Fernando Garrido (1821-1883)
¡Pobres jesuitas! (1881)
Biblioteca Filosofía en español, Oviedo 2000
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Capítulo VII

Sumario. Aspectos diferentes de las constituciones de la Compañía. –Anatema de cardenal arzobispo de Toledo, y carta del obispo de Canarias contra la Compañía. –Sublevación del pueblo y del clero en Zaragoza, contra el establecimiento de los jesuitas. –Manifestaciones del Parlamento, clero y universidad de París, contra los hijos de Loyola. –Mala acogida que tuvieron en Venecia. –Pretensiones de los jesuitas en la enseñanza universitaria. –Establecimiento de la Compañía en Francia. –Sus luchas con el Parlamento de París, con la universidad y el obispo. –Protección y alianza que les dispensaron Catalina de Médecis y los Guisas. –Establecimiento de los jesuitas en Flandes por Felipe II. –Su expulsión en varias ciudades, y participación que tuvieron en la guerra a favor de aquel tirano.

I.

Las constituciones de la Compañía tienen dos fases, y no puede ser de otro modo, puesto que tienden a un doble objeto: por un lado a la gloria de Dios y a la salvación de las almas, y por otro a la gloria y acrecentamiento de la Sociedad de Jesús. [95]

De aquí los diferentes juicios formados sobre estas constituciones: sus fanáticos administradores sólo ven el primer lado, y sus adversarios el segundo.

El celo de San Ignacio por el primer objeto de su fundación, no le impidió pensar en el segundo, puesto que estableció los medios que podían servir a la realización de uno y otro. Sus sucesores en el generalato invirtieron los términos; descuidaron la gloria de Dios, por los bienes de la Compañía, y la obra del fanatismo religioso del famoso guipuzcoano, y sus prescripciones de obediencia pasiva, inquisición de las conciencias, delaciones y uniformidad de doctrina, se han hecho más odiosos e intolerables, desde que se han convertido en instrumentos de la ambición y del lucro.

Por eso combatieron a la Compañía desde su origen hombres doctos, católicos, que podríamos llamar a la antigua usanza, así sacerdotes como seglares.

En 1550, Martínez Ciliceo, arzobispo de Toledo, lanzó contra los jesuitas el anatema, en un mandamiento, en el que, después de quejarse amargamente de las usurpaciones de la Compañía, prohibió a sus diocesanos que se confesasen con los jesuitas; y decía a los curas párrocos, «que los excluyeran de la [96] administración de los sacramentos.»No contento con esto, puso en entredicho su colegio de Alcalá; pero la intervención directa del Papa, y la de Felipe II, obligaron al cardenal a sufrirlos sin quejarse.

El docto Melchor Cono, obispo de Canarias, alzó también su voz contra los jesuitas, pintando su institución con los más negros colores. En 1560, escribía al agustino Regla, a propósito de la Compañía, de esta gráfica y previsora manera:

«Quiera Dios que no suceda lo que la fábula supone sucedió a Casandra, a cuyas predicciones no dieron crédito hasta después de la pérdida e incendio de Troya, si los religiosos de la Sociedad continúan como han comenzado. Dios haga no llegue tiempo en que los reyes quieran resistirlos y no encuentren medios de hacerlo.»

Bien pudiéramos reproducir aquí citas de personajes católicos, que desde el origen de la Compañía temieron llevase a la Iglesia, con su influencia, por mal camino, haciéndola incompatible con el poder civil; pero creemos bastan las precedentes.

II.

El acontecimiento que vamos a referir [97] retrata gráficamente el espíritu egoísta y anticristiano que caracteriza a la famosa Compañía.

La misma resistencia que en prelados y personas ilustradas, encontró la Compañía en las masas populares, y en las otras órdenes religiosas. En Zaragoza, por ejemplo, dio lugar su establecimiento a tumultos y desórdenes graves, en los que tomaron parte el público y el clero, con motivo de la incompatibilidad de los privilegios concedidos a la Compañía por el Papa, con los reglamentos vigentes, en la Iglesia y en las otras órdenes monásticas.

Digno nos parece de mención, un párrafo en que habló de este suceso el jesuita, historiador de la Compañía de Jesús, Cretinau Joly, porque es una prueba más del exceso a que habían llegado en aquella época en España las instituciones y establecimientos religiosos, abortados por el fanatismo popular, adulado y excitado por la política de los reyes de la casa de Austria. Dice así el historiador jesuita:

«Al querer fundar en Zaragoza el padre Estrada, la casa de los jesuitas, sobrevino una dificultad imprevista. Prohibían las leyes establecer capillas o conventos cerca de los ya establecidos, y de las parroquias, [98] para impedir entre ellos cuestiones y celos; pero era tan grande el número de iglesias y conventos que había en Zaragoza, que no podía establecerse uno nuevo sin faltar a la ley.»

¿Qué mejor prueba de que sobraban iglesias y conventos católicos, y de que eran por lo tanto innecesarios los de los jesuitas?

Fuertes con los privilegios concedidos por el Papa, con perjuicio y descrédito de órdenes y de prelados, los jesuitas se establecieron, lo que les valió la excomunión de los frailes agustinos, la de López Marios, vicario general de Zaragoza.»«Y como las excomuniones eran entonces cosa de mucho efecto para los españoles, dice el historiador jesuita, estos tuvieron que abandonar su casa, después de haberse visto cercados durante quince días por un pueblo fanático, y sólo pudieron volver más tarde, por la intervención del Nuncio del Papa, y por la de la reina doña Juana, madre de Carlos V.»

Uno de los rasgos característicos de la conducta de los jesuitas, fue siempre atraer al servicio de sus intereses, so pretexto de religión, a las señoras poderosas e influyentes, como vemos en este caso, y como ha sucedido en muchos otros, que no se han visto. [99]

III.

No salieron los jesuitas en Francia tan bien librados como en España, al introducir su Institución. Reinaba a la sazón Enrique II, de triste recordación, y autorizó a la Compañía para establecerse en París; pero el Parlamento no quiso registrar el decreto, por ser contrario a las leyes del reino.

El procurador general Bruslort, y los abogados generales Mavillac y Seguier, resumieron su informe diciendo, que suplicaban al Parlamento reclamase que no se autorizara el pase de dicho decreto, por ser el Instituto de los jesuitas perjudicial al monarca, al Estado y al orden jerárquico.

Mas si los jesuitas y su Instituto aparecieron al Parlamento tales como eran, y fueron por él rechazados, en cambio dominaron al rey, quien mandó, en 10 de Enero de 1552, nuevo traslado del decreto que autorizaba el establecimiento de la Compañía de Jesús, para que el parlamento lo registrase.

Quince días después, el fiscal reproducía su primer informe. El Parlamento dejó dormir el asunto, y dos años después acordaba que, antes de registrar las bulas y los decretos sobre los jesuitas, se oyera sobre tan importante asunto al obispo de París, y a la Facultad de Teología. [100]

La Universidad, oída la Facultad de Teología, pidió al rey que no concediera el exequatur a la Bula de Pablo III, por la que fundaba la Compañía de Jesús.

Pero a quien hay que oír sobre los jesuitas es al obispo de París, quien entre otras cosas, decía al rey en su informe:

«Puesto que pretenden que la dicha Compañía se establece para convertir a los turcos e infieles, nos parece que es cerca de ellos, y no en el seno de la Cristiandad, donde deberían establecer sus casas; pues así tendrán que perder mucho tiempo para ir de París a Constantinopla, y demás lugares de Turquía.»

La sátira del católico prelado no podía ser más sangrienta.

Las conclusiones de la Facultad de Teología de París no eran más favorables a la Compañía que las del obispo. Están fechadas en 1º de Diciembre de 1554, y entre otras buenas cosas, decían:

«Esta nueva Sociedad, que se atribuye el título inusitado de Compañía de Jesús, que recibe con tanta facilidad en su seno toda clase de personas, por criminales e infames que sean... Esta Sociedad, a la que se han concedido tantos privilegios y libertades, con perjuicio del orden jerárquico, de las otras [101] órdenes, de los señores temporales y de las Universidades, y por último, tan a expensas del pueblo: a esta Sociedad, parece que la ofende la honra del Estado monárquico; debilita completamente el ejercicio piadoso, necesario, de las virtudes, abstinencias y austeridades: da la ocasión al libre abandono de las órdenes religiosas, y se sustrae a la obediencia y sumisión debidas a los ordinarios; priva injustamente a los señores temporales y eclesiásticos de sus derechos, llevando el trastorno a una y otra política. Da lugar a quejas entre el pueblo, a muchos procesos, debates, contiendas, celos, cismas y divisiones. Por esto, después de maduro examen, consideramos que esta Sociedad nos parece peligrosa para la fe, capaz de turbar la paz de la Iglesia, de destruir el orden monástico, y más propia para derribar que para edificar.»

A esta severa condenación de la Compañía de Jesús, por los teólogos católicos de París, siguió la prohibición que impuso a sus miembros el obispo, de ejercer su ministerio en su diócesis: y todos los obispos de Francia, residentes a la sazón en París, imitaron este ejemplo.

Todas estas condenas, críticas y prohibiciones de las principales corporaciones [102] teológicas, prelados y autoridades eclesiásticas, contra el establecimiento de los jesuitas en Francia, fueron tan inútiles como las negativas del Parlamento. Los jesuitas no se han acobardado ni retrocedido nunca ante los obstáculos; si no han podido llegar a sus fines por el camino recto, han tomado por la trocha; y si los han expulsado por la puerta, han escalado el tejado.

El historiador antes citado, dice a este propósito:

«Los jesuitas no se dieron por batidos. El obispo los privaba del ejercicio de las funciones sacerdotales en las iglesias sometidas a su jurisdicción; pero la abadía de San Germán des Uries, aunque estaba en París, no pertenecía a la jurisdicción episcopal, y el abad puso a disposición de los jesuitas lo que su Eminencia les había negado. De esta manera quedaban sin efecto los decretos del obispo, los informes de los teólogos, y los actos del Parlamento.

A mayor abundamiento, la escandalosa Catalina de Médecis y los Guisas, creyeron útiles a los jesuitas para su política, más romana que francesa, y el 12 de Febrero de 1560, el gobierno mandó al parlamento que diese curso al decreto de Enrique II, que hacía ocho años dormía en sus archivos; y no [103] contentos con esto, en 25 de Abril siguiente, a nombre del rey, se publicó un decreto, en el cual en sustancia se decía, que, a pesar del obispo de París, de los teólogos de la Sorbona y del Parlamento, autorizaba en Francia el establecimiento de la Sociedad; pero ni obispo, ni teólogos, ni Parlamento se dieron a su turno por vencidos.»

El Parlamento pidió informes, no sólo a la facultad de Teología, sino a todas las facultades de la Universidad, que unánimes se declararon contra la Compañía, dieron en su informe de Agosto del mismo año:

«La Compañía de Jesús no es buena más que para imponerse a muchas personas, sobre todo a los tontos. Tiene privilegios exorbitantes, y ninguna práctica que la distinga de los seglares, y no está aprobada por ningún Concilio universal ni provincial.»

Hemos dicho que cuando no puede ir por el camino recto, los jesuitas toman uno de travesía. Su Instituto y los privilegios de que los Papas lo habían rodeado, parecían insuperable obstáculo para su establecimiento en Francia; pues bien, ellos se hicieron los pequeños, y suplicaron que les permitieran establecerse, comprometiéndose a renunciar a sus privilegios, en cuanto fuesen contrarios a las leyes, y a obedecer éstas fielmente. Con [104] tales condiciones fueron admitidos; pero les impusieron además la renuncia al uso del título de Compañía de Jesús, y a la calificación de jesuitas.

Esta sumisión a las leyes era falsa, como puede suponerse; y no podía menos de serlo, porque los jesuitas no eran libres, dependiendo directamente del General de la Orden, establecido en Roma. Este, en virtud de sus facultades, no tenía por qué tener en cuenta los compromisos contraídos por sus subordinados, para mandarles lo que tuviere por conveniente, ni ellos estaban obligados a cumplir sus promesas, porque sobre ellas estaba el voto de obediencia pasiva a la voluntad de su General.

IV.

Por este camino de travesía pudieron los jesuitas establecerse en Francia, de la que no tardaron en hacerse dueños, sirviendo los intereses de Catalina de Médecis y de los Guisas. Catalina la envenenadora, la corrompida y corruptora, la devota, y los jesuitas, se entendieron perfectamente, y la libertad y Francia pagaron aquella nefanda inteligencia con tesoros y ríos de sangre.

Una vez admitidos y protegidos por la [105] corona, los jesuitas volvieron a arrojar la máscara de la humildad, y provistos de sus bulas pontificias, que les facultaban para todo, se presentaron en la Universidad de París, en 1564, alegando que estaban en su derecho enseñando en sus aulas, como incorporados en ellas; pero se les contestó diciendo, que no podía ser admitido un Instituto que atacaba inicuamente a todo el clero, y sus diferentes reglas, y los estatutos de la Universidad, a la que se declaraba superior, lo que revelaba el orgullo de la secta. Como insistieran, el rector Juan Prevot, les hizo comparecer ante el Consejo, donde les interrogaron de esta manera:

«El rector, –¿Sois seculares, regulares o monjes?

Los jesuitas. –En Francia somos lo que el Parlamento ha dicho que éramos, unos tales; es decir, la Sociedad del colegio llamado de Clermont.

El rector. –¿Pero sois en realidad frailes o seculares?

Los jesuitas. –Ya hemos respondido muchas veces; somos lo que nos ha denominado el Parlamento, y no estamos obligados a responder más.

El rector. –No respondéis ni sobre lo que sois, ni sobre cómo os llamáis: pero hay un [106] decreto del Parlamento, que os prohibe el llamaros Compañeros de Jesús, ni jesuitas.

Los jesuitas. –Podéis citarnos ante los tribunales, si faltamos a lo que nos está prescrito.»

Y en efecto, se les procesó y comparecieron ante el tribunal, que decretó la continuación de las cosas como estaban.

V.

Mientras se establecían en Francia los jesuitas, como hemos visto, contra viento y marea, a pesar de la resistencia de los poderes judicial y religioso, y de la Universidad, en Flandes se introducían protegidos por Felipe II, el demonio de Medio Día, como le llamaban, no sin razón en Europa. Pero apenas los flamencos se sublevaron, contra la opresión política y religiosa de aquel tirano, que quería gobernar el mundo, sometiéndolo a los jesuitas y a la Inquisición, los pueblos de Amvers y de Tournay, se precipitaron sobre las casas de los jesuitas, las saquearon y destruyeron, escapando los padres como pudieron...

Restableciólos en sus casas el gobierno triunfante, gracias al sanguinario duque de Alba, que tomó terrible venganza de sus [107] enemigos. Vencedores estos después, volvieron a expulsar a los jesuitas de los Países Bajos, con los españoles, sus introductores y protectores.

El gobierno español protegió a los jesuitas, y en cambio perdió los Estados de Flandes.

Los Estados de Flandes, reunidos en Amvers, decretaron el 21 de Abril de 1578, que todos los ciudadanos prestasen juramento de fidelidad: los jesuitas se negaron a prestarlo, y los Estados generales resolviéronse a expulsarlos; y en efecto, en 18 de Mayo de 1578 fueron presos, embarcados y conducidos a Malinas. La misma suerte sufrieron los de Brujas y Tournay, y lo mismo hubiera sucedido a los de Douai, si el rector de la Universidad no interviniera en su favor.

Montados en los bagajes de los ejércitos españoles, los jesuitas hicieron con ellos las guerras de Flandes; instalando las casas como en país conquistado, en cuanto sobre montones de ruinas y de cadáveres, les abrían los tercios españoles las puertas de las ciudades, y saliendo con los bártulos en la cabeza, cuando, vencidos por los patriotas, tenían nuestros soldados que poner pies en polvorosa.

¡Cuántos tesoros, qué raudales de sangre española costó la monarquía jesuítica de sus reyes al pueblo español! [108]

VI.

No fue en Venecia más feliz que en Francia y en Flandes, el establecimiento de la Compañía de Jesús. Habíanse apenas introducido en la famosa República, sin pedir permiso a nadie, cuando un senador los denunció al Senado, diciendo:

«Los jesuitas se mezclan en una porción de asuntos civiles, sin excluir los políticos de la República, sirviéndose de las cosas más santas y respetables, para sobornar a las mujeres por medio de la confesión. No contentos con hacerles pasar las horas muertas en el confesionario, las hacen ir a sus conventos para conferenciar con ellas. Sobre todo, prefieren a las mujeres de los principales personajes. Debemos remediar estos abusos sin perder tiempo, expulsándoles del país, o nombrando una persona de autoridad y mérito, como el patriarca, por ejemplo, para que vigile su conducta.»

Alarmóse el Senado, y la cosa pasara a mayores, sin la intervención del Papa Pío IV, que escribió al Senado y al Dux, saliendo garante de los jesuitas.

El Senado y el Dux podían responder al Papa, que quien lo garantizaba a él, que al [109] fin era su primera autoridad, y como tal el primer jesuita.

Más tarde, sin embargo, fueron expulsados, con facultad de llevarse solamente lo que pudieran sobre sus personas; pero a pesar de haberse cumplido esta rigurosa orden, volvieron otra vez a introducirse en la ya decaída República veneciana, que acabaron de minar y perder.


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Fernando Garrido
¡Pobres jesuitas!
Madrid 1881, páginas 94-109