La codificación oficial (Nomenclatura)
es el lenguaje común del comercio internacional. Sólo conociendo el código
del producto es posible obtener toda la información relevante para acceder a
otros mercados: estadísticas de comercio, aranceles, barreras, medidas
especiales, trámites documentales, etc. Imprescindible para buscar información
específica en Internet.
La
nomenclatura utilizada, de ocho dígitos, se denomina
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) y fue actualizada de acuerdo con la
Enmienda Nº 2 del Sistema Armonizado a partir del 1 de enero de 1996 por
Decreto No. 12.056, publicado en la Gaceta Oficial del 29 de diciembre de 1995.
El
Arancel Externo Común del MERCOSUR es el sistema por el cual se clasifican e identifican todo el universo de
mercancías. Cada una de estas mercancías identificadas tiene adjudicado un
valor, expresado en porcentaje, llamado Arancel que es el impuesto que pagará
cada mercancía al ingresar al Mercosur por cualquiera de sus Estados Partes.
Los Aranceles se ubican entre el 0% y el 20%. Salvo las Excepciones previstas.
Está integrado por 21 secciones desarrolladas en 97 capítulos.
Los capítulos se desarrollan en partidas y estas en ítem. Incluye asimismo,
reglas generales para su interpretación que surgen del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías. A
continuación presentamos las 21 secciones de
las cuales sólo detallaremos los capítulos y partidas relacionadas con
el cuero. Para acceder a estas haga click sobre las secciones resaltadas
en negrita.
SECCIONES
Y CAPÍTULOS
SECCIÓN
I -ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
CAPITULO 1 Animales
vivos.
CAPITULO 2 Carne y
despojos comestibles.
CAPITULO 3 Pescados
y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
CAPITULO 4 Leche y
productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen
animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
CAPITULO 5 Los
demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra
parte.
SECCIÓN II - PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
CAPITULO 6
Plantas
vivas y productos de la floricultura.
CAPITULO 7
Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
CAPITULO 8 Frutas y
frutos comestibles; cortezas de agrios, cítricos, melones o sandías.
CAPITULO 9 Café,
té, yerba mate y especias.
CAPITULO 10
Cereales.
CAPITULO 11
Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de
trigo.
CAPITULO 12
Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales
o medicinales ; paja y forrajes.
CAPITULO 13 Gomas,
resinas y demás jugos y extractos vegetales.
CAPITULO 14
Materias trenzables y demás productos de origen vegetal no expresados ni
comprendidos en otros capítulos.
SECCIÓN III - GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO;
GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL.
CAPITULO 15 Grasas
y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas
alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
SECCIÓN IV - PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS
ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS
CAPITULO 16
Preparaciones de carne, de pescado o de crustáceos, moluscos, demás
invertebrados acuáticos.
CAPITULO 17
Azúcares y artículos de confitería.
CAPITULO 18 Cacao
y sus preparaciones.
CAPITULO 19
Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de
pastelería.
CAPITULO 20
Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.
CAPITULO 21
Preparaciones alimenticias diversas.
CAPITULO 22
Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre.
CAPITULO 23
Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados
para animales.
CAPITULO 24 Tabaco
y sucedáneos del tabaco elaborados.
SECCIÓN V - PRODUCTOS MINERALES
CAPITULO
25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos.
CAPITULO 26 Minerales metalíferos, escorias y cenizas.
CAPITULO 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su
destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
SECCIÓN VI - PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS
CONEXAS
CAPITULO 28
Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de los
metales preciosos, de los elementos radiactivos, de metales de las tierras raras
o de isótopos.
CAPITULO 29 Productos químicos orgánicos.
CAPITULO 30 Productos farmacéuticos.
CAPITULO 31 Abonos.
CAPITULO 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados;
pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas.
CAPITULO 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de
tocador o de cosmética.
CAPITULO 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar,
preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de
limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, "ceras para
odontología" y preparaciones para uso en odontología a base de yeso
fraguable
CAPITULO 35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula
modificados; colas; enzimas.
CAPITULO 36 Pólvoras y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos
(cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables.
CAPITULO 37 Productos fotográficos o cinematográficos.
CAPITULO 38 Productos diversos de las industrias químicas.
SECCIÓN VII - PLÁSTICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS
CAPITULO
39 Plástico y sus manufacturas.
CAPITULO 40 Caucho y sus manufacturas
SECCIÓN VIII - PIELES, CUEROS, PELETERÍA Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS;
ARTÍCULOS DE TALABARTERÍA; O DE GUARNICIONERÍA; ARTÍCULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO
(CARTERAS) Y CONTINENTES SIMILARES; MANUFACTURAS DE TRIPA
CAPITULO
41 Pieles (excepto la peletería) y cueros.
CAPITULO 42 Manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería o de
talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y
continentes similares manufacturas de tripa.
CAPITULO 43 Peletería y confecciones de peletería; peletería
facticia o artificial.
SECCIÓN IX - MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS
MANUFACTURAS DE CORCHO; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA
CAPITULO
44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.
CAPITULO 45 Corcho y sus manufacturas.
CAPITULO 46 Manufacturas de espartería o cestería.
SECCIÓN X - PASTA DE MADERA O DE LAS DEMÁS MATERIAS FIBROSAS CELULÓSICAS; PAPEL O
CARTÓN PARA RECICLAR ( DESPERDICIOS Y DESECHOS) PAPEL O CARTÓN Y SUS
APLICACIONES
CAPITULO
47 Pastas de madera o de otras materias fibrosas celulósicas papel o cartón
para reciclar (desperdicios y desechos).
CAPITULO 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o de
cartón.
CAPITULO 49 Productos editoriales, de la prensa o y de las demás industrias
gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos.
SECCIÓN XI - MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
CAPITULO
50 Seda.
CAPITULO 51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.
CAPITULO 52 Algodón.
CAPITULO 53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de
hilados de papel.
CAPITULO 54 Filamentos sintéticos o artificiales. CAPITULO 55 Fibras
sintéticas o artificiales discontinuas.
CAPITULO 56 Guata, fieltro y telas sin tejer; hilados especiales; cordeles,
cuerdas y cordajes; artículos de cordelería.
CAPITULO 57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.
CAPITULO 58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado;
encajes; tapicería; pasamanería, bordados.
CAPITULO 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas;
artículos técnicos de materia textil.
CAPITULO 60 Tejido de punto.
CAPITULO 61 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto.
CAPITULO 62 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto.
CAPITULO 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y
trapos.
SECCIÓN XII - CALZADO, SOMBREROS Y DEMÁS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES,
LÁTIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS
DE CABELLO
CAPITULO 64
Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos.
CAPITULO 65
Sombreros, demás tocados y sus partes.
CAPITULO 66
Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y
sus partes.
CAPITULO 67 Plumas
y plumón preparados y artículos de plumas o de plumón; flores artificiales;
manufacturas de cabello.
SECCIÓN XIII - MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO) ,
MICA O MATERIAS ANÁLOGAS; PRODUCTOS CERÁMICOS; VIDRIO Y MANUFACTURAS DE
VIDRIO
CAPITULO 68
Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o
materias análogas.
CAPITULO 69
Productos cerámicos.
CAPITULO 70 Vidrio
y sus manufacturas.
SECCIÓN XIV - PERLAS NATURALES (FINAS) O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O
SEMIPRECIOSAS, METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ) Y
MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERÍA; MONEDAS
CAPITULO 71 Perlas
naturales (finas) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas o similares,
metales preciosos, chapados de metales preciosos (plaqué ) y manufacturas de
estas materias; bisutería; monedas.
SECCIÓN XV - METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES
CAPITULO
72 Fundición, hierro y acero.
CAPITULO 73 Manufacturas de fundición, de hierro o de acero.
CAPITULO 74 Cobre y manufacturas de cobre.
CAPITULO 75 Níquel y sus manufacturas.
CAPITULO 76 Aluminio y sus manufacturas.
CAPITULO 77 (Reservado para una futura utilización).
CAPITULO 78 Plomo y sus manufacturas.
CAPITULO 79 Cinc y sus manufacturas.
CAPITULO 80 Estaño y sus manufacturas.
CAPITULO 81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias.
CAPITULO 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de
mesa, de metales comunes; partes de estos artículos, de metal común.
CAPITULO 83 Manufacturas diversas de metal común.
SECCIÓN XVI - MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELÉCTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE
GRABACIÓN O DE REPRODUCCIÓN DE SONIDO, APARATOS DE GRABACIÓN O DE REPRODUCCIÓN
DE IMÁGENES Y SONIDO EN TELEVISIÓN, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS
APARATOS
CAPITULO 84
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes
de estas máquinas o aparatos.
CAPITULO 85
Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o de
reproducción de sonido, aparatos de grabación o de reproducción de imágenes y
sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
SECCIÓN XVII - MATERIAL DE TRANSPORTE
CAPITULO 86
Vehículos y material para vías férreas o similares y sus partes; aparatos
mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de
comunicación.
CAPITULO 87
Vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus
partes y accesorios.
CAPITULO 88
Aeronaves, vehículos espaciales y sus partes.
CAPITULO 89 Barcos
y demás artefactos flotantes.
SECCIÓN XVIII - INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE
MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRÚRGICOS; APARATOS
DE RELOJERÍA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS
O APARATOS
CAPITULO 90
Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida,
control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y
accesorios de estos instrumentos o aparatos.
CAPITULO 91
Aparatos de relojería y sus partes.
CAPITULO 92
Instrumentos musicales sus partes y accesorios.
SECCIÓN XIX - ARMAS, MUNICIONES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS
CAPITULO 93 Armas,
municiones y sus partes y accesorios.
SECCIÓN XX - MERCANCÍAS Y PRODUCTOS DIVERSOS
CAPITULO 94
Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de
alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios luminosos,
placas indicadoras luminosas y artículos similares; construcciones
prefabricadas.
CAPITULO 95
Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios.
CAPITULO 96
Manufacturas diversas.
SECCIÓN XXI - OBJETOS DE ARTE O COLECCIÓN Y ANTIGÜEDADES
CAPITULO 97
Objetos de arte o colección y antigüedades.
CAPITULO 98
(Reservado para uso particular de partes contratantes).
CAPITULO 99
(Reservado para uso particular de partes contratantes).
|