La phi simboliza la filosofía de tradición helénica, la ñ la lengua española Proyecto Filosofía en español
Benito Jerónimo Feijoo 1676-1764

Cartas eruditas y curiosas / Tomo cuarto
Carta XVI

De los Francs-Masones


>>>

1. Muy señor mío: Pregúntame V.S. si sé qué Duendes son estos, que, con nombre de Francs-Masones, tanto ruido hacen hoy en el mundo. Y yo respondo a V.S. que nada sé con certeza en la materia; pero conjeturo que V.S. los ha definido en su misma pregunta. Quiero decir, que los Francs-Masones no son otra [188] cosa que unos duendes, que hoy hacen mucho ruido en el mundo; mas no puedo asegurar si su intento es sólo hacer ruido, o algunos de ellos tienen otro designio encubierto. Yo me iré explicando, y usaré de la voz Muratores, con que los nombran los que hablan, o escriben de ellos en Latín (liberi Muratores), porque se acomoda más a la lengua, y a la pluma que la de Francs-Masones, sobre ser tan extranjera ésta como aquélla para quien escribe en Castellano.

2. No pienso que V.S. ignore, que la credulidad en orden a la existencia de los duendes ha dado un gran bajío de algunos años a esta parte. Ya no hay quien asienta al sueño de que los duendes son ciertos animales aéreos, ni pienso que esta extravagante opinión tuvo jamás mucho séquito. El que son diablos padece la gran dificultad de que Dios permita a aquellos espíritus infernales salir de su tenebroso encarcelamiento, no más que para juguetear de noche entre nosotros; y no hay menor disonancia en que ellos, al tiempo que están padeciendo los tormentos más horribles, voluntariamente se diviertan en esos juguetes. Pero dejando aparte, que esto haya sucedido una, u otra rarísima vez, no hay duda en que por lo común los que hasta ahora con este nombre han inquietado las casas son duendes de nuestra especie, de uno, y otro sexo. Y en este sentido digo yo, que los Francs-Masones son duendes.

3. No hay tampoco quien ignore que entre estos duendes de nuestra especie, unos enredan no más que por la frívola diversión de poner miedo, y dar que discurrir a la gente; pero otros lo ejecutan por algún depravado designio, como el de lograr un galanteo, o facilitar un robo. Pues yo me imagino, que también entre los Muratores puede haber duendes de una, y otra clase: unos, que no pretenden otra cosa con el ruido, que la noticia de sus juntas, que la ridícula complacencia de dar qué discurrir, qué sospechar, y aun qué temer a los Pueblos; otros, que hayan puesto la mira a formar con sus [189] asociados alguna cábala, o contra la Religión, o contra el Estado, o contra sus particulares enemigos. Y aun puede el proyecto mirar todas tres cosas juntas.

4. Veo que algunos, que han tomado la pluma sobre el punto, sospechan, recelan, o temen esta liga formada de muchos años a esta parte. Mas esto es a lo que yo no puedo asentir, fundado en una razón, que en mi juicio no tiene réplica. Siendo tanta la multitud de los Muratores, que nos dicen están repartidos por todas las Provincias de Europa, y habiendo pasado ya no pocos años después de su establecimiento, es preciso suponer que ya murieron en este, en aquel, y en el otro Reino muchos de los que entraron en esa cofradía, o cofradías. ¿Quién podrá creer que entre esos muchos no hubiese algunos (y aun la mayor parte de ellos) que, estimulados a la hora de la muerte del inevitable temor de la condenación eterna, revelasen ese detestable arcano, de modo, que llegase a noticia de todo el mundo?

5. Inútilmente se recurrirá, para evitar la dificultad, al juramento que tienen hecho del secreto, con la protesta de sujetarse a la muerte más horrible, en caso de violarle; pues el juramento saben que no les obliga, porque es inicuo; y aun el más ignorante no podrá eximirse de algún remordimiento, que le abra camino para el desengaño. El temor de los asociados no tiene cabimiento en un hombre que no duda de morir entre personas, que no le son sospechosas, dentro de brevísimo tiempo.

6. Aun en caso que por no hallar otro efugio al argumento, se avance alguno a decir, que en esa detestable agregación se profesa el ateísmo, y por consiguiente están libres sus individuos de todo miedo de la pena eterna, no servirá de cosa; porque aunque los Ateístas se esfuerzan cuanto pueden a asegurar en sí mismos la persuasión de que no hay Dios, o que la alma no es inmortal, se sabe que nunca arriban a alejar de sí todo remordimiento; y aun en caso que algunos, mientras [190] se ven buenos, y sanos, lleguen a gozar de su error con perfecta serenidad, en viéndose a las puertas de la muerte, toda esa serenidad se desvanece, y en su lugar sucede un tormentoso nublado de angustias, confusiones, y horrores, en que el alma, quiera, o no quiera, escucha a la conciencia aquellos tristísimos ayes: ¡Ay de mí, si todo es error cuanto en todo el discurso de la vida me he esforzado a creer! ¡Ay de mí, si aquel Dios, de cuyo ser he querido dudar, me muestra ahora la adorabilidad de su existencia en la terribilidad de su justicia! ¡Ay de mí, si una tropa de espíritus infernales, de quienes hasta aquí me burlaba, como entes que había fabricado el vano temor de los hombres, dentro de este mismo aposento están esperando mi alma para sepultarla en las llamas del abismo, aun antes que el cuerpo se esconda en el sepulcro! ¡Ay de mí! ¡Ay de mí!

7. Si algún impío, aun estando para espirar, haya mostrado estar firme en su error, creeré que fue efectivo de su desesperación; esto es, que considerando cerradas para sí las puertas de la divina piedad, quiere evitar con una aparente constancia la vergüenza de una retractación, que imagina de nada le puede ya servir. Pero creeré que ni aun esto haya sucedido, o suceda, sino entretanto que el impío no ha perdido enteramente las esperanzas de vivir. Acuérdome de haber leído de un Ateísta chocarrero, llamado Santibal, que debajo de una irónica bufonada profería una verdad digna de que la rara fatalidad, que padece mi Religión, que hasta ahora ninguno de sus profesores logró el don de la perseverancia final. La cercanía de la última hora de Ateísta más intrépido (si hay alguno que lo sea) hace cobarde; y si empieza a temer, empieza a dudar, siguiéndose inmediatamente lo segundo a lo primero, o envolviéndose ya en lo primero lo segundo. Por eso dijo bellamente Monsieur de S. Evremont: Examinad estos bravos del Ateísmo (esto es, los que se figuran los más resueltos [191] Ateístas) a la muerte; veréis cómo la máscara se les cae del semblante.

8. Discúrrase, pues, lo que se quiera, nunca se podrá extraer de la línea de un riguroso imposible moral el silencio a la hora de la muerte, uniformemente observado por tantos Muratores, como necesariamente habrán perecido desde la fundación de ese instituto. En el librito que de ellos poco há escribió el Reverendo Padre Fr. Juan de la Madre de Dios, núm. 4. se da por cosa muy cierta (certo, namque certius est), que este instituto tuvo principio en el siglo pasado, el año de 1671; esto es, ochenta años há. El número de los profesores tuvo un incremento tan extraordinario, que al númer. 18 del mismo librito se lee, que el año de 1741 dentro de la Gran Bretaña había ciento veinte y nueve cofradías, conventículos, o comunidades de Muratores: el año de 1746 veinte y cinco dentro de la Ciudad de París. A esta proporción, pues se asegura, que esta agregación está extendida por toda Europa, se puede hacer la cuenta de que en los ochenta años, que han corrido desde su fundación, entraron en ella más de dos, o tres millones de Muratores. Mas por cuanto se debe suponer, que la propagación sería muy desigual en otras partes, reduzcamos el número de todas a un millón, y aun convendré en rebajarlos a medio millón. Ahora bien: No será cómputo largo, antes bien muy corto, el que se haga a buen ojo de que esos quinientos mil Muratores, que se agregaron por el espacio de ochenta años, murieron ya doscientos mil. Crea, pues, quien quisiere (pues sólo lo creerá porque quiere creerlo) que en tan crecido número no hubiese algunos, y no pocos, que, estimulados de la conciencia a la hora de la muerte, revelasen todo el secreto de su instituto, de modo que llegase a la noticia de los Príncipes, así Eclesiásticos, como Seculares, si ese secreto contuviese máximas, y prácticas perjudiciales a la Religión, o al Estado.

9. Lo que dicen, o sospechan algunos de que al [192] alistarse en la Cofradía, hacen tomar a cada uno cierto brebaje mágico, de tal virtud, que cuando quieren revelar el secreto, se les anuda la garganta, de modo, que les es imposible articular una palabra; es buena especie para divertirse con ella niños, y viejas las noches de Invierno en las cocinas. ¿Para qué es el juramento de guardar inviolablemente el secreto, que todos dicen exigen de ellos en la entrada, si en virtud del brebaje encantado le han de observar, que quieran, que no?

10. Los ejemplos que se alegan de otras juntas secretas que hubo en diferentes tiempos, en que sobre la instrucción en doctrinas impías se autorizaban, y ejercían actos viciosos sumamente torpes, y abominables, v.gr. los Nicolaitas, Carpocráticos, Gnósticos, y en el siglo pasado los Sectarios de Miguel de Molinos, prueban la absoluta posibilidad de que lo mismo sucede entre los Muratores, pero no la simultánea posibilidad, o composibilidad del hecho con el secreto de él por tanto tiempo; cuya simultaneidad, vuelvo a decir, se debe reputar por un imposible moral de los más clásicos.

11. El caso de los Templarios, que cita también el Maestro Fr. Juan de la Madre de Dios, como símil de los Muratores, es más apto al intento que los demás; porque puede servir de retorsión contra el argumento que a favor de éstos formó del secreto guardado tantos años: pues también fueron muchos los que estuvieron ocultos los enormes delitos de los Templarios. Pero esta objeción padece la nulidad de fundarse en un supuesto falso; esto es, que esos delitos de los Templarios fueron suficientemente probados; y sobre ellos así probados cayó la sentencia condemnatoria, pronunciada por Clemente Quinto. En el Tomo I de las Cartas Eruditas, Carta 28, desde el núm. 18 hasta el fin, he probado concluyentemente, que ni hubo tal prueba suficiente de los delitos, ni tal sentencia legal; y uno, y otro consta claramente de la misma Bula de Clemente Quinto.

12. Tal cual caso particular, que se refiere de uno, [193] u otro Murator, que confesó algún hecho torpe, o práctica escandalosa de sus juntas, es muy poca cosa para dar asenso a que eso sea común, o general a todos los Muratores, como propio de su profesión, o instituto; mayormente cuando no se produce persona de bastante autoridad, que lo testifique. ¡Cuántos cuentos de esos corren, o han corrido por el mundo, con que se han querido infamar personas sumamente respetables, y aun Comunidades Religiosas, sin que por eso los hombres de juicio dejasen de despreciarlos, como indignos de todo crédito! Pero doy que esos pocos casos sean verdaderos. Cuanto puede inferirse de ellos es, que en uno, u otro Conventículo particular, por la perversidad de los concurrentes en él, se introdujese alguna insigne corrupción, sin que eso haga consecuencia para los demás, o para el todo de esa grey. Si se computan ya por muchos centenares esos Conventículos, ¿qué mucho será que uno, u otro se haya inficionado con alguna perversa doctrina, o algún vicio abominable? ¡Aquí de Dios, y de la razón! ¿No sabe todo el mundo, que lo mismo sucedió en una, u otra Comunidad Religiosa, sin que la infección, o la nota se comunicase al todo de la Religión; antes conservando ésta la más alta opinión de virtud, que merecía, y merece su fervorosa observancia?

13. Añado, que si hubiese pruebas positivas, y legales de los errores, y crímenes atribuidos a los Muratores, los Santísimos Clemente XII y Benedicto XIV, sin duda expresarían este motivo para prohibir sus juntas en las Bulas que expidieron a este fin; pero sólo alegan, ya el rumor público que había contra ellas, ya la experiencia de que las Sociedades, y Conventículos secretos, destituidos de la autoridad, y aprobación del Príncipe, o Magistrado, por la mayor parte (ut plurimum) ocasionan gravísimos daños a la República, y a la salud de las almas. Asimismo nuestro piísimo Rey Don Fernando el Justo no expresa otro motivo para prohibir los [194] Conventículos, o juntas de los Muratores, que el que son sospechosas a la Religión, y al Estado. Cuando constan legítimamente los hechos positivos, no se expresan solitariamente como fundamento de la prohibición de las sospechas.

14. Finalmente, ni oímos, ni leemos que en parte alguna haya sido castigado algún Murator por tal. ¿Quién creerá, que estando tan extendido este Instituto por el mundo, si fueran comunes a sus Profesores las supersticiones, y maldades que se les imputan, no fuesen algunos descubiertos, convencidos, y consiguientemente castigados? No falta quien escriba, y muchos lo publican, que en la Ciudad, y Reino de Nápoles se hallaron tantas personas ilustres implicadas en el Muratorismo, que en la prudencia, y la piedad de aquel amable Monarca le inspiraron la moderación del abstenerse de todo castigo: de donde se puede conjeturar, que por suceder lo mismo en otras partes, en ninguna se procedió a castigar los culpados.

15. Pero esto de Nápoles juzgo una hablilla despreciable, originada de la especie que los mismos Muratores, para hacerse respetados, y temidos, han procurado esparcir, de que en su alianza están incluidos muchos altos Personajes, sin reservar lo más eminente de la Iglesia, y del Estado: como para hacer venerado su Instituto fingen su principio en Adán, y su propagación continuada por varios Patriarcas Santos, y Príncipes gloriosos; lo que se puede ver en el Discurso Prologético del librito: Centinela contra los Francs-Masones, traducido del idioma Italiano al Español por el muy Reverendo Padre Maestro Fray Joseph Torrubia; Cronista de la Sagrada Religión de San Francisco en el Asia. Por lo que yo me inclino a que esta República dispersa, que tiene el nombre común de Muratores, más fundamento da para ser reputada una Sociedad de embusteros que de Herejes; cuya mira principal sea hacerse temer, ya por su multitud, ya por la afectada ocultación de sus máximas, como que en ellas se envuelven altos misterios, interviniendo [195] también en parte la pueril complacencia de dar en qué pensar, y discurrir a las gentes.

16. Mas aunque sea así, por lo general, esto no quita que en algunos individuos de esta gran Sociedad, o en algunos particulares Conventículos de ella haya otros designios más perniciosos, y acaso supersticiones, y prácticas detestables; pues el argumento, que propuse arriba, sólo prueba, que el Muratonismo no tiene esta general infección por sus Estatutos, ni una habitual, y continua corrupción de este género, desde su primer establecimiento. Esto, vuelvo a decir, tengo por absolutamente incomposible con el secreto observado entre tanta gente, y por tanto tiempo. Así puede muy bien haber en esta Sociedad los dos géneros de Duendes, que insinué al principio; unos, que travesean sólo por travesear; otros, que lo hagan con algún intento perjudicial, y depravado.

17. Esto se entiende, hablando en general, y prescindiendo del estado en que hoy se hallan las cosas; porque sea cual fuere la esencia del Instituto, y la práctica de sus asambleas; después que la Cabeza de la Iglesia las prohibió, en virtud de santa Obediencia, y debajo de la pena de Excomunión mayor, ya no tiene duda que pecan mortalmente, e incurren en dicha pena todos los que concurren a dichas asambleas. Y aun antes de esa prohibición ya eran gravemente ilícitas, si es verdad lo que se cuenta de lo que se trata, y practica en ellas: en que acaso, o la malicia, o el hipérbole agravó demasiado las cosas; pues veo que el señor Don Pedro María Justiniani, Obispo de Vintimilla, en la Carta Pastoral que sobre este asunto dirigió a todos sus Diocesanos, después de referir los escandalosos rumores que corrían por el mundo en orden a los Muratores, dice estas formales palabras: Todas estas cosas parecen increíbles, y nos protestamos por no querer creerlas. Si este Prelado, que vive en la Italia, donde se dice que el Muratorismo hizo grandes progresos, y se debe creer que para escribir su [196] Carta Pastoral hizo exactas diligencias en orden a averiguar la verdad sobre las odiosas imputaciones que se hacían a los Muratores, nada halló de cierto; ¿quién otro podrá asegurarnos que logró una entera certeza en la materia?

18. Es verdad que luego su Illma. refiere un hecho escandaloso de algunos Muratores, que en un Conventículo, no muy distante de su residencia Episcopal, comieron carne en el Viernes de la primera semana de Cuaresma; y esto dice su Illma. lo sabe de cierto. Confieso, que este caso refunde un poco de mal olor sobre los demás Conventículos; pero ninguna ilación forzosa, ni aun probable hace para la total colección de ellos; porque, como escribe arriba, en uno, u otro se puede haber introducido alguna insigne corrupción, por la depravada índole de los concurrentes, y no por conexión con alguno de los generales Estatutos.

19. Las ceremonias que se dice observan en la recepción de los Novicios, más me parece ser una representación cómica, dirigida a imprimirles una grande idea de la seriedad del Instituto, que observancia en que se incluya alguna significación supersticiosa. El juramento del secreto, sujetándose a la muerte en caso de violarle, ya se ve que es gravemente pecaminoso; porque nadie puede sujetar su vida al arbitrio de quien no tiene autoridad legítima para quitársela. Y aun fuera de eso, es el juramento ilícito, si envuelve la promesa de la ocultación, aun en el caso de exigérseles la revelación por los Superiores, en quienes reside potestad legal para obligarnos a ella.

20. Con cuya ocasión advierto, que en el Canon del Concilio Vaurense, celebrado el año de 1368, que cita el Padre Fray Juan de la Madre de Dios, a la pág. 105, en que se condenan unas asambleas frecuentes en el tiempo en que se celebró el Concilio; pretendiendo dicho Autor ser aquellos unos puntualísimos ejemplares de los de Conventículos Muratorios, en la parte del Canon, en que se trata de un juramento que hacían los confederados de [197] auxiliarse recíprocamente, hay un notable yerro de Imprenta; pues dice de ellos, que se prestaban juramento de ayudarse recíprocamente contra cualesquiera Dueños, o Superiores suyos: Conventicula, & colligationes faciunt, & pacta iuramento vallata ineunt: quod se adversus quoscumque Dominos suos, ad invicem adiuvent, &c. Digo, que éste es un notable yerro de Imprenta; pues en dicho Canon, según lo tengo yo en la Colección del P. Labbé, se dice positivamente lo contrario; esto es, que el juramento era de auxiliarse contra todo género de personas, a excepción de sus Superiores: Pacta iuramento vallata ineunt, quod se adversus quoscumque, praeterquam Dominos suos, ad invicem adiuvent. Y este yerro es de gran consecuencia para el crédito de los Muratores; porque como el Autor de este librito dice que los Asociados, de que habla el Concilio en aquel Canon, son unos puntuales, y vivos ejemplares de los que en este tiempo llamamos Muratores; inferirá cualquiera del Canon, como se copia en el librito, que es profesión, e instituto de los Muratores una expresa conjuración contra sus Príncipes, y aun contra todos sus Superiores subalternos.

21. Consiguientemente a lo dicho hasta aquí tengo por muy inciertos algunos de los diez y seis Artículos del Instituto Muratorio, que como ciertos, y constantes se ven estampados al núm. 36. del librito; Centinela contra los Francs-Masones; v.g. los siguientes: Que desprecian los Sacramentos, y Leyes de la Santa Madre Iglesia: que no dan paso, ni hacen acción sin usar de máximas supersticiosas: que como los Sectarios protervos insultan, y maldicen a la potestad Eclesiástica, y Secular que los persigue: que se dejan morir sin Sacramentos, y ni en la hora de la muerte se purgan con la confesión: que comen carne en los días prohibidos: que obligan debajo de juramento a todos los que entran en su Congreganción a mantenerse en su creencia, sean Luteranos, Calvinistas, Ateístas, o Judíos; teniendo por buenas todas las Sectas, o Religiones: que circunscriben la caridad [198] fraternal a sólo sus Colegas pobres, y a los demás tienen por étnicos, y profanos.

22. Si el Autor de este Escrito (que no sabemos quién es) sólo dijese que estas maldades se conjeturan, o se sospechan con fundamento de los Muratores, ya podría pasar. Pero no se contenta con eso; antes las da por ciertas, y sabidas; pues inmediatamente, antes de hacer el Catálogo de los diez y seis Artículos, escribe estas palabras: De la Masonería mucho no se sabe, pero mucho no se ignora. Lo que se sabe es: Primeramente, &c. Y después de expuestos los diez y seis Artículos, prosigue así: Esto sólo que es público, aunque no se sepa lo que sin duda será peor, es suficientísimo, &c.

23. Si yo viese al Autor de esta Obra, le pediría encarecidamente me dijese lo primero, ¿qué es lo que discurre de los Muratores, que sin duda será peor que todo lo que expresa en los diez y seis Artículos, habiendo en uno de ellos cargádolos del Ateísmo, que en el sentir común de los Teólogos es mayor maldad que la Idolatría? Lo segundo le pediría, que pues en el primero de los diez y seis Artículos nos asegura que los Muratores a los que entran en la Cofradía les toman un juramento detestable profanando el nombre de Dios, diciéndonos por otra parte, que también admiten a su Sociedad Ateístas; ¿qué fórmula de juramento exigen de éstos, o por quién juran, ni cómo profanan el nombre de Dios los que niegan que hay Dios? Lo tercero, ¿qué observación del juramento pueden esperar de unos hombres, que tienen por fábula toda ley, toda obligación moral? Y últimamente le preguntaría, ¿cómo se compone que admitan en su Confederación a los Profesores de todas Sectas, o Religiones, y aun los obliguen con juramento a mantenerse cada uno en la suya, por consiguiente entre ellos los Católicos Romanos, con ser artículos generales de todos; el despreciar los Sacramentos, y Leyes de la Santa Madre Iglesia, y maldecir, como los Sectarios protervos, a la potestad Eclesiástica? [199]

24. El muy Reverendo P. Torrubia, que tradujo el librito Centinela como se lo pusieron delante, cumplió con la ley de fiel traductor, ajustándose a la letra, sin quitar, ni añadir; pero creo no faltaría a ella, exponiendo en alguna nota separada estas contradicciones, pues sé que le sobra discreción para advertirlas.

25. ¿Para qué será cargar más de lo justo a los Muratores, cuando nada hay que temer de ellos, después que los Papas, y los Príncipes tomaron a su cuenta acabar con sus juntas? Esto es propiamente lo de a toro muerto. Y debiera repararse, que aunque las juntas están acabadas, y rota en la liga, como esta extinción muy poco há que se hizo, y por otra parte nos dicen, que los Muratores eran tantos, y de todas clases, hoy viven infinitos, que se saben entraron en esa Sociedad; por consiguiente con la publicación de tan atroces delitos se infaman enormemente muchas personas muy honradas por su nacimiento, y por sus empleos, que en Italia, Francia, y otros Reinos se señalan con el dedo.

26. Si esto se hace para mostrar la justificación con que se procedió en prohibir sus juntas, fuera de que nunca, ni por ese fin, ni por otro se puede imponer a nadie delito que no esté suficientemente probado; para este efecto están por lo demás esos horribles cargos, siendo bastantísimos para la abolición entera de esa Sociedad los motivos que en su Bula, dirigida a este fin, expresa nuestro Santísimo Padre Benedicto XIV, y en su Decreto expedido a dos de Julio del año de 51 nuestro Rey Don Fernando el Justo. No sólo son suficientes esos motivos, mas aun superabundantes; pues para prohibir la Congregación Muratoria basta la razón general de juntas, en que estudiosamente se oculta el motivo, sin estar autorizadas con la permisión del Príncipe, o Magistrado; tanto más, cuanto mayor número de personas entre en la Coligación. Así, tales juntas siglos há están prohibidas por ambos Derechos, como consta de varios textos de uno, y otro. Entre los Romanos fue tan antigua [200] la vigilancia contra las juntas hechas sin la permisión, y aun sin la asistencia del Magistrado, que en la Oración, que en el Senado pronunció el Consul Posthumio para la abolición de las Bacanales, casi dos siglos antes de la venida del Redentor, hizo memoria de esa precaución, como ya venida de sus mayores: Maiores vestri:::: ubicumque multitudo esset, ibi & legitimum Rectorem multitudinis censebant debere esse (Livius, Decad. 4, lib. 9).

27. Y con gravísima razón; porque las asociaciones en que entra mucha gente, ocultando lo que se trata en ellas, así al Superior, como al Público, de su naturaleza son gravemente sospechosas; y la experiencia ha mostrado, testificándolo las Historias, que apenas hubo jamás alguna de esas, en que a la corta, o a la larga no hubiese maquinaciones contra la Religión, o contra el Estado; o por lo menos, abusos, y corrupciones detestables muy perjudiciales al Público. Dije a la corta, o a la larga, porque tal vez, a los principios, no había cosa disonante en ellas; pero después sucesivamente se iban viciando, hasta parar en alguna insigne corruptela; siendo la causa de esto, el que donde hay mucha gente amontonada sin ventilación bastante, no sólo los cuerpos, también las almas transpiran unos hálitos viciosos, tan enfermizos para las costumbres, como los de los cuerpos para los humores. Prohibe la ventilación para lo primero la ley del secreto; como para lo segundo la clausura del muro.

28. Y ya que por incidencia hice memoria de las Bacanales; no tengo por importuno dar aquí alguna noticia del principio, progreso, y fin de la Cábala maldita que se cubría con este nombre; porque no hallo en la Historia otro ejemplo más fuerte para excitar a los Príncipes, y a los Pueblos, no sólo a velar sobre las asociaciones de mucha gente, en que se concurre a conferencias, o prácticas ocultas; mas también a extirparlas, siempre que no están acompañadas de las circunstancias que prescriben [201] las leyes, como de hecho estaban destituidas de todas ellas los Muratores. Vamos ya a la Historia de las Bacanales.

29. Tuvieron éstas su principio en una celebridad de la Religión Gentílica. Fundóla en Hetruria un Griego humilde, revestido del carácter de Sacerdote de Baco, en honor de esta mentida deidad. El respeto, que todo el mundo tributaba a su Patria por tantos triunfos bélicos, y por la posesión, hasta entonces reservada a ella sola, de las Ciencias, y las Artes, granjeó tanta estimación a un hombrecillo, que ninguna merecía por sí mismo, que pudo introducir un nuevo Rito sacrílego en aquella parte de Italia, el cual de allí trascendió a Roma, que a toda especie de Religiones abría los brazos, sino a la verdadera. Al principio era éste un secreto que se fiaba a pocos; pero éstos pocos fueron atrayendo a muchos. Luego empezaron a mezclarse con las deprecaciones, himnos, libaciones, y sacrificios, desordenados banquetes, en que las largas potaciones, y aun las embriagueces parecía a los Romanos que podían pasar por legítimos cultos de una tal deidad como Baco. La licencia fue creciendo, no de día en día, sino de noche en noche; porque estas celebridades eran nocturnas. Concurrían a ellas ambos sexos, sin discrecion de sitios. Como era natural familiarizarse mucho los ánimos de tan alegres festines, empezó la disolución por licencias de menor nota, que rápidamente fueron creciendo a todas especies de torpeza, sin exceptuar las más horribles; en que es muy de notar, y aun de admirar, que éstas eran las más repetidas, como después confesaron algunos de los cómplices.

30. Colocada en un punto tan alto la perversidad de aquella gente, como si de él se presentase a sus ojos toda la amplísima región del vicio, vió que aún le faltaban grandes espacios adonde extenderse, y empezó a discurrir por todos ellos. No hubo pasión a quien no se rompiesen los diques. Como si el fuego de la incontinencia [202] hubiese encendido el de la ira, al abandono del pudor se siguió el de la humanidad. En aquellos Congresos se decretaban asesinatos, se recetaban pociones venenosas, se inventaban calumnias, se formaban conspiraciones de testigos falsos, se fabricaban donaciones, contratos, y testamentos fingidos; de modo, que ya en Roma nadie tenía seguras la honra, la hacienda, o la vida. Aun muchos de los que concurrían a aquella oficina de Satanás, dentro de ella eran inhumanamente sacrificados; se entiende aquellos que se habían hecho sospechosos en orden a la inobservancia del secreto, o rehusaban sufrir el oprobio de la más infame lascivia, ocultando después los cadáveres, o en las entrañas de la tierra, u debajo de las ondas del Tiber. Veíanse en Roma los estragos, y desaparecían los habitadores, sin que nadie supiese, ni aun sospechase cosa de aquel laboratorio de iniquidades, de donde procedía todo el daño; hasta que la casualidad, por medio de una humilde mujercilla, trajo la noticia de todo al Cónsul Posthumio: el Cónsul la comunicó al Senado; y tomadas las medidas para la averiguación, se descubrieron no menos de siete mil cómplices dentro de Roma: después muchos más de asambleas menores, esparcidas en varias partes de Italia; y con un castigo proporcionado se acabó aquella peste.

31. Si los dieciseis Artículos de Teórica, y Práctica, que en el librito Centinela se atribuyen a todos los Muratores son verdaderos, por tan malos los tengo como a los de las Congregaciones Bacanales; pues de aquellos principios es natural la ilación a todas las maldades de éstos. Y posible es, que aunque hasta ahora no hayan llegado a tanto, viniesen a tocar en ese término, si los tolerasen más tiempo; pues, como ya advertí antes, de tantas confederaciones de este género como se encuentran en la Historia, apenas hubo alguna en que, a la corta, o a la larga, no se introdujesen maquinaciones contra la Religión, o el Estado, o por lo menos corrupciones, y abusos perjudiciales al Público. Esto, sin añadir [203] la práctica de delitos que legítimamente no se prueba, basta, y sobra para que haya sido justísima la prohibición de sus juntas.

32. En orden al último estado, en que cogió la prohibición a los Muratores, repito el pensamiento que expuse al principio, de que lo más verosímil para mí es, que los más eran unos Duendes burlones, que se divertían a cuenta de los que metían en cavilaciones, y recelos; y entre éstos habría otros algunos Duendes malévolos, cuya mira sería inficionar a todos los Asociados con algunas máximas perniciosas, esperanzándose de venir a lograrlo con el tiempo; lo que es muy verosímil que sucediese. Nuestro Señor guarde a V.S. muchos años. Oviedo, &c.


inicio / <<<

{Benito Jerónimo Feijoo (1676-1764), Cartas eruditas y curiosas (1742-1760), tomo cuarto (1753). Texto tomado de la edición de Madrid 1774 (en la Imprenta Real de la Gazeta, a costa de la Real Compañía de Impresores y Libreros), tomo cuarto (nueva impresión), páginas 187-203.}


Biblioteca Feijoniana
Edición digital de las Obras de Feijoo
Teatro crítico universal / Cartas eruditas y curiosas / Varia
Proyecto Filosofía en español ~ www.filosofia.org ~ pfe@filosofia.org