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[43] La idea de todo absoluto puede declararse brevemente diciendo que, en ella, el todo se define por su oposición a la nada (y no a la parte, o a otras totalidades o entidades amorfas). La idea de un todo absoluto se nos ofrece en dos versiones opuestas, según que el todo absoluto se presente o bien como todo ilimitado, o bien como todo limitado. El todo absoluto ilimitado [44] es un todo en el que se han disuelto o soltado todas las relaciones a contextos externos; es un todo absoluto externo. Por el contrario, el todo absoluto limitado [45] es un todo en el que se han disuelto las relaciones a entidades no holóticas, no ya meramente externas, sino internas o circunscritas por la propia totalidad; cabría hablar, por ello, de «todo absoluto interno». {TCC 530-531} Diccionario filosófico alfabético · sistemático |
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