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Compendio moral salmaticense | Tratado tercero. De las leyes |
Capítulo séptimo. De la Costumbre | |
Punto tercero | <<< • >>> |
De la cualidad de los actos que se requieren para la Costumbre |
P. ¿Qué cualidades han de tener los actos para que por ellos se introduzca costumbre legítima? R. Que las tres siguientes, esto es; que sean libres, frecuentes, y públicos. Deben ser libres y humanos; porque la costumbre se ha de introducir por el consentimiento libre de la multitud. Por tanto, aunque el pueblo repita y frecuente muchas veces los actos, si los practica por fuerza o miedo grave, no se juzga dar su libre consentimiento para la costumbre. Lo mismo ha de decirse, si los actos se ejercen con ignorancia; porque ésta quita la libertad. Se requiere también que los actos sean frecuentes, y así no [119] basta se repitan dos o tres veces; pues la costumbre requiere uso, frecuencia, y repetición por largo tiempo, lo que no se verifica, cuando solamente se repiten los actos por dos, o tres veces. Cuanta deba ser la repetición de dichos actos, queda al juicio de los prudentes: porque en unas materias será necesaria mayor que en otras. La tercera condición es, que los actos sean públicos y notorios; pues los ocultos no pueden manifestar la intención del pueblo o del Príncipe. Además, que así como la ley necesita para obligar de promulgación pública, cuando es escrita; así la no escrita necesita de una publicación, que se haga manifiesta por los hechos. |
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Moralistas | Compendio moral salmaticense Pamplona 1805, tomo 1, páginas 118-119 |