuente y absorción por sumideros.
- Desarrollar programas nacionales para mitigar el cambio
climático y adaptarse a los potenciales efectos.
- Fortalecer la investigación científica y técnica, y la
observación del sistema climático, y fomentar el desarrollo de tecnologías,
prácticas y procesos para controlar, reducir o prevenir las emisiones
antropogénicas de los GEI.
- Promover programas de educación y sensibilización pública
acerca del cambio climático y sus efectos.
Además, los países desarrollados acordaron una serie de
compromisos adicionales, tales como:
- Adoptar políticas para reducir las emisiones de GEI al año
2000, estabilizándolas a los niveles de 1990.
- Transferir a los países en desarrollo mayores recursos
financieros y tecnológicos, y apoyar los esfuerzos de éstos por cumplir con los
compromisos de la Convención.
- Ayudar a los países en desarrollo que son particularmente
vulnerables al cambio climático a costear sus gastos de adaptación.
La convención marco fue firmada por 155 países durante la
Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro en junio de 1992. En diciembre de 1993, se
completó el número mínimo de ratificaciones necesarias (50) para que ésta
entrara en vigor, hecho que específicamente ocurrió el 21 de marzo de 1994. Esa
convención fue ratificada por Chile y su texto fue publicado en el Diario
Oficial de fecha 13 de abril de 1995.
Protocolo de 1978 Relativo al Convenio Internacional para
Prevenir la Contaminación por Buques, de 1973.
Este protocolo se adoptó en
LONDRES el 17 de febrero de 1978, y entró en vigor el 2 de octubre de 1983.
Modificó el Convenio para Prevenir la Contaminación por Buques, de1973, el que
nunca entró en vigor tal como estaba redactado originalmente. Tanto el acuerdo
original como su protocolo se conocen por las siglas Marpol 73/78.
Su objetivo es incrementar y dar mayor eficacia a la prevención
y contención de los actos de contaminación del Mar producida por los buques,
especialmente por los buques tanques y por los hidrocarburos. En Chile este
protocolo fue ratificado por el Congreso y sus texto se publicó en el Diario
Oficial con fecha 4 de mayo de 1995.
Convenio sobre las Marismas de Importancia Internacional,
Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas.
Está ratificado por Chile y
apareció publicado en el Diario Oficial el 11 de noviembre de 1981.
El convenio RAMSAR - llamado así comúnmente- pretende detener
la ocupación y desaparición progresiva de las marismas y otros homedales, ahora
y en futuro, reconociendo sus funciones ecológicas fundamentales y su valor
económico, cultural, científico y de recreo.
Chile ha ratificado las dos modificaciones introducidas al
Convenio. También participa en las reuniones de los Estados miembros a través de
dos instancias: La Universidad Austral y la Corporación Nacional Forestal
(CONAF), Chile fue pionero en la proposición de una zona húmeda para los efectos
del RAMSAR.
Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de
la Ballena.
Fue ratificada por Chile y sus texto publicado en el Diario
Oficial el 21 de septiembre de 1979. Sus objetivos son proteger a todas las
especies de ballenas de la caza excesiva y salvaguardar para las generaciones
futuras los importantes recursos naturales representados por su poblaciones.
Asimismo, persigue establecer un sistema de reglamentación internacional de su
caza para asegurar la conservación y desarrollo apropiado de sus
poblaciones.
Mediante esta misma Convención se estableció la Comisión
Ballenera Internacional, encargada de fomentar la investigación, recopilar y
analizar información estadística, y evaluar.
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