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Los países partes de esta convención, tanto desarrollados como en desarrollo, se comprometen a:

- Presentar a la Convención inventarios de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) por fuente y absorción por sumideros.

- Desarrollar programas nacionales para mitigar el cambio climático y adaptarse a los potenciales efectos.

- Fortalecer la investigación científica y técnica, y la observación del sistema climático, y fomentar el desarrollo de tecnologías, prácticas y procesos para controlar, reducir o prevenir las emisiones antropogénicas de los GEI.

- Promover programas de educación y sensibilización pública acerca del cambio climático y sus efectos.

Además, los países desarrollados acordaron una serie de compromisos adicionales, tales como:

- Adoptar políticas para reducir las emisiones de GEI al año 2000, estabilizándolas a los niveles de 1990.

- Transferir a los países en desarrollo mayores recursos financieros y tecnológicos, y apoyar los esfuerzos de éstos por cumplir con los compromisos de la Convención.

- Ayudar a los países en desarrollo que son particularmente vulnerables al cambio climático a costear sus gastos de adaptación.

La convención marco fue firmada por 155 países durante la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro en junio de 1992. En diciembre de 1993, se completó el número mínimo de ratificaciones necesarias (50) para que ésta entrara en vigor, hecho que específicamente ocurrió el 21 de marzo de 1994. Esa convención fue ratificada por Chile y su texto fue publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de abril de 1995.

Protocolo de 1978 Relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por Buques, de 1973. Este protocolo se adoptó en LONDRES el 17 de febrero de 1978, y entró en vigor el 2 de octubre de 1983. Modificó el Convenio para Prevenir la Contaminación por Buques, de1973, el que nunca entró en vigor tal como estaba redactado originalmente. Tanto el acuerdo original como su protocolo se conocen por las siglas Marpol 73/78.

Su objetivo es incrementar y dar mayor eficacia a la prevención y contención de los actos de contaminación del Mar producida por los buques, especialmente por los buques tanques y por los hidrocarburos. En Chile este protocolo fue ratificado por el Congreso y sus texto se publicó en el Diario Oficial con fecha 4 de mayo de 1995.

Convenio sobre las Marismas de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas. Está ratificado por Chile y apareció publicado en el Diario Oficial el 11 de noviembre de 1981.

El convenio RAMSAR - llamado así comúnmente- pretende detener la ocupación y desaparición progresiva de las marismas y otros homedales, ahora y en futuro, reconociendo sus funciones ecológicas fundamentales y su valor económico, cultural, científico y de recreo.

Chile ha ratificado las dos modificaciones introducidas al Convenio. También participa en las reuniones de los Estados miembros a través de dos instancias: La Universidad Austral y la Corporación Nacional Forestal (CONAF), Chile fue pionero en la proposición de una zona húmeda para los efectos del RAMSAR.

Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena. Fue ratificada por Chile y sus texto publicado en el Diario Oficial el 21 de septiembre de 1979. Sus objetivos son proteger a todas las especies de ballenas de la caza excesiva y salvaguardar para las generaciones futuras los importantes recursos naturales representados por su poblaciones. Asimismo, persigue establecer un sistema de reglamentación internacional de su caza para asegurar la conservación y desarrollo apropiado de sus poblaciones.

Mediante esta misma Convención se estableció la Comisión Ballenera Internacional, encargada de fomentar la investigación, recopilar y analizar información estadística, y evaluar.

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